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174 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / Visto el Expediente STDUNI Nº 115292-2022 presentado por el señor COVARRUBIAS LARRAIN, Cristian quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica; CONSIDERANDO:Que, el señor COVARRUBIAS LARRAIN, Cristian identi fi cado con carnet de extranjería Nº 00450211 y egresado de esta Casa de Estudios, mediante el Expediente del Visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122 del 18 de enero de 2008 y modi fi cado por Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 327-2022-UNI/SG/UGyT de fecha 21 de octubre de 2022 precisó que el diploma del señor COVARRUBIAS LARRAIN, Cristian se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 2, página 230, con el número de registro 6804-B; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario en su Sesión Virtual Nº 41 realizada el 09 de noviembre de 2022, previa revisión y veri fi cación del Expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica al señor COVARRUBIAS LARRAIN, Cristian; Estando al Proveído Nº 7451 ALCHN Rect./2022 de fecha 14 de noviembre de 2022 del Despacho del Rectorado, a lo aprobado por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria Virtual Nº 22 de fecha 18 de noviembre de 2022, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el Artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica al siguiente egresado de la Universidad, anulándose el diploma otorgado anteriormente: Nº Apellidos y NombresBachiller en Ciencias con mención enFecha de Otorgamiento de Diploma 1COVARRUBIAS LARRAIN, CristianIngeniería Mecánica29.05.1981 Regístrese, comuníquese y cúmplase. PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector 2128872-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman los cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN Nº 4190-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022150752 AREQUIPA - AREQUIPA SUSPENSIÓN CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiuno de diciembre de dos mil veintidósVISTO: el O fi cio Nº 1919-2022/MPA-SG, recibido el 13 de diciembre de 2022, con el cual don Tomás Job Delgado Zúñiga, secretario general de la Municipalidad Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa (en adelante, señor secretario general), remitió el Acuerdo de Concejo Nº 256-2022-MPA, del 7 de diciembre de 2022, que aprobó la suspensión de don Omar Julio Candia Aguilar, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde), por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, causa prevista en el numeral 5 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTESProcedimiento efectuado en sede municipal1.1. Mediante el O fi cio Nº 1919-2022/MPA-SG, el señor secretario general envió a esta sede electoral el Acuerdo de Concejo Nº 256-2022-MPA, del 7 de diciembre de 2022, con el cual el Concejo Provincial de Arequipa aprobó la suspensión del señor alcalde, por la causa prevista en el numeral 5 del artículo 25 de la LOM, esto es, por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad. 1.2. Ante ello, por medio del O fi cio N.º 10722-2022-SG/ JNE, el 20 de diciemebre de 2022, la Secretaría General de este organismo electoral requirió al señor secretario general para que cumpla con enviar principalmente los siguientes documentos: a) De no haberse interpuesto recurso alguno, la constancia o resolución que declara consentido el acuerdo que suspendió al señor alcalde y el original del comprobante de pago que corresponde a la tasa correspondiente. b) En caso de haberse interpuesto recurso de apelación, el expediente con todos sus anexos, así como el original del comprobante de pago de la tasa por recurso de apelación y la papeleta de habilitación del abogado que lo autoriza. Documentación proporcionada por el Poder judicial 1.3. A través del O fi cio Nº 10294-2022-SG/JNE, del 29 de noviembre de 2022, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones solicitó al presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa que remita, con carácter de urgencia, copias certi fi cadas de las resoluciones con las que se impuso sentencia condenatoria de segunda instancia en contra del señor alcalde, a fi n de que este órgano electoral pueda proceder conforme a sus atribuciones. 1.4. Así, por medio del O fi cio Nº 04294-2014-47-0401-JR- PE-03/CRF, del 2 diciembre de 2022, el especialista de la Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Arequipa remitió la Resolución Nº 019-2012 (Sentencia de Vista Nº 05-2022), del 18 de noviembre de 2022 —emitida en el Expediente Nº 04294-2014-47-0401-JR-PE-03—, la cual, entre otras disposiciones, declaró infundado el recurso de apelación formulado por el señor alcalde, y confi rmó la Resolución Nº 112-2021 (Sentencia Número 072-2021), del 30 de diciembre de 2021, que lo condenó, entre otros procesados, como autor del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de colusión agravada en agravio del Estado - Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, por lo que le impuso seis (6) años de pena privativa de la libertad efectiva, que debe cumplirse en el establecimiento penal de Socabaya. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú