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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (23/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Sábado 23 de abril de 2022 El Peruano / al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el literal d) del numeral 7.2 del artículo 7 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD y su modi fi catoria, dispone que las políticas institucionales en el marco de las políticas nacionales y territoriales, según corresponda, se concretan en los planes estratégicos institucionales (PEI) y los planes operativos institucionales (POI); Que, mediante Resolución Nº 059-2019-OSCE/PRE de fecha 2 de abril de 2019, se formalizó la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, para el período 2019-2022; y con Resoluciones Nº 081-2020-OSCE/PRE y Nº 064-2021-OSCE/PRE se aprobaron su ampliación del horizonte temporal a los periodos 2023 y 2024, respectivamente; Que, con Resolución Ministerial Nº 072-2022-EF/41 de fecha 10 de marzo de 2022, se aprobó la ampliación del horizonte temporal al 2025 y la cartera de inversiones del Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM del Sector Economía y Finanzas; Que, el numeral 5.8 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, dispone que el Plan Estratégico Institucional se modi fi ca cuando se producen las siguientes circunstancias: cambios en la Política General de Gobierno; cambios en la política institucional; adscripción de entidades, transferencia de programas, cambios en las funciones de la organización u otros similares; situación de desastre con declaratoria de estado de emergencia; recomendaciones provenientes de los Informes de Evaluación de los planes institucionales; y, disposiciones especí fi cas del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, a través del O fi cio Múltiple Nº D000002-2022- CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN comunicó que, con la fi nalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2023-2025, se ha visto por conveniente permitir la ampliación del período de vigencia de los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); precisando que los Pliegos que cuenten con un PEI de acuerdo a la estructura establecida en la Guía para el Planeamiento Institucional puedan ampliar la temporalidad del PEI; Que, en ese sentido, mediante Informe Nº D000010- 2022-OSCE-OPM, la O fi cina de Planeamiento y Modernización, propone la aprobación de la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, al período 2019-2025, señalando que dicha propuesta cuenta con la opinión favorable de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, según O fi cio Nº 0017- 2022-EF/41.02 que adjunta el Informe Nº 0054-2022-EF/41.02, y con la validación de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN, según Ofi cio Nº D000173-2022-CEPLAN-DNCP que adjunta el Informe Técnico Nº D000046-2022-CEPLAN-DNCPPEI; Que, asimismo, según lo informado por la O fi cina de Planeamiento y Modernización, la referida propuesta fue validada por la Comisión de Planeamiento Estratégico del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, conformada por Resolución Nº 105-2018-OSCE/PRE; Que, mediante Informe Nº D000142-2022-OSCE- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera viable la propuesta de ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, al período 2019-2025; Que, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE, encontrándose presidido por el Presidente Ejecutivo. Asimismo, el literal c) del artículo 8 dispone que es función del Consejo Directivo, aprobar los objetivos estratégicos, planes estratégicos y políticas institucionales; Que, en ese sentido, mediante Acuerdo Nº 001-003- 2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 003-2022/OSCE-CD, el Consejo Directivo del OSCE acordó aprobar la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, al período 2019-2025; Que, de conformidad con el artículo 6 y el numeral 8 del artículo 7 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de la Resolución que se emita sobre el particular; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; Con el visado del Secretario General (s), de la Jefa de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización y del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catoria; y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, al período 2019-2025, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Planeamiento y Modernización efectúe el seguimiento y evaluación del instrumento de gestión formalizado en el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce). Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO ALEJANDRO MONTES BARRANTES Presidente Ejecutivo (i) 2060729-1 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Aprueban la Metodología para el cálculo de multas por infracciones al interior de Áreas Naturales Protegidas RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 108-2022-SERNANP Lima, 20 de abril de 2022