Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 170

170 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2022 El Peruano / Transcurrido el referido plazo sin que la Superintendencia se pronuncie, se entenderá que los resultados de dicha evaluación son conformes, por lo que se procederá con la nominación del director por parte del Concejo Municipal, con arreglo a lo dispuesto en el numeral 10.2.2 del presente Reglamento. 10.2.2. Nominación del director por parte del Concejo Municipal Cuando el informe de la UAI resulte favorable, luego de transcurrido el plazo de quince (15) días hábiles señalado en el numeral precedente sin que esta Superintendencia haya emitido algún pronunciamiento, la Gerencia Mancomunada remite una comunicación o fi cial con fi rmas certi fi cadas notarialmente del requerimiento de nominación al Concejo Municipal, adjuntando los siguientes documentos: a) Copia de la comunicación o fi cial con fi rmas certi fi cadas notarialmente del designante; b) Copia del informe o fi cial de veri fi cación previsto en el numeral 10.2.1 del presente Reglamento con fi rma certi fi cada notarialmente de la UAI; y, c) Copia de toda la documentación prevista en el artículo 9 que fue objeto de evaluación. El Concejo Municipal, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de recibida la comunicación de la Gerencia Mancomunada, procederá en sesión a formalizar la nominación del director designado. El Concejo Municipal no puede contradecir las conclusiones contenidas en el informe de la UAI, debiendo proceder conforme a ellas, bajo responsabilidad. En un plazo no mayor de tres (3) días hábiles de efectuada la nominación, el Concejo Municipal debe remitir a la Gerencia Mancomunada copia certi fi cada notarialmente del acta de sesión de Concejo que contiene el acuerdo de Concejo en el que se formaliza la nominación del representante de la Mayoría, Minoría, Institución y/o de los Pequeños Comerciantes o Productores, según sea el caso, para su inscripción en forma inmediata en el Registro Público. Dicha copia certi fi cada notarial constituye título sufi ciente para su inscripción en el registro respectivo, no requiriéndose documentación adicional. En el caso que la UAI haya formulado observaciones, la Gerencia Mancomunada comunicará en el plazo de un (1) día hábil a la entidad designante, para que proceda a realizar una nueva designación. La entidad designante no puede contradecir las conclusiones contenidas en el informe de la UAI, debiendo proceder conforme a ellas, bajo responsabilidad.” 7. Sustituir el artículo 11, por lo siguiente:“Artículo 11.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA AL DIRECTOR A EFECTOS DE SU DESIGNACIÓN 11.1 En tanto no participen terceros accionistas con derecho a voto, la Junta General de Accionistas está compuesta por el Concejo Municipal, teniendo en cuenta lo siguiente: a) Las convocatorias a las sesiones del Concejo Municipal, las actas de dichas sesiones y los acuerdos en los cuales consta y se efectúa la nominación de los representantes ante el Directorio de la CMAC, deben cumplir con las formalidades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades y en lo que corresponda en el Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444 y sus modi fi catorias. b) Las sesiones del Concejo Municipal relacionadas con temas de la CMAC de la cual es accionista deben realizarse de manera reservada, de conformidad con lo establecido en el artículo 8-A de la Ley Especial. 11.2 En caso existan terceros accionistas con derecho a voto, en el supuesto de fusión de dos o más CMAC, o una CMAC adquiera participación en otra CMAC, la Junta General de Accionistas está compuesta por accionistas con derecho a voto, teniendo en cuenta lo siguiente:a) Cada accionista, incluyendo el Concejo Municipal, debe designar un (1) representante para su participación en las sesiones de la Junta General de Accionistas, cuya votación será en función a la participación accionaria. b) Las convocatorias a las sesiones de la Junta General de Accionistas, las actas de dichas sesiones y los acuerdos en los cuales consta y se efectúa la nominación de los representantes ante el Directorio de la CMAC, deben cumplir con las formalidades establecidas en la Ley General de Sociedades.” 8. Sustituir el tercer párrafo del Anexo I, por lo siguiente: “ANEXO I COMUNICACIÓN PREVIA AL VENCIMIENTO DEL CARGO DE DIRECTOR (…) En ese sentido, le corresponde a su representada comunicar antes del ______ 1 (dd/mm/aaaa) la rati fi cación de su representante por un nuevo período o la designación de un nuevo representante, de acuerdo con los procedimientos establecidos para llevar a cabo dicha designación; y garantizando la adecuada composición del Directorio de la CMAC a través de un representante que cumpla con los requisitos de idoneidad técnica y moral, y que no presente impedimentos, en base a los criterios establecidos en el marco regulatorio vigente. (…)” 9. Sustituir el tercer párrafo del Anexo IV, por lo siguiente: “ANEXO IV Solicitud por parte de la Gerencia Mancomunada de una CMAC de inscripción de nombramiento de director (…) Por convenir a los intereses de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito y en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 10.2.3 del artículo 10 del Reglamento para la Elección de los Representantes al Directorio de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, aprobado por Resolución SBS N° 5788-2015 2 y sus normas modi fi catorias, solicitamos la inscripción del nombramiento de los siguientes directores: (…)” Artículo Segundo.- La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Lo establecido en la presente Resolución rige para la elección de los directores de la CMAC, sean nuevos o rati fi cados, que se produzca a partir de su entrada en vigencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 1 Indicar fecha de vencimiento. 2 La solicitud de inscripción del director por parte de la Gerencia Mancomunada de una Caja Municipal de Ahorro y Crédito deberá adjuntar los siguientes documentos: a) Original de la comunicación o fi cial con fi rmas certi fi cadas notarialmente de la entidad designante; b) Original de la comunicación o fi cial con fi rmas certi fi cadas notarialmente de requerimiento de nominación remitida por la Gerencia Mancomunada al Concejo Municipal, en la que se aprecie que han transcurrido los quince (15) días hábiles requeridos para la nominación en la normativa de la SBS; y, c) Original del informe o fi cial de veri fi cación previsto en el numeral 10.2.1 del presente Reglamento con fi rma certi fi cada notarialmente de la Unidad de Auditoría Interna (UAI). 2136762-1