NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (09/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 136
TEXTO PAGINA: 101
101 NORMAS LEGALES Jueves 9 de setiembre de 2021 El Peruano / Que, por Ordenanza Regional Nº 016-2006- CR/GOB.REG.TACNA publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 29 de junio de 2006, se aprueba: “ARTÍCULO PRIMERO: Declárese de interés regional, la Zoni fi cación Ecológica y Económica, y el Ordenamiento Territorial dentro de la jurisdicción del departamento de Tacna. ARTÍCULO SEGUNDO: Confórmese la Comisión Técnica Regional de Zoni fi cación Ecológica y Económica, y el Ordenamiento Territorial (…) ARTÍCULO CUARTO: La Comisión Técnica Regional tendrá las siguientes funciones: Proponer, opinar acompañar y coordinar la ejecución del proceso de la Zoni fi cación Ecológica y Económica – ZEE a nivel regional y local; así como los aspectos relacionados a la macrozoni fi cación nacional; y, - Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación. (…)”. Que, por Ordenanza Regional Nº 016-2012-CR/ GOB.REG.TACNA publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 18 de enero de 2013, modi fi cada con Ordenanza Regional Nº 018-2013-CR/GOB.REG.TACNA publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 25 de febrero de 2014, se dispuso: “ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el artículo primero de la Ordenanza Regional Nº 016-2012-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 31 de diciembre del 2012, publicada el 18 de enero del 2013 en el Diario O fi cial “El Peruano”, con el texto siguiente: “APROBAR la Zoni fi cación Ecológica y Económica (ZEE) de la Región Tacna (…)”. Que, con O fi cio Nº 595-2021-ORAJ-GGR-GR/GOB. REG.TACNA de fecha 16 de junio de 2021, emitido por Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna se remite al presidente del Consejo Regional de Tacna, Opinión Legal para que se proceda a la emisión de Ordenanza Regional que modi fi que de Ordenanza Regional Nº 016-2006-CR/GOB.REG.TACNA, para lo cual se adjuntan los informes y demás documentación sustentatoria de su pedido. Que, el Oficio Nº 00111-2021-MINAM/VMDERN/ DGOTA de fecha 06 de mayo de 2021, emitido por la Dirección General de Ordenamiento Territorial Ambiental del Ministerio del Ambiente, el Informe Nº 00071-2021-MINAM/VMDERN/DGOTA/DMOTA de fecha 05 de mayo de 2021, emitido por la Dirección de Metodologías para el Ordenamiento Territorial Ambiental del Ministerio del Ambiente; el Informe Nº 067-2021-GRRNYGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de junio de 2021, emitido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; el Informe 135-2021-OFG/PMSGT/GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de junio de 2021, emitido por el Jefe del Proyecto “Mejoramiento de Servicios de Gestión Territorial”; el Informe Nº 002-2021-LBTS-PMSGT/GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de junio de 2021, emitido por la Especialista en Ordenamiento Territorial -I; la Opinión Legal Nº 987-2021-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 11 de junio de 2021, emitida por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; el informe del Asesor de Comisión Nº 006-RINH-2021-CORNyGMA-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 05 de julio de 2021; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 006-2021-CORNyGMA-CR, de fecha 05 de julio de 2021, sobre “MODIFICAR EL ARTÍCULO CUARTO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2006-CR/GOB.REG.TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de julio de 2021, realizada mediante videoconferencia. Asimismo, en dicha sesión se propuso que en la modificación del artículo cuarto se incorpore la iniciales OT referidas a Ordenamiento Territorial. Que, considerando las normas antes indicadas y las opiniones favorables emitidas por los distintos órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna, resulta pertinente modi fi car el artículo cuarto de la Ordenanza Regional Nº 016-2006-CR/GOB.REG.TACNA considerando como funciones de la Comisión Técnica Regional la referida a proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de la Zoni fi cación Ecológica y Económica – ZEE y Ordenamiento Territorial – OT a nivel regional y local. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria (realizada mediante videoconferencia) de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero: MODIFICAR el artículo cuarto de la Ordenanza Regional Nº 016-2006-CR/GOB.REG.TACNA, con el siguiente texto: “Artículo Cuarto: La Comisión Técnica Regional tendrá las siguientes funciones: - Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de la Zoni fi cación Ecológica y Económica – ZEE y Ordenamiento Territorial – OT a nivel regional y local; así como los aspectos relacionados a la macrozoni fi cación nacional; y, - Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación”. Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Tacna, así como a la Comisión Técnica Regional de Zoni fi cación Ecológica y Económica y Ordenamiento Territorial la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero: DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Quinto: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que la publicación sea efectuada por la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día nueve de julio del año dos mil veintiuno. DANY LUZ SALAS RÍOS PresidentaConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 16 JUL. 2021 JUAN TONCONI QUISPE Gobernador Regional 1989194-1