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31 NORMAS LEGALES Viernes 5 de agosto de 2022 El Peruano / De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi catorias que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD que aprobó la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD - “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional” y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalización del inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Salud. Formalizar el inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Salud 2023-2030. Artículo 2.- Conformación de la Comisión Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud 2.1 Conformar la Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, denominada “Comisión Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud”, dependiente del Ministerio de Salud, encargada del proceso de planeamiento del Sector Salud para la elaboración y formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Salud 2023-2030, la misma que está conformada por los siguientes miembros: - El/La representante del Despacho Ministerial, quien lo preside. - El/La Viceministro/a de Prestaciones y Aseguramiento en Salud. - El/La Viceministro/a de Salud Pública.- El/La Secretario/a General del Ministerio de Salud - MINSA. - El/La Jefe/a del Seguro Integral de Salud – SIS.- El/La Superintendente/a de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD. - El/La Jefe/a del Instituto Nacional de Salud – INS.- El/La Jefe/a del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN. - El/La Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. 2.2 La designación del representante del Despacho Ministerial se realiza mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial, dentro de los tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial. 2.3 La Comisión Sectorial, previo acuerdo de sus integrantes, puede solicitar la participación, en calidad de invitados, de especialistas del sector, así como de otras entidades públicas y privadas, instituciones académicas y de investigación, y organizaciones no gubernamentales, para el cumplimiento de sus funciones. 2.4 Los/las integrantes de la Comisión Sectorial ejercen sus funciones ad honorem. Artículo 3.- Funciones de la Comisión Sectorial La “Comisión Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud”, tiene las siguientes funciones: - Aprobar el plan de trabajo para la formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Salud 2023-2030. - Elaborar el informe que contiene el Proyecto del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Salud 2023-2030. - Las demás funciones que determine el ente rector del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico.Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la “Comisión Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud” recae en la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, quien brinda soporte y es responsable de llevar el registro de los acuerdos de la Comisión Sectorial, custodiar sus actas y toda la documentación que se genere durante su vigencia. Artículo 5.- Instalación y vigencia5.1 La Comisión Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud, se instala en un plazo que no excede de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución. 5.2 La Comisión Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud culmina sus funciones en un período de doce (12) meses. Artículo 6.- Conformación del Grupo de Trabajo Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud 6.1 Conformar el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud”, dependiente del Ministerio de Salud, con el objeto de asistir a la Comisión Sectorial en la elaboración del proyecto del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Salud 2023-2030; la misma que está conformada por: - El/La Director(a) General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública. - El/La Director(a) General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria. - El/la Director(a) General de Medicamentos, Insumos y Drogas. - El/la Director(a) General de Gestión de Riesgos de Desastres y Defensa Nacional en Salud. - El/la Director(a) General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre. - El/la Director(a) General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional. - El/la Director(a) General de Telesalud, Referencia y Urgencias. - El/la Director(a) General de Operaciones en Salud.- El/la Director(a) General de Personal de la Salud.- El/la representante del Seguro Integral de Salud – SIS - El/la representante de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD - El/la representante del Instituto Nacional de Salud – INS - El/la representante del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN - El/La Director(a) Ejecutivo(a) de la O fi cina de Planeamiento y Estudios Económicos de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, quien ejerce la Secretaría Técnica. 6.2 La designación de los/las representantes de los órganos y entidades señalados en el numeral 6.1 y de los representantes alternos, se realiza mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaria Técnica en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles posteriores a la instalación de la Comisión Sectorial. 6.3 Los/las representantes titulares que integran el Grupo de Trabajo Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud cuentan con un/a representante alterno/a con experiencia y dominio técnico en políticas y salud públicas y ejercen sus funciones ad honorem. Artículo 7.- Funciones del Grupo de Trabajo7.1 El Grupo del Trabajo de Planeamiento Estratégico del Sector Salud, tiene como principal función asistir a la Comisión Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud en la elaboración de los documentos estratégicos sectoriales y en las siguientes actividades: - Proponer el plan de trabajo para la formulación del PESEM.