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27 NORMAS LEGALES Sábado 23 de octubre de 2021 El Peruano / pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021; Que, mediante los documentos de visto, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura sustenta la necesidad de aprobar la Resolución Ministerial que constituye la Comisión encargada de elaborar las bases y términos de referencia, convocar y conducir el proceso de selección de las empresas supervisoras que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 al 31 de enero de 2025; así también sustenta la necesidad de efectuar la delegación de facultades, para la suscripción de los convenios con las empresas supervisoras ganadoras de los respectivos procesos de selección, en representación del Ministerio de la Producción; Que, mediante el Informes Nos. 00000811 y 00000848-2021-PRODUCE/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que constituye la Comisión encargada de elaborar las bases y términos de referencia, convocar y conducir el proceso de selección de las empresas supervisoras que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 al 31 de enero de 2025; Que, si bien la facultad de ejercer la representación legal del Ministerio recae en el Titular de la Entidad, de conformidad con lo indicado en el literal b) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE; dicha autoridad puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, por lo señalado, corresponde aprobar la Resolución Ministerial que constituye la Comisión encargada de elaborar las bases y términos de referencia, convocar y conducir el proceso de selección de las empresas supervisoras que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 al 31 de enero de 2025, con la fi nalidad de brindar continuidad a las acciones de supervisión y fi scalización de las actividades pesqueras en el marco del referido Programa, y así garantizar la función fi scalizadora del Ministerio de la Producción; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y sus modi fi catorias, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, que crea el Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 008-2013-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional; la Resolución Viceministerial Nº 138-2015-PRODUCE/DVPA, que aprueba la Directiva Nº 002-2015-PRODUCE/DVPA “Procedimiento para la selección mediante concurso público de las empresas supervisoras que se encargarán de la ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional”; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1. Constituir la Comisión encargada de elaborar las bases y términos de referencia, así como de convocar y conducir el proceso de selección de las empresas supervisoras que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las Actividades Pesqueras y Acuícolas en el ámbito nacional, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 al 31 de enero de 2025, la misma que estará integrada por un (1) miembro titular y un (1) suplente en representación de las siguientes direcciones y o fi cinas generales del Ministerio de la Producción: • Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, quién la presidirá. • Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura. • Dirección General de Pesca Artesanal del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura. • Ofi cina General de Tecnologías de la Información. • Ofi cina General de Asesoría Jurídica. Artículo 2. Disponer que la Comisión a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, tiene las siguientes funciones: a) Elaborar las bases y términos de referencia del proceso de selección de las empresas que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, por el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 al 31 de enero de 2025. b) Convocar y conducir el proceso de selección correspondiente. La citada Comisión desempeñará las funciones encomendadas, sin perjuicio del ejercicio de las funciones que le son propias a las dependencias competentes en las materias correspondientes del Ministerio de la Producción. Durante la ejecución del proceso de selección podrán participar dos (2) representantes de gremios empresariales y un (1) representante del Órgano de Control Institucional, quienes actuarán como observadores del proceso de selección. Artículo 3. Instalar la Comisión constituida en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles contados desde la fecha de su publicación. Artículo 4. Delegar en el Director General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura las facultades de suscribir, en representación del Ministerio de la Producción, los Convenios que contemplen las etapas de implementación y ejecución del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, con las empresas supervisoras seleccionadas que ejecutarán dicho Programa del 1 de enero de 2022 al 31 de enero de 2025; así como, resolver dichos convenios, ejecutar las garantías y aplicar penalidades que deriven de los mismos, en caso corresponda. Artículo 5. La Comisión constituida en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial remite a la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción las bases y términos de referencia del proceso de selección de las empresas que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados desde la instalación de la mencionada Comisión, para la aprobación correspondiente. El Presidente de la Comisión a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial debe informar al Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura cuando ocurran hechos que dilaten o inter fi eran con el proceso de selección de las empresas supervisoras que ejecutarán el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, así como su resultado, cuando dicho proceso concluya. Artículo 6 . Publicar la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ROGGER INCIO SÁNCHEZ Ministro de la Producción 2004477-1