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69 NORMAS LEGALES Domingo 24 de octubre de 2021 El Peruano / Nº 953, así como el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual prescribe que: “(…) Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”. Que, el segundo párrafo de la Norma IV: Principio de Legalidad – Reserva de Ley, del Título Preliminar del T.U.O del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF establece que, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41º el cual señala que, excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo. Que, el artículo 36º del dispositivo legal antes citado establece que, la Administración Tributaria está facultada a conceder aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria al deudor tributario que lo solicite, con excepción de tributos retenidos o percibidos, siempre que dicho deudor cumpla con los requerimientos o garantías que aquélla establezca mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, y con los siguientes requisitos: a) Que las deudas tributarias estén sufi cientemente garantizadas por carta fi anza bancaria, hipoteca u otra garantía a juicio de la Administración Tributaria. De ser el caso, la Administración podrá conceder aplazamiento y/o fraccionamiento sin exigir garantías; y b) Que las deudas tributarias no hayan sido materia de aplazamiento y/o fraccionamiento. Excepcionalmente, mediante Decreto Supremo se podrá establecer los casos en los cuales no se aplique este requisito. Que, mediante Informe Nº 190-2021-GAT/MDP de fecha 03 de junio de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria solicita a la Gerencia Municipal la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Pucusana”, toda vez que, dicho proyecto tiene por objeto establecer los lineamientos para que los administrados puedan acceder al fraccionamiento de pago de deudas tributarias y no tributarias, así como propiciar el cumplimiento del pago y priorizar la gestión de su cobro. Que, mediante Memorándum Nº 478-2021-GM/MDP de fecha 07 de junio de 2021, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica la emisión de opinión legal respecto a la procedencia de aprobar el “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Pucusana”. Que, mediante Memorándum Nº 066-2021-GAJ/MDP de fecha 18 de junio de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica previamente a emitir opinión legal solicita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la emisión de opinión técnica respecto a la viabilidad de aprobar el “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Pucusana”. Que, mediante Informe Nº 101-2021-GPP-MDP de fecha 02 de julio de 2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica declarando viable la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Pucusana”; no obstante, hace la siguiente precisión: “(…) 3. La estructura y sus cláusulas del documento “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Pucusana”, cumple con los lineamientos generales para la elaboración de documentos normativos que rigen o regulen el buen gobierno de la Municipalidad, sin embargo, presenta la observación sobre las competencias del Órgano y/o Unidad Orgánica que apruebe con acto resolutivo dicho Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, conforme al numeral 3.11 del presente análisis”.Que, mediante Memorando Nº 075-2021-GAJ/MDP de fecha 05 de julio de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica comunica a la Gerencia de Administración Tributaria la observación realizada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Que, mediante Memorando Nº 356-2021-GAT/MDP de fecha 02 de agosto de 2021, la Gerencia Administración Tributaria comunica a la Gerencia de Asesoría Jurídica que ha cumplido con levantar la observación señalada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto respecto a la modi fi cación del artículo 10º del “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Pucusana”. Que, mediante Memorando Nº 125-2021-GAJ/MDP de fecha 27 de agosto de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica requiere a la Gerencia de Administración Tributaria el levantamiento de nuevas observaciones. Que, mediante Memorando Nº 426-2021-GAT/ MDP de fecha 01 de setiembre de 2021, la Gerencia Administración Tributaria solicita a la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva la emisión del Informe Técnico que sustente la viabilidad para la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Pucusana”. Que, mediante Informe Nº 314-2021-SGRYEC/ GAT/MDP de fecha 01 de setiembre de 2021, la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva remite a la Gerencia de Administración Tributaria el Informe Técnico que sustenta la viabilidad para la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Pucusana”. Que, mediante Memorando Nº 427-2021-GAT/MDP de fecha 02 de setiembre de 2021, la Gerencia Administración Tributaria haciendo suyo lo vertido por parte de la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, emite opinión técnica favorable y solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica la emisión de opinión legal para la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Pucusana” Que, mediante Informe Legal Nº 244-2021-GAJ/MDP de fecha 13 de setiembre de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que legalmente es procedente la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Pucusana”, toda vez que, se enmarca en lo previsto por la normatividad de la materia. Que, mediante Memorándum Nº 840-2021-GM/ MDP de fecha 15 de setiembre de 2021, la Gerencia Municipal solicita se considere en Sesión de Concejo la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Pucusana”, ya que cuenta con los informes técnicos sustentatorios y legal correspondiente. Que, estando a los fundamentos expuestos en los informes técnicos y legal antes mencionados y a las disposiciones legales citadas, se recomienda la aprobación de la Ordenanza Que A prueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Pucusana. ESTANDO A LO EXPUESTO Y CONFORME A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LOS ARTÍCULOS 9º, 39º Y 41º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, CON EL VOTO POR MAYORIA DE LOS SEÑORES MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA, SE APROBÓ LO SIGUIENTE: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 303-2021/ MDP QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE PUCUSANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- FINALIDAD El presente Reglamento de Fraccionamiento tiene por fi nalidad establecer los procedimientos, requisitos