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58 NORMAS LEGALES Jueves 28 de octubre de 2021 El Peruano / Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba a Francia, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA CONSEJO DE COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCION DE CONSEJO DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 173-2021-CCO-UNIQ Quillabamba, 26 de octubre de 2021VISTOS:La Carta de fecha 18 de octubre de 2021 y el Acuerdo Nº 55-2021-SE-CCO-UNIQ de SE de CCO Nº 21-2021, y CONSIDERANDO:Que, conforme al 4to párrafo del Art. 18, de la Constitución Política del Estado, concordante con el Art. 8, de la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, el Estado reconoce la autonomía Universitaria y conforme a las “Disposiciones para la Constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU. Y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por las normas citadas; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en Comisión de Servicios a la ciudad de PARIS – FRANCIA, del 28 de octubre al 01 de noviembre de 2021, a favor del Docente Mg. Wiltón Henry Céspedes Del Pozo, a fi n de: PARTICIPAR COMO EXPOSITOR EN EL SALON DEL CHOCOLATE CACAO DE PARIS EN REPRESENTACIÓN DE LA UNIQ. Artículo Segundo.- DISPONER, se otorgue a favor del Docente Asociado a T.C. Wiltón Henry Céspedes Del Pozo, viáticos por 05 días, conforme a Ley. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba www.uniq.edu.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.OSWALDO LUÍZAR OBREGÓN PresidenteComisión Organizadora EDGAR PINTO HUANCAVILCA Secretario General 2005861-1 Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Frontera (ROF - UNF) UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 377-2021-UNF/CO Sullana, 6 de octubre de 2021.VISTOS:El Informe Nº 075-2021-UNF-PCO-OPEP-UOP de fecha 28 de setiembre de 2021; el Informe Nº 473-2021-UNF-PCO-OPEP de fecha 29 de setiembre de 2021; el Informe Nº 0373-2021- UNF-OAJ de fecha 01 de octubre de 2021; Acta de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora, de fecha 05 de octubre de 2021; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe que la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico: Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes. Que, mediante Ley Nº 29568 del 26 de julio de 2010 se crea la Universidad Nacional de Frontera en el distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura, con fi nes de fomentar el desarrollo sostenible de la Subregión Luciano Castillo Colonna, en armonía con la preservación del medio ambiente y el desarrollo económico sostenible; y, contribuir al crecimiento y desarrollo estratégico de la región fronteriza noroeste del país. Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 009-2019-UNF/CO de fecha 09 de enero de 2019, se resuelve aprobar el Estatuto de la Universidad Nacional de Frontera, el mismo que consta de tres (03) Títulos, diecinueve (19) Capítulos, ciento cincuenta y dos (152) Artículos, catorce (14) Disposiciones Transitorias, una (01) Disposición Final y una (01) Disposición Derogatoria. Que, con Decreto Supremo Nº 152-2021-PCM, de fecha 16 de setiembre de 2021, se aprueba: “Prorróguese el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, prorrogado por Decreto Supremo Nº 201-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 036-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 058-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 076-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 105-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 123-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 131-2021-PCM y Decreto Supremo Nº 149-2021-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del viernes 1 de octubre de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19”. Que, con fecha 04 de diciembre de 2019, se publicó la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, la cual resolvió: “Aprobar los lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas”. Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 117-2020-UNF/CO, de fecha 30 de mayo de 2020, se aprobó la ADECUACIÓN del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES de la Universidad Nacional de Frontera, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Resolución Viceministerial Nº 588-2019-MINEDU. Que, mediante Informe Nº 075-2021-UNF-PCO- OPEP-UOP, de fecha 28 de setiembre de 2021, la Jefa de la Unidad de Presupuesto informa a la O fi cina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto: “Se ha recibido el O fi cio Nº 01058-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU, mediante el cual se otorga conformidad al contenido del Informe Nº 0182-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria la cual emite opinión sobre la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de Frontera (UNF), presentada ante dicho organismo, en cumplimiento de la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU. OFICIO Nº 01058-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU. En virtud del numeral precedente, al presente se adjunta el Reglamento de Organización y Funciones y el Organigrama de la UNF, siendo necesario su aprobación mediante “acto resolutivo”, el mismo que deberá ser publicado en el diario o fi cial “El Peruano” y en los portales web institucional y o fi cial, respectivos, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi caciones”. Que, con Informe Nº 473-2021-UNF-PCO-OPEP, de fecha 29 de setiembre de 2021, la Jefa de la O fi cina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto remite a Presidencia de Comisión Organizadora: “(…) el Informe Nº 075-2021-UNF-PCO-OPEP-UOP, emitido por la responsable de la Unidad de Organización y Procesos-