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172 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2022 El Peruano / la Dirección Nacional de Planeamiento Estratégico, que sustenta la solicitud; Que, a través del O fi cio Nº 195 – 2022 – GRC / GRPPAT de fecha 01 de abril de 2022, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicita a la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00008 – 2022 / CEPLAN / PCD de fecha 10 de febrero de 2022, la Solicitud Excepcional de Ampliación de horizonte temporal hasta el 2025 del Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Región Callao vigente, que se sustenta con el Informe Nº 155 – 2022 – GRC / GRPPAT – OP; Que, a través del O fi cio Nº D000220 – 2022 – CEPLAN – DNCP de fecha 07 de abril de 2022 (H.R. Nº SGR – 010896), la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN de la Presidencia del Consejo de Ministros remite el Informe Técnico Nº D000016 – 2022 – CEPLAN – DNCPPDRC a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao; Que, con Informe Nº 005 – 2022 – GRC / GRPPAT – OP – ALC de fecha 14 de junio de 2022, el Especialista en Plani fi cación de la O fi cina de Plani fi cación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, concluye que: “En el marco de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00008 – 2022 / CEPLAN / PCD, corresponde proseguir con el trámite para la aprobación del horizonte temporal del Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Región Callao 2010 – 2021, hasta el año 2025, así como su Anexo 2. Matriz de Objetivos y Acciones Estratégicas y Logros Esperados hasta el 2025, adaptado a la estructura del PDRC vigente; contándose para ello con la opinión de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN.”, recomendando se derive a la Gerencia de Asesoría Jurídica para su opinión legal correspondiente y posterior remisión al Consejo Regional para su aprobación; Que, con Informe Nº 847 – 2022 – GRC / GAJ de fecha 23 de junio de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Callao, emite opinión, señalando que resulta procedente aprobar el proyecto de Ordenanza Regional, elaborado y remitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que aprueba la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Región Callao 2010 – 2021 hasta el 2025; por lo que procede a visar el mismo, elevando los actuados a la Gerencia General Regional, a fi n de que sean remitidos al Consejo Regional del Callao, para su consideración, de conformidad con lo previsto a los literales a. y b., del Artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas al Gobernador Regional por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y modi fi catorias; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA AMPLIACIÓN DEL HORIZONTE TEMPORAL DEL PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO DE LA REGIÓN CALLAO 2010 – 2021 HASTA EL AÑO 2025 Artículo 1º.- APROBAR, la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Región Callao 2010 – 2021 hasta el año 2025, y su Anexo Nº 02 Matriz de Objetivos Estratégicos, Objetivos Especí fi cos y Logros Esperados hasta el 2025. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Gerencia de Administración el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional.Artículo 3º.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y en un diario de circulación regional, la misma que entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Portal Institucional www.regioncallao.gob.pe. Artículo 5º.- ENCARGAR, a la O fi cina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notifi car la presente Ordenanza Regional, a los Órganos y Unidades Orgánicas del Gobierno Regional del Callao, para su conocimiento y fi nes pertinentes. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.DANTE MANDRIOTTI CASTRO Gobernador OSCAR JAVIER ZEGARRA GUZMAN Secretario del Consejo Regional 2136495-1 Designan temporalmente a servidora como encargada de la función de entregar información solicitada por el administrado en virtud de la Ley N° 27806 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 325 Callao, 29 de noviembre de 2022 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS:La Resolución Ejecutiva Regional Nº 280 de fecha 17 de noviembre de 2021; Informe Nº 000238-2022-GRC/FREI de fecha 18 de noviembre de 2022; Informe Nº 002774-2022-GRC/ORH de fecha 23 de noviembre de 2022; Informe Nº 000674-2022-GRC/OIIYP de fecha 24 de noviembre de 2022; Memorando Nº 001392-2022-GRC/GAJ de fecha 28 de noviembre de 2022; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 280 de fecha 17 de noviembre de 2021, se designó, a partir de la fecha, al Licenciado en Periodismo LORENZO JOSÉ ROCHA ARISTA, en el cargo de Jefe de la O fi cina de Imagen Institucional y Protocolo de la Gerencia General Regional, Nivel G1, del Gobierno Regional del Callao; Que, así mismo, en el artículo cuarto de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 280 de fecha 17 de noviembre de 2021, se designó, al Licenciado en Periodismo Lorenzo José Rocha Arista, la función de entregar la Información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modi fi catoria – Ley Nº 27927. Que, mediante documentos de vistos la Jefa de la Ofi cina de Recursos Humanos informa que el Licenciado en Periodismo Lorenzo José Rocha Arista, hará uso de su descanso físico vacacional del 21 al 30 de noviembre de 2022; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica considera procedente la emisión del acto administrativo mediante el cual se designe temporalmente como encargada responsable de acceso a la información pública a la Licenciada Giannina Baca Túpac Yupanqui, (…); Que, mediante Ley Nº 30305 – Ley de Reforma Constitucional, se cambió la denominación de Presidente Regional por el de Gobernador Regional, y de acuerdo al literal c) del artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y sus modi fi caciones, “El Gobernador Regional tiene las siguientes atribuciones: