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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (09/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Jueves 9 de setiembre de 2021 El Peruano / noviembre de 2019, se nombró a la abogada Milagros Del Pilar Ragas Rojas, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central, desempeñándose actualmente en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental - Sede Chanchamayo. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de Organización y Funciones, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución, que no genera más derechos que los inherentes al cargo provisional que se ejerce; tal como se ha fundamentado en reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional. Que, en tal sentido, estando a lo informado mediante oficios Nros. 211, 352, 717, 776 y 855-2021-MP-FN-CN-FEMA, suscritos por la abogada Flor De María Vega Zapata, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, y oficio Nº 784-2021-MP-FN-PJFSSELVACENTRAL, cursado por la abogada Janet Rossana Almeyda Escobar, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Selva Central, así como el oficio N° 662-2021-MP-ODCI-JUNIN/SELVACENTRAL, suscrito por Alberto Vicente Moreno Huaccho, Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Junín; y, conforme a las prerrogativas de la titular del Ministerio Público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Milagros Del Pilar Ragas Rojas, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental - Sede Chanchamayo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3041-2019-MP-FN, de fecha 04 de noviembre de 2019, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada María Esther Avalos Ramos, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal Del Santa, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Nepeña, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 198-2020-MP-FN, de fecha 03 de febrero de 2020, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Tercero.- Designar a la abogada Milagros Del Pilar Ragas Rojas, Fiscal Adjunta Provincial Titular Mixta de Nepeña, Distrito Fiscal Del Santa, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Nepeña. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales Del Santa y Selva Central, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las abogadas mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1989787-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Modifican el artículo cuarto de la Ordenanza Regional N° 016-2006-CR/GOB.REG. TACNA ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2021-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha nueve de julio de dos mil veintiuno, en Sesión Extraordinaria realizada mediante videoconferencia, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 192 establece que: “Los gobiernos regionales (…). Son competentes para: (…) 7. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de (…) medio ambiente, conforme a ley”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; asimismo, en su artículo 38 prescribe que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Medio Ambiente, en su artículo 22 señala: “(…) 22.3 Los gobiernos regionales y locales coordinan sus políticas de ordenamiento territorial, entre sí y con el Gobierno Nacional (…)”. Que, mediante Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM se aprobó el Reglamento de Zoni fi cación Ecológica y Económica – ZEE, el mismo que en su artículo 16 señala que: “Cada proceso de Zoni fi cación Ecológica y Económica-ZEE desarrollado en el ámbito regional y local (macro y meso) requiere la conformación de una Comisión Técnica (…)”; estando sus funciones establecidas en el artículo 17 del mismo dispositivo legal. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 026-2010-MINAM de fecha 23 de febrero de 2010 aprueba los “Lineamientos de Política para el Ordenamiento Territorial”, con el objetivo de articular diversas políticas sectoriales y orientar el accionar de los gobiernos regionales y locales respecto a los problemas críticos que ocasionan la ocupación y uso del territorio. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 135-2013-MINAM de fecha 03 de mayo de 2013 se aprobó la Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, norma que identi fi ca y conceptualiza los instrumentos técnicos del Ordenamiento Territorial: La Zoni fi cación Ecológica y Económica - ZEE, los Estudios Especializados – EE y el Diagnóstico Integrado del Territorio – DIT. Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 087-2015-MINAM de fecha 17 de abril de 2015 se establece las disposiciones respecto a la “Comisión Técnicas de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios del Ordenamiento Territorial”, con la fi nalidad de propiciar la continuidad y secuencialidad del proceso de ordenamiento territorial, resultando necesario que los gobiernos regionales y locales que cuenten con una ZEE aprobada, conformen un comisión técnica para los demás instrumentos técnicos sustentatorios del ordenamiento territorial.