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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (05/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Viernes 5 de agosto de 2022 El Peruano / - Revisar los informes de evaluación de resultado del PESEM vigente. - Elaborar y reportar los productos de las fases del ciclo de planeamiento para la mejora continua. - Organizar y dirigir las sesiones y talleres del proceso de formulación del PESEM, así como emitir informes. - Elaborar el proyecto del PESEM. 7.2 El Grupo de Trabajo, previo acuerdo de sus integrantes, puede solicitar la participación, en calidad de invitados, de especialistas del sector, así como de otras entidades públicas y privadas, instituciones académicas y de investigación, y organizaciones no gubernamentales, para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 8.- Instalación y vigencia8.1 El Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico del Sector Salud se instala en un plazo que no excede de cinco (05) días hábiles contados desde la instalación de la Comisión Sectorial. 8.2 El Grupo de Trabajo a que se re fi ere el artículo 6 de la presente Resolución, culmina sus funciones en un período de doce (12) meses. Artículo 9.- Financiamiento El cumplimiento de las funciones de la Comisión Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud y del Grupo de Trabajo Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud no demandarán recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución, para los fi nes pertinentes, a los miembros de la Comisión Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud, así como a los órganos y entidades que conformarán el Grupo de Trabajo Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Salud, señaladas en el artículo 6 de la presente resolución. Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal de Transparencia del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2092549-1 Designan Ejecutivo Adjunto II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 581-2022/MINSA Lima, 4 de agosto de 2022.CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Directoral Nº 319-2022-OGGRH/MINSA, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial N° 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a II (CAP – P Nº 5) del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar al señor CESAR JAVIER MONTOYA CÁRDENAS, en el cargo señalado en el considerando precedente; Que, mediante el Informe Nº D000007-2022-OGGRH- OARH/MINSA, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable a la citada acción de personal; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General (e); y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor CESAR JAVIER MONTOYA CÁRDENAS, en el cargo de Ejecutivo Adjunto II (CAP – P Nº 5), Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2092713-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a FAST & QUALITY S.R.L. Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 655-2022-MTC/01.03 Lima, 2 de agosto de 2022VISTOS, el escrito de registro Nº T-185321-2022, mediante el cual la empresa FAST & QUALITY S.R.L. solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, será el servicio a prestar inicialmente; el Informe Nº 251-2022-MTC/27 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones y el Informe Nº 1065-2022-MTC/08 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modi fi cado por la Ley Nº 28737, publicada el 18 de mayo de 2006, de fi ne la concesión como “al acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en esta Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para Operador Independiente. La concesión se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector”; Que, adicionalmente, el citado artículo señala que “las personas naturales o jurídicas, titulares de una concesión única, previamente deberán informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios públicos a brindar, sujetándose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme