TEXTO PAGINA: 157
157 NORMAS LEGALES Jueves 25 de agosto de 2022 El Peruano / Código UBICACIÓNNOMBRE DE VIA 1 (A Instalar)NOMBRE DE VIA 2 (Referencial)COORDENADAS UTM (WGS84 Zona 18 Sur)Ubicación ESTE NORTE 58 Av. Aramburú Ca. Halcones 280115.0860 8661346.5465 Berma Central59 Av. Aramburú Av. República De Panamá 280376.4001 8661352.0407 Berma Central60 Av. Del Parque Sur Av. Guardia Civil 280704.6709 8661233.6280 Berma Central61 Av. José Galvez Barrenechea Av. Del Parque Sur 281088.6347 8661218.5225 Berma Central 62 Av. Pablo Carriquirry Maurer Av. Canaval Moreyra 280325.6880 8661887.0566 Berma Central 63 Av. Del Parque Norte Av. José Gálvez Barrenechea 280760.7753 8662472.7881 Berma Central64 Av. República de Panamá Ca. Las Castañitas 279894.3383 8662377.6975 Berma Central65 Av. República de Panamá Ca. Las Castañitas 279931.7551 8662286.4179 Berma Central66 Av. República de Panamá Ca. Las Tordillas 280023.9521 8662061.1441 Berma Central67 Av. República de Panamá Ca. Oropéndolas 280138.7755 8661784.1243 Berma Central68 Av. República de Panamá Ca. Los Zorzales 280215.5029 8661589.5661 Berma Central 69 Av. República de Panamá Ca. Los Zorzales 280243.6852 8661516.7962 Berma Central 70 Av. Canaval Moreyra Ca. Alférez Mariano Santos Mateo 279751.6813 8661906.8446 Berma Central71 Av. Canaval Moreyra Ca. Mayor Armando Blondet 279848.4126 8661896.5168 Berma Central72 Av. Canaval Moreyra Av. República de Panamá 280162.3559 8661853.5613 Berma Central 2098919-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC Resuelven iniciar procedimiento administrativo disciplinario a trabajador por presunta comisión de falta administrativa RESOLUCIÓN DE ÓRGANO INSTRUCTOR DE INICIO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO N° 11-2022- MPH-BCA/OI/SGRR-HH Bambamarca 20 de mayo del año 2022VISTOS:El Informe de Precali fi cación Nº 026-2022-MPHBCA- ST-PAD-EEPF de fecha 20 de Mayo del año 2022, y demás anexos que conforman el Expediente administrativo. CONSIDERANDO:Que, el presente expediente administrativo se analiza en el marco de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; en adelante la Ley; el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, Aprueban Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; en adelante el Reglamento; la Directiva Nº 02-2015-SERVIR/GPGSC, “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley de Servicio Civil”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-SERVIR-PE, en adelante la Directiva; y la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y Modi fi catorias. Que, la Ley, desarrolla en su Título V el nuevo Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador en el Sector Público, en cuanto a su vigencia, la Undécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de referida Ley Nº 30057 aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM señala que: “El título correspondiente al régimen disciplinario y procedimiento sancionador entra en vigencia a los tres (3) meses de publicado el presente reglamento con el fi n que las entidades adecuen internamente al procedimiento”; así, y estando a que el referido reglamento fue publicado el 13 de junio de 2014, el régimen disciplinario y procedimiento sancionador conforme a la Ley de Servicio Civil entró en vigencia a partir del 14 de setiembre de 2014, por lo que corresponde accionar conforme a las reglas establecidas en dicho procedimiento. IDENTIFICACIÓN DE LOS SERVIDORES Y/O FUNCIONARIOS PÚBLICOS: CAMILO EUGENIO PALMA: Cargo por el que se investiga: Obrero Tipo de Contrato: Decreto Legislativo Nº 728Situación Laboral : Abandono de Cargo PRESUNTA(S) FALTA(S) DISCIPLINARIA(S): Respecto a los hechos que a continuación se detallan evidencian la comisión de la FALTA ADMINISTRATIVA, por parte de Don: CAMILO EUGENIO PALMA, la cual viene a ser aquella que se encuentran comprendida en la Ley del Servicio Civil, N° 30057, que establece en su Artículo 85° Literal j) son faltas de carácter disciplinario que, según su gravedad, pueden ser sancionadas con suspensión temporal o destitución, previo proceso administrativo: …j) las ausencias injusti fi cadas por más de tres (3) días consecutivos o por más de cinco (5) días no consecutivos en un periodo de treinta (30) días calendario, o más de quince (15) días no consecutivos en un periodo de ciento ochenta días (180) calendario. Por haber trasgredido e incumplido: CAMILO EUGENIO PALMA: - Artículo 9° del Reglamento Interno de los Servidores Civiles (RIT), de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc – Bambamarca, aprobado, mediante la Ordenanza Municipal N° 001-2020-MPH-BCA de fecha 21 de Enero del año 2020 Numerales: • Numeral b) Cumplir a cabalidad las funciones asignadas o encargadas a su puesto de trabajo,