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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (19/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Viernes 19 de noviembre de 2021 El Peruano / oportunas en entornos virtuales de aprendizaje”, emitida por Prof. Dr Javier Sierra Sánchez, Director del Congreso; c) ) Copia de Solicitud del Docente Dr. Benjamín Maraza Quispe, del 13 de octubre de 2021, por la que solicita el descuento por planilla de remuneraciones por el concepto de viáticos, para asistir al evento mencionado, y d) Copia de la Resolución de Consejo de Facultad Nº 010-2021-FCE-UNSA, del Decano de la Facultad de Ciencias de la Educación, del 13 de octubre de 2021, por la que se acredita el otorgamiento de la Licencia con Goce de Haberes del docente Dr. Benjamín Maraza Quispe por 05 días del 24 al 28 de noviembre de 2021. Que, en efecto, en el caso materia de autos, tenemos que el viaje con fi nes de investigación del mencionado investigador, contribuirá a cumplir los fi nes que tiene la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Ley Nº 30220, es decir: “6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia cientí fi ca, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (…) y 6.5 Realizar y promover la investigación cientí fi ca, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (…)”. Que, en tal sentido, la Subdirección de Logística mediante O fi cio Nº 2401-2021-SDL-UNSA, ha determinado el monto de los viáticos internacionales; asimismo, la O fi cina Universitaria de Planeamiento mediante O fi cio Nº 726-2021-OUPL-UNSA, que contiene el Informe Nº 202-2021-OGPP-UNSA, informa que revisado el presupuesto institucional de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para el ejercicio presupuestal 2021, se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento, Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, para el concepto de Viáticos por el monto de S/ 10,000.00; para atender el requerimiento efectuado. Que, fi nalmente, mediante correo electrónico del 16 de noviembre de 2021, el Dr. Benjamín Maraza Quispe, Investigador Principal, señala que, solamente se está solicitando al concepto de viáticos por un monto de S/ 10,000.00, debido a que los pasajes y el seguro de viaje están siendo asumidos con recursos propios del mencionado Investigador Principal. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, al Rectorado. SE RESUELVE:Primero: Autorizar el viaje de BENJAMÍN MARAZA QUISPE, Docente de la Facultad de Ciencias de la Educación, para que en calidad de Investigador Principal, participe en el I Congreso Internacional Formación, Tecnología y Competencias digitales en la Educación, con la Ponencia Internacional: “Modelo Predictivo Implementado en KNIME Basado en la Analítica del Aprendizaje para la Toma de Decisiones Oportunas en Entornos Virtuales de Aprendizaje”, que se desarrollará en Madrid- España, del 23 de noviembre al 01 de diciembre del 2021; en ejecución del Proyecto de investigación: “Modelo Inteligente de Gestión de Aprendizaje, aplicando Técnicas de Learning Analytics para el logro de Competencias Educacionales del Siglo XXI”, seleccionado según Resolución Vicerrectoral Nº 012-2020-VRI del 29 de mayo de 2020, Resolución Vicerrectoral Nº 038-2020-VRI del 25 de noviembre de 2020 y la Resolución Vicerrectoral Nº 004-2021-VRI del 08 de febrero de 2021. Segundo: Autorizar a la O fi cina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor del mencionado Investigador Principal, la Certi fi cación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, según siguiente detalle: - Viáticos : S/ 10,000.00 soles Del 23 de noviembre al 01 de diciembre de 2021 Tercero: Dentro de los ocho días del retorno, el citado Investigador Principal presentará un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto: Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y archívese.HUGO JOSE ROJAS FLORES Rector 2012917-1 Autorizan expedición de duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación otorgado por la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 8678-2021-CU-UNFV San Miguel, 30 de junio del 2021Visto, el expediente con NT. 20183, de fecha 10.05.2021, seguido por don NESTOR NAPOLEON LUQUE ARAPA, egresado de la Facultad de Educación, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU- UNFV, de fecha 25.09.2013, recti fi cada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento de fecha 10.05.2021, don NESTOR NAPOLEON LUQUE ARAPA solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, el cual fue expedido por esta Universidad el 22.09.2015, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta dos fotografías tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, Copia de la Resolución R. Nº 8659-2015-CU-UNFV; así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante O fi cio Nº 0288-2021-OGT-