TEXTO PAGINA: 24
24 NORMAS LEGALES Viernes 19 de noviembre de 2021 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Resolución Ministerial Nº 0120-2019-JUS, que aprueba el Manual de Operaciones del PRONACEJ, su modi fi catoria, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 0301-2019-JUS; y, la Resolución Ministerial Nº 0231-2020-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por culminado el encargo temporal de la señora Iris Raquel León Villa en las funciones del puesto de administradora I del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura, en adición a sus funciones, realizado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 174-2021-JUS/PRONACEJ. Artículo 2.- Designar al señor Adriano Agurto Colina, en el cargo de con fi anza de administrador I del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura. Artículo 3.- Disponer que la Subunidad de Recursos Humanos realice las acciones administrativas que resulten necesarias, en mérito a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ERIKA ELIZABETH BRICEÑO ALIAGA Directora EjecutivaPrograma Nacional de Centros Juveniles 2012954-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban la Lista de las Instituciones que han cumplido con los indicadores de la Estrategia “Ponte en #ModoNiñez”, aprobada por D.S. N° 020-2021-MIMP RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 320-2021-MIMP Lima, 18 de noviembre de 2021Vistos, los Informes Técnicos N° D000064, D000069 y D000073-2021-MIMP-DSLD-COB y las Notas N° D000543 y D000575-2021-MIMP-DSLD de la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías, las Notas N° D000755 y D000776-2021-MIMP-DGNNA de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes y las Notas N° D001000 y D000984-2021-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 y los literales j) y n) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, establece que este Ministerio tiene por fi nalidad diseñar, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las mujeres y de las poblaciones vulnerables consideradas como grupos de personas que sufren discriminación o situación de desprotección, entre los que se encuentran los niños, niñas y adolescentes, con el objeto de garantizar sus derechos, con visión intersectorial; así como, se señala que este Ministerio tiene como ámbito de competencia la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes y el ejercicio de la rectoría sobre las materias de su competencia y sobre los Sistemas asignados, tales como el Sistema Nacional de Atención Integral del Niño, Niña y Adolescente;Que, mediante Decreto Supremo N° 020-2021-MIMP, se aprueba la Estrategia “Ponte en #ModoNiñez”, para la promoción de una sociedad protectora de las niñas, niños y adolescentes desde el espacio local, incorporando el enfoque de derechos de la niñez y la adolescencia en las gestiones institucionales y organizaciones en la prevención de situaciones de riesgo de vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes; Que, la Única Disposición Complementaria Final del referido Decreto Supremo N° 020-2021-MIMP, señala que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante Resolución Ministerial, dicta las disposiciones de aquellos aspectos no previstos o complementarios que sean necesarios para el cumplimiento de la Estrategia “Ponte en #ModoNiñez”; Que, según el Punto XII de la Estrategia “Ponte en #ModoNiñez”, dicha estrategia otorga un reconocimiento a las autoridades regionales, locales, representantes de instituciones públicas y privadas que cumplan con los indicadores programados para cada año, siendo que los indicadores están ligados a los niveles de la estrategia que se distribuyen en los seis ejes de intervención, orientados a la seguridad y la protección de niñas, niños y adolescentes; Que, asimismo, los numerales 12.2 y 12.3 del Punto XII de la Estrategia “Ponte en #ModoNiñez”, señalan que la lista de instituciones reconocidas por la mencionada estrategia es publicada mediante Resolución Ministerial de manera anual, previa evaluación efectuada por un Comité Evaluador, conformado por un/a representante de la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías, de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes y del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, que tiene entre sus funciones, evaluar el cumplimiento de los expedientes recibidos una vez al año, por parte de las instituciones participantes en el reconocimiento; y, presentar a la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías los resultados de la evaluación sobre el cumplimiento de las metas, así como la lista de Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, instituciones públicas e instituciones privadas a reconocer; Que, mediante Acta N° 01 de fecha 10 de noviembre de 2021 y Acta N° 02 de fecha 17 de noviembre de 2021, el Comité Evaluador de los expedientes remitidos por las instituciones que vienen implementando la Estrategia “Ponte en #ModoNiñez”, hace de conocimiento que ha cumplido con efectuar la evaluación de los expedientes presentados por los participantes; así como, ha acordado aprobar en forma unánime la Lista de instituciones que han cumplido con los indicadores de la Estrategia “Ponte en #ModoNiñez”, aprobada por Decreto Supremo N° 020-2021-MIMP, que en anexo debidamente visado es remitida a la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes para la continuación de su aprobación a través de Resolución Ministerial; Que, el artículo 120 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP, establece que la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías depende de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes y es responsable de promover, conducir, acreditar, normar, coordinar y supervisar el servicio de Defensorías de la Niña, Niño y Adolescentes a nivel nacional, así como capacitar a sus integrantes para que brinden un servicio de calidad; asimismo, promueven el desarrollo de los Sistemas de Protección Local en el marco de la Política Nacional para la Niñez y Adolescencia y del Sistema de Atención Integral al Niño, Niña y Adolescente; la participación y el derecho al juego de niñas, niños y adolescentes, y coordina la implementación de las políticas orientadas a garantizar una vida libre de violencia hacia las niñas, niños y adolescentes; Que, mediante informes técnicos de Vistos, la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, señala que el mencionado Comité Evaluador ha cumplido con efectuar la evaluación y cali fi cación de los expedientes remitidos por las instituciones que voluntariamente se han presentado para el reconocimiento en el marco de la Estrategia “Ponte en #ModoNiñez”; así como, ha remitido la correspondiente Lista de las Instituciones que han