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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (12/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Domingo 12 de setiembre de 2021 El Peruano / de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General (e), del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Directiva N° 0007-2020-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada con Resolución Directoral N° 0034-2020-EF/50.01; y el Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de S/ 11 634 703,00 (ONCE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TRES Y 00/100 SOLES), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de Vacuna Antirrábica Humana x 1 dosis, para la intervención estratégica sanitaria de fi nida por el Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución se afecta con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, coordina con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el envío de los estados de cuentas, derivados de la adquisición efectuada con los recursos señalados en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en el Convenio suscrito con dicho organismo internacional. Artículo 5.- Información La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud remite información trimestral, bajo responsabilidad, a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, respecto de los desembolsos efectuados a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el numeral 36.3 del artículo 36 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Artículo 6.- Saldos no utilizados Los saldos no utilizados de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del organismo internacional al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser devueltos al Tesoro Público una vez culminada la ejecución objeto del acuerdo, de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 36.4 del artículo 36 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.Artículo 7.- PublicaciónDisponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNANDO ISMAEL CEVALLOS FLORES Ministro de Salud 1990753-2 Aprueban el Reglamento Interno de la “Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, para la actualización de los porcentajes vigentes del crédito para cubrir el Plan de Salud establecido en el artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento en Salud, en el sistema complementario de Seguridad Social en Salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1063-2021/MINSA Lima, 10 de setiembre del 2021Visto, el Expediente Nº 21-066985-001, que contiene Memorando N° 340-2021-DGAIN/MINSA de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional; y el Informe N° 1106-2021-OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 014-2021-SA, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, denominada “Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, para la actualización de los porcentajes vigentes del crédito para cubrir el Plan de Salud establecido en el artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento en Salud, en el sistema complementario de Seguridad Social en Salud”; Que, de acuerdo con el artículo 3 del Resolución Suprema N° 014-2021-SA, la Comisión Multisectorial está conformada por un (1) representante de las siguientes entidades: el Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud, quien la preside; Ministerio Trabajo y Promoción del Empleo; Seguro Social de Salud – EsSalud, y; la Superintendencia Nacional de Salud. Que, el artículo 5 de la Resolución Suprema N° 014-2021-SA, dispone que la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial es ejercida por la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional del Ministerio de Salud; encargada de brindar el apoyo técnico y administrativo; Que, según lo establece la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución Suprema N° 014-2021-SA, la Comisión Multisectorial propone el Reglamento Interno al Ministro de Salud para su aprobación mediante Resolución Ministerial, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su instalación; dicho Reglamento Interno establece la forma en que se realizan las convocatorias a las sesiones, así como el quórum necesario para su realización, e incluye las demás disposiciones para su correcto desarrollo y organización; Que, mediante Acta de Instalación de la Comisión Multisectorial de fecha 4 de junio de 2021, la referida Comisión Multisectorial acordó, entre otros, aprobar la propuesta de su Reglamento Interno, en mérito a la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución Suprema N° 014-2021-SA; Que, atendiendo a los considerandos antes expuestos, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, a fi n de garantizar el correcto desarrollo de la Comisión