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43 NORMAS LEGALES Sábado 23 de abril de 2022 El Peruano / • Sétimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar • Octavo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar • Noveno Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar • Décimo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar • Décimo Primero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar Sede Urubamba:• Juzgado de Familia de Urubamba - Subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar Sede Central La Convención:• Sala Mixta Descentralizada de La Convención • Segundo Juzgado de Familia - Subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar La ceremonia de inauguración, se realizará el 29 de abril de 2022. Artículo Segundo .- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Cusco, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Programa Nacional para la implementación de la Ley Nº 30364, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2060694-9 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen inicio del procedimiento de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima, correspondiente al año judicial 2022 PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000150-2022-P-CSJLI-PJ Lima, 21 de abril del 2022 VISTOS: El O fi cio N° 0000162-2022-USJ-GAD-CSJLI-PJ del 22 de marzo de 2022 de la Unidad de Servicios Judiciales ; el O fi cio N° 193-2022-CSJR-USJ-GAD-CSJLI-PJ del 18 de abril de 2022 y el Informe N° 000009-2022-CSJR-USJ-GAD-CSJLI-PJ del 21 de marzo de 2022 emitidos por la Coordinación de Servicios Judiciales; y, CONSIDERANDO: 1. La Resolución Jefatural Nº 162-2022-SUNARP- ZRIX/JEF1 de fecha 11 de marzo de 2022 de la Jefatura de la Zona Registral Nº IX - sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos dispuso la habilitación anual de los Martilleros Públicos para el 2022 que se encuentran comprendidos en el artículo primero de dicha resolución con las precisiones que contienen sus artículos segundo y tercero. 2. Mediante o fi cio de vistos el jefe de la Unidad de Servicios Judiciales elevó el Informe de vistos de la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación que sugiere emitir la resolución administrativa que disponga el inicio del proceso de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para el año 2022, proponiendo los plazos para dicho procedimiento con carácter improrrogable, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Martilleros Públicos 2. Asimismo, recomienda que el proceso se realice de forma virtual con la fi nalidad de evitar el desplazamiento de los postulantes. El Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial (TUPA-PJ)3 establece en el rubro 25 los requisitos que deben cumplir los solicitantes en el procedimiento de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos en cada Distrito Judicial, el cual debe realizarse anualmente. En ese sentido, la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación mediante informe de vistos recomienda recibir los requisitos indicados en el mencionado rubro a través del correo electrónico institucional de secretariageneralcsjlima@pj.gob.pe de la Secretaría General de la Corte Superior de Justicia de Lima. Además, precisa que el recibo de pago gestionado ante el Banco de la Nación por el importe de S/ 35.20 por concepto Inscripción y Reinscripción de Martillero debe ser con el Código 07277- Dependencia Judicial Administración General del Distrito Judicial de Lima. 3. Por lo antes expuesto y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3 y 12 del artículo noveno del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras 4, concordante con los numerales 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER el inicio del procedimiento de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima, correspondiente al año judicial 2022, estableciéndose que la presentación de las solicitudes se realizarán únicamente a través del correo electrónico institucional de secretariageneralcsjlima@pj.gob.pe de la Secretaría General de la Corte Superior de Justicia de Lima, a partir del 3 de mayo de 2022 hasta el 17 de mayo de 2022, siendo dicho plazo improrrogable. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Servicios Judiciales la realización de las gestiones necesarias con la O fi cina de Prensa e Imagen, para la difusión de la presente resolución en el portal web institucional u otros medios tecnológicos, con precisión de que los requisitos obligatorios contenidos en el rubro 25 del TUPA-PJ para el presente proceso de inscripción y reinscripción, debiendo considerar los postulantes que el recibo de pago gestionado ante el Banco de la Nación por el importe de S/ 35.20 por concepto Inscripción y Reinscripción de Martillero debe ser con el Código 07277 - Dependencia Judicial Administración General del Distrito Judicial de Lima. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General de esta Corte realizar las acciones necesarias para la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Gerencia de Administración Distrital, la Unidad de Servicios Judiciales y la Coordinación del