Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (10/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 139

139 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de noviembre de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA Autorizan viaje de alcalde y funcionario para participar en pasantía a realizarse en Colombia ACUERDO DE CONCEJO Nº 066-2021-CDC Castilla, 27 de octubre del 2021EL ALCALDE DISTRITAL DE CASTILLA:POR CUANTO:El Concejo Distrital de Castilla en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO:El INFORME Nº959-2021-MDC-GAJ, de fecha 19 de octubre del 2021, emitido por el Abog. Pavel Mijail More Vilela – Gerente de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece: Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante OFICIO MÚLTIPLE Nº187-2021/ AMPE-AQP/CONAREP.INV, de fecha 07 de octubre del 2021, el Sr. Wilbert Mendoza Apari – Secretario Regional de la Asociación de Municipalidades del Perú, AMPE, la Municipalidad Distrital de SOCA, está haciendo la invitación a participar como ponente en la “Pasantía Interinstitucional sobre Programas y Proyectos de Seguridad Ciudadana, Recuperación de Espacios Públicos, Sistema de Transportes y Viabilidad, Programas medio ambientales, Economía del Conocimiento y Estructuración de Ciudades Inteligentes”, cuya pasantía se llevará a cabo los días 10 al 12 de noviembre del 2021 en la ciudad de Medellín-Colombia; el cual señala que el costo de inversión para participar es de $350.00 (Trescientos cincuenta con 00/100 dólares americanos);Que, el artículo VIII del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº27972, establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del sector público, así como las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento; Que, el artículo 9º, numeral 11) de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del concejo municipal “autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicio o en representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario, razón por la cual la autorización de viaje deberá ser aprobado por el Concejo Municipal”; Que, mediante Decreto Supremo Nº047-2002-PCM, (modi fi cado por el Decreto Supremo Nº056-2013-PCM) se regulan las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; conforme el artículo 1º del Decreto Supremo Nº056-2013-PCM, que modi fi ca el artículo 5º del Decreto Supremo Nº047-2002-PCM, los gastos que por conceptos de viáticos por zonas geográ fi cas, especi fi cada en dicha norma; Que, mediante INFORME Nº959-2021-MDC-GAJ, de fecha 19 de octubre del 2021, emitido por el Abog. Pavel Mijail More Vilela – Gerente de Asesoría Jurídica, indica que teniendo en cuenta la invitación por parte de la secretaría regional AMPE – Arequipa, y la base legal que regula lo solicitado, el despacho de Asesoría Jurídica es de la Opinión que se derive al pleno del Concejo Municipal para que se le autorice al alcalde el viaje a la ciudad de Medellín – Colombia para participar de la “Pasantía Interinstitucional sobre Programas y Proyectos de Seguridad Ciudadana, Recuperación de Espacios Públicos, Sistema de Transportes y Viabilidad, Programas medio ambientales, Economía del Conocimiento y Estructuración de Ciudades Inteligentes” los días 10 al 12 de noviembre del 2021, y teniendo en cuenta que dicho periodo debe ser ampliado y sustentado en el pleno del Concejo Municipal, ello por los días previos y posteriores al inicio a la referida ciudad y retorno a Perú; Que, estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD; SE ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR al Sr. Alcalde ABOG. JOSÉ ELÍAS AGUILAR SILVA, a viajar a las ciudades de Medellín y Pereyra del país de Colombia en los días, partiendo de la ciudad de Piura el día 09 de noviembre y COMUNICADO SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA SE RECIBIRÁN LAS PUBLICACIONES OFICIALES SÓLO EN MODO VIRTUAL COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN: □ HORARIO DE RECEPCIÓN POR CORREO: • LUNES A VIERNES, 8:30 AM a 5:30 PM • SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 8:30 AM a 5:30 PM (sólo publicaciones para día siguiente) □ HORARIO DE RECEPCIÓN PORTAL PGA: • LUNES A VIERNES, 9:00 AM a 7:00 PM • SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 9:00 AM a 6:00 PM (sólo publicaciones para día siguiente) □ CORREO PARA COTIZACIONES : cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe □ CORREO PARA PUBLICACIONES : normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES