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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (15/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de setiembre de 2021 El Peruano / CÓDIGO INFRACCIÓNCATEGORIAS DE LA SANCION EN PROPORCIÓN A LA U.I.T (UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA)MEDIDA COMPLEMENTARIAGRADUA- LIDAD I II III IV 02-1424Por no contar con Ia autorización del Ministerio de Vivienda y construcción y saneamiento, para Ia reanudación de la ejecución de Ia obra y/o Registro SISCOVI D-19.100% U.I.T100% U.I.T.300% U.I.T.400% U.I.T. ParalizaciónMG 02-1425No cumplir con los Protocolos de bioseguridad al trasladar alimentos, bienes perecibles y no perecibles mediante los servicios de entrega a domicilio (delivery).25% U.I.T50% U.I.T200% U.I.T.300% U.I.T.Internamiento/ retención/ DecomisoG 02-1426Por no contar con fi chas de descarte y sintomatología de COVID19 de personal dentro de los establecimientos comerciales, industriales, y a fi nes50% U.I.T50% U.I.T250% U.I.T.350% U.I.T.Clausura temporal/ defi nitivaMG 02-1427Por no realizar las pruebas serológicas o moleculares para vigilancia de la COVID-19, según lo establece las normas del Ministerio de Salud en los casos de alto o muy alto riesgo.50% U.I.T50% U.I.T250% U.I.T.350% U.I.T.Adecuación/ Clausura temporal/ defi nitivaMG 02-1428dejar ejercer el comercio ambulatorio informal en Estado de Emergencia Sanitaria. Dentro 10% U.I.T50% U.I.T.150% U.I.T.250% U.I.T.Internamiento/ RetenciónL 02-1429Por ejercer el comercio ambulatorio formal sin cumplir con los protocolos de bioseguridad.15% U.I.T50% U.I.T.150% U.I.T.250% U.I.T.Internamiento/ RetenciónL 02-1430Por no usar en forma correcta, permanente y obligatoria Ia mascarilla y para los casos que corresponda el mandil, gorro o redecilla en los establecimientos comerciales, industriales, mercados, puestos, stands, tiendas, o fi cinas y a fi nes.25% U.I.T 50% U.I.T.150% U.I.T.250% U.I.T.Adecuación/ Clausura temporal/ defi nitivaG 02-1431Por no utilizar la mascarilla de acuerdo al riesgo de la actividad que ejerce, lo cual estará regido en las normas que establece el Ministerio de Salud25% U.I.T50% U.I.T.150% U.I.T.250% U.I.T.Adecuación/ Clausura temporal/ defi nitivaG Artículo Quinto.- Apruébese el bene fi cio de descuento de las multas administrativas de Las noti fi caciones de infracción con Resolución de Sanción emitidas hasta el 31 de diciembre del 2020, las cuales podrán ser canceladas hasta el 31 de setiembre del 2021, con un descuento en el importe original de las mismas, de acuerdo al siguiente detalle: Año 2020: Descuento del 40% Año 2019: Descuento del 50% Año 2018: Descuento del 60% Año 2017: Descuento del 70%Año 2016: Descuento del 80%Años anteriores: Descuento del 90% Para acogerse a la presente ordenanza, se deberá acreditar el desistimiento de los medios impugnatorios, que se hayan interpuesto en contra de la resolución de sanción administrativa que contiene la obligación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS Artículo Primero.- Dejar sin efecto o Deróguese la Ordenanza Nº 515/MC, sus modi fi catorias y cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- Deróguese la Ordenanza Nº 587-MDC, que establece medidas extraordinarias en el marco de los alcances del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, que declara el Estado de Emergencia Nacional por el Brote del Coronavirus (Covid-19) en el Distrito de Comas. Artículo Tercero.- Disponer para que el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía modi fi que algunas medidas aprobadas en la presente Ordenanza, así como establezca las normas complementarias y reglamentarias para la aplicación e implementación de la presente Ordenanza. RAUL DIAZ PEREZ Alcalde