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11 NORMAS LEGALES Martes 9 de agosto de 2022 El Peruano / de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante, la Directiva), cuyo literal c) del numeral 5.1, de fi ne el Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen, de manera ordenada, todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción (en adelante, la Ley), señala los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; asimismo, establece en su Segunda Disposición Complementaria Final que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la Ley, debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario contado a partir de la publicación de su reglamento; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, dispone que para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley, cuando corresponda, las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por la SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional o el Cuadro de Puestos de la Entidad y el Manual de Clasi fi cador de Cargos o el Manual de Perfi les de Puestos, según corresponda; Que, de acuerdo al numeral 6.1.7 de la Directiva, la Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, eleva la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; de obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, en el marco de las normas descritas, mediante Memorándum N° 825-2022-VIVIENDA-OGGRH, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos remite el Informe N° 295-2022-VIVIENDA/OGGRH-OATH con el cual su O fi cina de Administración del Talento Humano sustenta y remite el proyecto de Manual de Clasi fi cador de Cargos del MVCS; Que, con Memorándum N° 895-2022-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 174-2022-VIVIENDA/OGPP-OPM de su O fi cina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual emite opinión favorable y concluye que el proyecto de Manual de Clasi fi cador de Cargos del MVCS, se encuentra alineado a los órganos y unidades orgánicas del vigente ROF del MVCS;Que, a través del Informe N° 482-2022-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que, en atención a lo sustentado por la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y lo señalado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta legalmente viable que se expida la Resolución de Secretaría General que apruebe el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 5.1 de la Directiva y el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; por lo que conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del ROF del MVCS, el(la) Secretario(a) General es la más alta autoridad administrativa del MVCS; Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Manual de Clasi fi cador de Cargos del MVCS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, que formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación del Personal Provisional; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General y el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento en la sede digital (www.gob.pe/vivienda) y en el Portal de Transparencia, el mismo día de la publicación de la citada Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MANRIQUE CAMPOMANES Secretario General 2093615-1 COMUNICADO SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA SE RECIBIRÁN LAS PUBLICACIONES OFICIALES SÓLO EN MODO VIRTUAL COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN: □ HORARIO DE RECEPCIÓN POR CORREO: • LUNES A VIERNES, 8:30 AM a 5:30 PM • SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 8:30 AM a 5:30 PM (sólo publicaciones para día siguiente) □ HORARIO DE RECEPCIÓN PORTAL PGA: • LUNES A VIERNES, 9:00 AM a 7:00 PM • SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 9:00 AM a 6:00 PM (sólo publicaciones para día siguiente) □ CORREO PARA COTIZACIONES : cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe □ CORREO PARA PUBLICACIONES : normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES