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20 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / establece procedimientos para asignar bienes dados de baja por las instituciones públicas, a favor de los centros educativos de las regiones de extrema pobreza, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2004-EF. c) Autorizar, excepcionalmente, impresos a color para casos debidamente justi fi cados. d) Suscribir contratos y/o convenios de colaboración interinstitucional, y sus respectivas adendas, con entidades públicas y/o privadas, así como, con personas naturales, los cuales deben ceñirse a las disposiciones normativas vigentes. 4.4. En materia de Inversión Pública:Aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes que resulten necesarios en el marco de las inversiones de la Unidad Ejecutora 003: Secretaría General del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, según las normas vigentes del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 5.- Delegación de facultad al/a la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, la siguiente facultad y atribución: En materia presupuestal:Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional y programático que se realicen entre las Unidades Ejecutoras del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, de conformidad con la normativa vigente del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 6.- Delegación de facultad al/a la Jefe/a de la Ofi cina de Recursos Humanos Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Recursos Humanos de la Presidencia del Consejo de Ministros, la siguiente facultad y atribución: En materia de personal:Suscribir, modi fi car, terminar y/o resolver los convenios de prácticas pre profesionales y/o profesionales en la Presidencia del Consejo de Ministros, así como emitir los respectivos certi fi cados de prácticas. Artículo 7.- Delegación de facultades en los/ las Titulares de los Pliegos correspondientes a los Organismos Públicos adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros Delegar en los/las titulares de los pliegos presupuestarios 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), 010: Dirección Nacional de Inteligencia (DINI), 011: Despacho Presidencial (DP), 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), 016: Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), 019: Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), 021: Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS), 022: Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN), 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), 024: Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR), 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC) y 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) en su calidad de organismos públicos adscritos al sector, la siguiente facultad y atribución: En materia de inversión públicaAutorizar, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, la ejecución de las inversiones públicas a su cargo y la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes, de conformidad con el numeral 5 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252. Para la ejecución de las inversiones públicas a su cargo, los titulares de los pliegos presupuestarios deben veri fi car, previamente, que dichas inversiones se encuentren registradas en la Programación Multianual de Inversiones del Sector Presidencia del Consejo de Ministros vigente, en el marco de lo establecido en el numeral 4.3 del artículo 4 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado con Decreto Supremo N° 242-2018-EF. Artículo 8.- Observancia de los requisitos legales La delegación de facultades a que se re fi ere la presente resolución ministerial comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 9.- Plazo de las delegaciones Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución ministerial tienen vigencia durante el Año Fiscal 2023. Artículo 10.- Obligaciones de dar cuenta El/La Viceministro/a de Gobernanza Territorial, el/la Secretario/a Administrativo/a, el/la Director/a General de la Ofi cina General de Administración, el/la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el/la Jefe/a de la O fi cina de Recursos Humanos y los/ las Titulares de los Pliegos correspondientes a los Organismos Públicos adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros informan a la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros las resoluciones que emitan en el marco de la presente delegación de facultades. Artículo 11.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución ministerial al Viceministerio de Gobernanza Territorial, a la Secretaría General, a la Secretaría Administrativa, a la O fi cina General de Administración, a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a la O fi cina de Recursos Humanos y a los Pliegos correspondientes a los Organismos Públicos adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2139273-2 Designan Director de la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 378-2022-PCM Lima, 29 de diciembre de 2022 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Ofi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al/a la servidor/a que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras