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35 NORMAS LEGALES Jueves 25 de noviembre de 2021 El Peruano / identi fi car y adoptar acciones intersectoriales conjuntas, complementarias a las previstas en las políticas nacionales, que coadyuven a generar y facilitar el acceso al empleo por parte de las mujeres en el corto plazo; Que, a través del Informe N° 0787-2021-MTPE/3/17.1, la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo, unidad orgánica de la Dirección General de Promoción del Empleo, señala que ha recibido el consentimiento a las entidades públicas que conforman el Grupo de Trabajo: Ministerio de Educación, Ministerio de la Producción, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Economía y Finanzas, y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante el Memorando N° 0941-2021-MTPE/4/9, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, remite y hace suyo el Informe Nº 0508-2021-MTPE/4/9.3 de la Ofi cina de Organización y Modernización, mediante el cual emite opinión favorable a la propuesta de creación del Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, propuesto por la Dirección General de Promoción del Empleo; Que, en este contexto y acorde al marco normativo enunciado, resulta necesario crear un Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, encargado de diseñar y proponer una estrategia de intervención intersectorial complementaria a la de las políticas nacionales que, priorizando acciones conjuntas y territorios, promueva el acceso al empleo de las mujeres en el corto plazo, para lo cual se cuenta con el consentimiento de las entidades públicas que lo integran; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección General de Promoción del Empleo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo N° 054-2018- PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto del Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual tiene por objeto elaborar una propuesta de intervención articulada intersectorial complementaria a la de las políticas nacionales que, priorizando acciones conjuntas y territorios, promueva el acceso al empleo de las mujeres en el corto plazo. Artículo 2.- Conformación El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por: - Un/a representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien lo preside; - Un/a representante del Ministerio de la Producción; - Un/a representante del Ministerio de Economía y Finanzas; - Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; - Un/a representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; - Un/a representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; - Un/a representante del Ministerio de Educación.- Un/a representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.- Un/a representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Los/las integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial cuentan con un/a representante alterno/a. Artículo 3.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial está a cargo de la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que brinda asistencia técnica y administrativa para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto. Artículo 4.- Designación de representantes Los/las representantes titulares y alternos/as son acreditados/as mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial. Artículo 5.- Participación de otras entidades o personas El Grupo de Trabajo Multisectorial puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto. Artículo 6.- Funciones El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Aprobar el plan de trabajo del grupo. b) Elaborar una propuesta de intervención articulada intersectorial que, identi fi cando y priorizando acciones conjuntas y territorios, impulse el acceso al empleo de las mujeres en el corto plazo. c) Otras que se consideren necesarias para el cumplimiento de su objeto. Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo Multisectorial puede requerir información a otras instituciones públicas y privadas. Artículo 7.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala en un plazo que no exceda de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial. Artículo 8.- Financiamiento Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9.- Plazo de vigencia El Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante la presente resolución ministerial tiene una vigencia de cuarenta y cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de su instalación. Artículo 10.- Publicación Publícase la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 2015122-1