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18 NORMAS LEGALES Jueves 25 de noviembre de 2021 El Peruano / Internacional (OHI), en la ciudad de Mónaco, Principado de Mónaco, del 1 de noviembre de 2021 al 1 de noviembre de 2023, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo, el artículo 2 de la citada Resolución Suprema faculta al Ministerio de Defensa a variar la fecha de inicio y término de la designación, sin incrementar el número de días establecido ni variar el objeto de la designación; Que, con O fi cio N° 5487/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina solicita al Ministerio de Defensa a autorizar el viaje, en comisión especial en el exterior, del Capitán de Navío Javier FERNÁNDEZ SEGURA, para ejercer el cargo antes referido, del 30 de noviembre de 2021 al 29 de noviembre de 2023, autorizando su salida del país el 28 de noviembre de 2021 y su retorno al país el 1 de diciembre de 2023; Que, conforme a lo mencionado en la Exposición de Motivos, adjunta al O fi cio N° 5487/51, se indica que es importante para los intereses institucionales autorizar el viaje, en comisión especial en el exterior, del Capitán de Navío Javier FERNÁNDEZ SEGURA, toda vez que le permitirá aportar en el desarrollo de diversos proyectos de hidrografía y cartografía, tomar conocimiento de los últimos avances en las ciencias de hidrografía y cartografía, así como la tecnología empleada en provecho de los interés de la Institución; permitirá contribuir al cumplimiento de la política general de la Marina de Guerra del Perú para asuntos internacionales, en cuanto a la participación activa en foros y conferencias internacionales y el incremento de la presencia institucional mediante la participación activa en organismos internacionales; Que, a través del Informe Legal Nº 14, la Jefatura de la Ofi cina de Asesoría Legal de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina opina que la autorización de viaje al exterior del mencionado O fi cial Superior, en comisión especial en el exterior, se encuentra acorde con los dispositivos legales vigentes; asimismo, precisa que, con la fi nalidad de garantizar la participación del O fi cial Superior designado, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación; así como, su retorno dos (2) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, mediante Hoja de Gastos Nº 071-2021, suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina y por el Director de Administración de Personal de la Marina, se detallan los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida (titular, cónyuge e hijo), gastos de traslado de ida y compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, correspondiente al Año Fiscal 2021, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 de la Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG, y en concordancia con el Decreto Supremo N° 262-2014-EF; Que, asimismo, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 103-2021, el Jefe de la O fi cina de Planes Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje, en comisión especial en el exterior; asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000004 y Nº 0000000040, emitidas por el Director de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2021; Que, el numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, que se encuentra percibiendo el personal militar que sea nombrado en Misión Diplomática y Comisión Especial en el Exterior; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias, establece la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo, el pago de los conceptos que corresponde al personal designado bajo dicha modalidad, se sujeta a lo dispuesto en el artículo 18 del citado Reglamento y a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF; Que, a través del O fi cio N° 01840-2021-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 331-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal Nº 1264-2021-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje en comisión especial en el exterior del Capitán de Navío Javier FERNÁNDEZ SEGURA, para desempeñarse como O fi cial Coordinador de Proyectos de la Organización Hidrográ fi ca Internacional (OHI), conforme a la normativa sobre la materia; asimismo, concluye que resulta legalmente viable variar la fecha de inicio y término de la designación del citado Ofi cial Superior, dispuesta a través de la Resolución Suprema N° 110-2021-DE, estableciendo como nuevo período de designación del 30 de noviembre de 2021 al 29 de noviembre de 2023; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Variar la fecha de inicio y término de la designación autorizada en el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 110-2021-DE, y establecer como nuevo periodo de designación del Capitán de Navío Javier FERNÁNDEZ SEGURA, para que se desempeñe como Ofi cial Coordinador de Proyectos de la Organización Hidrográ fi ca Internacional (OHI), en la ciudad de Mónaco, Principado de Mónaco, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 30 de noviembre de 2021 al 29 de noviembre de 2023. Artículo 2.- Autorizar el viaje, en Comisión Especial en el Exterior, del Capitán de Navío Javier FERNÁNDEZ SEGURA, identi fi cado con CIP N° 00919147 y DNI N° 09875834, como O fi cial Coordinador de Proyectos de la Organización Hidrográ fi ca Internacional (OHI), en la ciudad de Mónaco, Principado de Mónaco, del 30 de noviembre de 2021 al 29 de noviembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 28 de noviembre de 2021 y su retorno al país el 1 de diciembre de 2023. Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, de acuerdo con los conceptos siguientes: