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173 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2022 El Peruano / Designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar a los funcionarios y directivos públicos de con fi anza, cumpliendo con los requisitos previamente establecidos en la normativa vigente y en los documentos de gestión interna que regulan el per fi l de cada puesto”; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNACIÓN TEMPORAL, con efi cacia anticipada del 21 al 30 de noviembre de 2022, a la Licenciada GIANNINA BACA TÚPAC YUPANQUI, servidor CAS de esta entidad, como encargada de la función de entregar la Información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modi fi catoria – Ley Nº 27927, en adición a sus funciones, mientras dure el descanso físico vacacional solicitado por el Licenciado en Periodismo Lorenzo José Rocha Arista. Artículo Segundo.- COMUNICAR, la presente Resolución Ejecutiva Regional a las diferentes dependencias del Gobierno Regional del Callao. Regístrese, comuníquese y cúmplase.DANTE MANDRIOTTI CASTRO Gobernador Regional OSCAR JAVIER ZEGARRA GUZMAN Secretario del Consejo Regional 2136495-2 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO Otorgan a favor de la empresa INLAND ENERGY S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto Mini Central Hidroeléctrica Ahobamba, ubicado en el departamento Cusco GERENCIA REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS E HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL Nº 235-2022-GR CUSCO/GREMH Cusco, 20 de diciembre de 2022EL GERENTE DE LA GERENCIA REGIONAL DE ENERGIA MINAS E HIDROCARBUROS DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO. Visto: Qué mediante Carta Nº 168-2021/GD de fecha 29 de Octubre del 2021, signada con expediente Nº 5311 de fecha 08 de noviembre de 2021, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto “Mini Central Hidroeléctrica Ahobamba” 2.32MW presentado por la Empresa INLAND ENERGY S.A.C.; y los Informes Nº 282-2022-GR CUSCO/GREMH/SGEMH/EOYO, Nº 001-2022-GR CUSCO/GREMH-SGCEMH-JLCJ-RAB-GNM y Nº 043-2022-GR CUSCO/GREMH/OAJ, elaborados por la Sub Gerencia de Prestaciones Energética, Minera e Hidrocarburos, Sub Gerencia de Cobertura Energética, Minera e Hidrocarburos y la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional. CONSIDERANDO:Qué, mediante el documento con registro Nº 5311 de fecha 08 de noviembre de 2021, Inland Energy S.A.C. solicita el otorgamiento de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto Mini Central Hidroeléctrica Ahobamba, con una potencia instalada de 2.32 MW, ubicada en los distritos de Santa Teresa, y Machupicchu; provincias de La Convención y Urubamba, Región Cusco; Qué, conforme a los informes de Vistos, la Sub Gerencia de Prestaciones Energética, Minera e Hidrocarburos, Sub Gerencia de Cobertura Energética, Minera e Hidrocarburos y la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional Cusco, de acuerdo a sus competencias, han veri fi cado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, considerando que es procedente otorgar la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto Mini Central Hidroeléctrica Ahobamba; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es función de los gobiernos regionales “Impulsar proyectos y obras de generación de energía y electri fi cación urbano rurales, así como el aprovechamiento de hidrocarburos de la región; asimismo otorgar concesiones para mini centrales de generación eléctrica”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM-DM, publicada con fecha 16 de enero del 2008, en el Diario O fi cial El Peruano, se declaró que el Gobierno Regional Cusco concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de las mismas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 056-2009- EM, se precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generación de la energía eléctrica con potencia instalada mayor a 500 KW y menor de 10 MW, prevista en el anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, comprende tanto el otorgamiento de Autorización de la Generación Eléctrica con potencia instalada mayor a 500 KW y menor a 10 MW, como el otorgamiento de concesiones de fi nitivas para generación con recursos energéticos renovables (RER) con potencia instalada mayor a 500 KW y menor a 10 MW siempre que se encuentre en la respectiva Región; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y sus normas modi fi catorias; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional Cusco SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR a favor de la empresa INLAND ENERGY S.A.C. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto Mini Central Hidroeléctrica Ahobamba, con una potencia instalada de 2.32 MW, ubicada en los distritos de Santa Teresa y Machupicchu; provincias de La Convención y Urubamba, departamento Cusco, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Gerencial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 2º.- APROBAR el Contrato de Concesión a suscribirse con la Empresa INLAND ENERGY S.A.C. en el que se otorga el derecho de concesión establecido en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3º.- ESTABLECER la obligación de la Empresa INLAND ENERGY S.A.C. de construir las obras descritas en su solicitud, según el Cronograma de Ejecución de las Obras, que contempla la puesta en operación comercial de la central hidroeléctrica. La falta de ejecución de dichas obras de acuerdo con el Cronograma de Ejecución conllevará a la caducidad de la presente concesión. Artículo 4º.- INCORPORAR la presente Resolución Gerencial Regional en la Escritura Pública asociada al Contrato de Concesión referido en el artículo 2º de la