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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (20/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Sábado 20 de agosto de 2022 El Peruano / Artículo 2.- APROBAR la Directiva denominada “Disposiciones de transparencia y acceso a la información pública de la Biblioteca Nacional del Perú”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA ISABEL VERGARA RODRÍGUEZ DE RODRÍGUEZJefa Institucional 2097317-1 INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° D000051-2022-IRTP-PE Lima, 17 de agosto del 2022VISTOS: el Informe N° D000577-2022-IRTP-OA.1 y el Informe N° D000667-2022-IRTP- OA1 del Área de Administración de Personal, los Memorandos N° D001003-2022-IRTP-OPP, Memorando N° D001015-2022-IRTP-OPP y N° D001157-2022-IRTP-OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y los Informes N° D000129-2022-IRTP-OAJ y N° D000160-2022-IRTP-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 829 se crea el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (en adelante IRTP), organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura, cuya fi nalidad es colaborar con la política del Estado en la educación y en la formación moral y cultural de los peruanos, teniendo como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, dispone que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector; asimismo, tienen entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por Servir y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; y, gestionar los per fi les de puestos; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021- SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en adelante la Directiva, con objeto de establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, el literal c) del numeral 5.1 del numeral 5 de la referida Directiva, de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos como el: “Documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad”; el mismo que debe ser formulado “(…) en atención a la normativa sustantiva que dispone la creación de determinados cargos con ciertas funciones y/o requisitos, a la normativa sustantiva que dispone impedimentos y/o establece requisitos para funcionarios(as) públicos(as) y/o servidores(as) civiles o un subgrupo de estos, y a la normativa dispuesta por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) conteniendo disposiciones para la formulación de per fi les en el Estado (…)”; Que, asimismo el numeral 6.1.7 del numeral 6 de la Directiva, establece que “(…) La ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al (la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad. (…)”; Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; asimismo, a través del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, que determina requisitos mínimos para Directivos/as Públicos/as, que lideran órganos de segundo nivel organizacional y unidades orgánicas del tercer nivel organizacional, entre otras, en entidades públicas a nivel nacional; Que, el Área de Administración de Personal a través de los Informes N° D000577-2022-IRTP-OA.1 y N° D000667-2022-IRTP-OA1 presenta el proyecto del Manual de Clasi fi cador de Cargos del IRTP y re fi ere que en el marco de la normativa vigente, donde se establecen los requisitos mínimos para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, así como, la actualización de las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones, se revisó y actualizó el Manual de Clasi fi cador de Cargos del IRTP; Que, por su parte, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto mediante los Memorandos N° D001015- 2022-IRTP-OPP y D001157-2022-IRTP-OPP, re fi ere que Manual de Clasi fi cador de Cargos propuesto por el Área de Administración de Personal se encuentra alineado al Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Decreto Supremo N° 056-2001-ED y modi fi cado con el Decreto Supremo N° 006-2018-MC, así como también al Manual de Organización y Funciones – MOF, aprobado con Acuerdo N° 019-05-99-SCD/IRTP y sus modi fi catorias; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica por medio los Informes N° D000129-2022-IRTP-OAJ y N° D000160-2022-IRTP-OAJ, concluye que resulta viable efectuar la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del IRTP; Que, el literal d) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del IRTP aprobado por Decreto Supremo N° 056-2001-ED y su modi fi catoria aprobada por Decreto Supremo N° 006-2018-MC señala que es función de la Presidencia Ejecutiva aprobar el Clasi fi cador de Cargos; Con el visto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Área de Administración de Personal; De conformidad con la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley N° 31419 “Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios directivos de libre