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26 NORMAS LEGALES Jueves 29 de diciembre de 2022 El Peruano / en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio N° 02943-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 643-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa; Que, mediante el Informe Legal N° 02110-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor EP Máximo William PAREDES OTERO (titular), y al Mayor EP César Eduardo ROJAS CASTILLO (suplente), para que participe como alumno del Curso de Comando y Estado Mayor, a llevarse a cabo en la Escuela Superior de Guerra, ubicada en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Secretaría General; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor EP Máximo William PAREDES OTERO (titular), identi fi cado con CIP N° 122326700, DNI N° 43361122, o del Mayor EP César Eduardo ROJAS CASTILLO (suplente), identi fi cado con CIP N° 122531600, DNI N° 43338101, para que participe como alumno del Curso de Comando y Estado Mayor, a llevarse a cabo en la Escuela Superior de Guerra, ubicada en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 31 de diciembre de 2022 y su retorno el 1 de enero de 2024. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes Aéreos (ida y vuelta) Lima – Buenos Aires - Lima (República Argentina) clase económica: US$ 2,000.00 x 1 (Titular) US$ 2,000.00 Gastos de Traslado (ida y vuelta): equipaje, bagaje e instalación US$ 5,911.63 x 2 (Titular) US$ 11,823.26 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 5,911.63 x 12 meses x 1 persona (1 ene al 31 dic 2023) US$ 70,939.56 --------------------- Total a pagar en dólares americanos : US$ 84,762.82 Artículo 3.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada ante la imposibilidad de la participación del personal militar titular. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Ejército del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 6.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal. Artículo 7.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El personal militar autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHAVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2138322-1 Autorizan viaje de personal militar a Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1665-2022-DE Lima, 27 de diciembre de 2022 VISTOS: El O fi cio Nº 202-SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 02944-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 02108-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Radicado Nº 108727/MDN-COGFM- JEMCO-ESDEG-SBESG-VPROI-DEINT, el Director de la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto” de la República de Colombia cursa invitación al Agregado de Defensa y Militar de la República de Perú en Colombia, para que un O fi cial del grado de Mayor, Capitán de Corbeta o su equivalente, participe como estudiante del “Curso de Estado Mayor” durante el año 2023 y, de ser posible, como docente del referido curso para el año 2024, a desarrollarse en las instalaciones de la citada Escuela Superior, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, con O fi cio Nº 202 AGREMIL PERÚ-COLOMBIA/ W.c.3.6, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia comunica al Ejército del Perú, que el Curso de Estado Mayor (CEM) se realizará del 1 de enero de 2023 al 5 de enero de 2024. Asimismo, indica que de acuerdo a las coordinaciones realizadas con la Escuela Superior de Guerra “General