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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (25/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Jueves 25 de noviembre de 2021 El Peruano / Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de diversos organismos ejecutores del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 229-2021-TR Lima, 24 de noviembre de 2021VISTOS: Los Informes 279-2021-TP/DE/UAPI- CFATEP y N° 284-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP, de la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones; los Informes N° 02417-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP y N° 02436-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización; el Informe N° 430-2021-TP/DE/UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica; el O fi cio N° 1302-2021-MTPE/3/24.1, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando N° 0956-2021-MTPE/4/9, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 0912-2021-MTPE/4/8, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 004-2012-TR, N° 006-2017-TR, N° 004-2020-TR, y la Ley N° 31153, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” (en adelante, el Programa “Trabaja Perú”) con el objetivo de generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, y a las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico; Que, los literales a), b), c) y d) del artículo 5 del Decreto Supremo N° 004-2020-TR, norma que aprueba la reestructuración del Programa “Trabaja Perú”, establecen que son funciones de dicho Programa: i) Promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, a través del fi nanciamiento o co fi nanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC); ii) Brindar asistencia técnica para la presentación de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, ante el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; iii) Supervisar, monitorear y hacer seguimiento de la ejecución de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, a cargo de los gobiernos locales o regionales; y, iv) Implementar estrategias de difusión, transparencia y rendición de cuentas; Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa “Trabaja Perú”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, modi fi cado, entre otras, por la Resolución Ministerial N° 182-2020-TR, establece que dicho Programa tiene por fi nalidad contribuir temporalmente en la mejora de los ingresos de la población en edad de trabajar a partir de 18 años en situación de desempleo o afectada por una emergencia o desastre natural; Que, el literal a) del artículo 4 del acotado Manual establece como función general del Programa “Trabaja Perú”, la de promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o emergencias, a través del fi nanciamiento o co fi nanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC); Que, el literal c) del inciso 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza, de manera excepcional, la realización de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas referidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa “Trabaja Perú”, a favor de gobiernos regionales y gobiernos locales, estableciendo el inciso 16.2 del citado artículo que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2021- TP/DE, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa “Trabaja Perú”, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral señala sobre la Modalidad de Intervención 2: Por emergencias o desastres naturales, lo siguiente: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados de desempleo por emergencias o desastres naturales, tiene por fi nalidad ejecutar acciones inmediatas en la zona de interés permitiendo mejorar las condiciones de las personas damni fi cadas o afectadas por una emergencia o desastre natural, que no cuentan temporalmente con capacidades socioeconómicas disponibles para recuperarse. Para ello, se ejecutarán proyectos de inversión o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC)”; Que, el artículo 2 de la Resolución Directoral N° 002- 2021-TP/DE, que aprueba la “Focalización Geográ fi ca Distrital 2021-2022”, dispone aplicar, excepcionalmente, la “Focalización Geográ fi ca Distrital 2021-2022”, durante el año 2021, a la Modalidad de intervención 2: Por emergencias o desastres naturales, sin perjuicio de otros distritos comprendidos en la norma pertinente que declara la respectiva emergencia; Que, con Resolución Directoral N° 009-2021-TP/ DE, y sus modi fi catorias, se aprueba la “Guía para la Presentación de Fichas Técnicas de Actividades de Intervención Inmediata (AII) dirigida a los Organismos Proponentes’’, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, con Resolución Directoral N° 010-2021-TP/DE, y sus modi fi catorias, se aprueba la Directiva N° 002-2021- TP/DE, denominada “Directiva sobre el procedimiento a seguir para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en el marco de la modalidad de intervención por desastres naturales o emergencias”, que en anexo adjunto forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 189-2021-TP/DE, se aprueba una convocatoria complementaria para el fi nanciamiento de actividades de intervención inmediata en aplicación de los saldos presupuestales de ejecución por devengar del PIA 2021, conforme al numeral 5.5 de la Directiva N° 002-2021-TP/DE, denominada “Directiva sobre el procedimiento a seguir para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en el marco de la modalidad de intervención por desastres naturales o emergencias”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 10-2021-TP/DE, y modi fi cada con Resoluciones Directorales N°. 037 y N° 186-2021-TP/DE; Que, a través del artículo 3 de la Resolución Directoral N° 189-2021-TP/DE, se aprueba el “Cronograma para las Actividades de Intervención Inmediata de la convocatoria complementaria en aplicación de los saldos presupuestales de ejecución por devengar del PIA 2021”, conforme al Anexo N° 02, que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, con Resolución Directoral N° 191-2021-TP/DE, se aprueba el Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII18, de la convocatoria complementaria, en aplicación de los saldos presupuestales de ejecución por devengar del PIA 2021, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, de cuyo contenido se observan trece (13) actividades de intervención inmediata elegibles AII-18, con un aporte total del Programa ascendente a S/ 2 190 656, 00 (Dos Millones Ciento Noventa Mil Seiscientos Cincuenta y Seis con 00/100 Soles) que podrían generar un estimado de 1 228 empleos temporales; Que, mediante Informe N° 279-2021-TP/DE/UAPI- CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de