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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 256

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / aprobado por el Decreto Supremo N° 217-2019-EF; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 242-2018-EF, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; la Resolución Jefatural N° 019-82-INAP/DIGESNAP, la Resolución N° 0922-2021-JNE y la Resolución Directoral N° 031-2014-EF-52.03; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR durante el Ejercicio Fiscal 2023, la siguiente facultad en todas las Unidades Ejecutoras del Pliego 035 del MINCETUR: En Materia Presupuestaria:a) Aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, previo informe debidamente sustentado de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo. En materia Financiera: a) Autorizar la suscripción y/o presentación por medio digital, la rendición de cuentas, de acuerdo al artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1525. Artículo 2.- Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR durante el Ejercicio Fiscal 2023, las siguientes facultades en la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 035 del MINCETUR: 2.1. En materia de Contrataciones del Estado:a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modi fi catorias. b) Aprobar los procesos de estandarización. c) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procesos de selección cuyo valor estimado o referencial sea igual o menor a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); comunicar al apelante las observaciones referidas a los requisitos de admisibilidad que no fueron advertidas al momento de la presentación del recurso para su subsanación; y correr traslado de la apelación a los postores que tengan interés directo en la resolución del recurso. Las actuaciones efectuadas en uso de la delegación de facultades del presente numeral deberán realizarse con arreglo al Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF. 2.2. En materia de acciones administrativas:a) Suscribir los Convenios de Cooperación Interinstitucional en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, conforme a sus competencias, así como sus modi fi catorias. b) Autorizar las contrataciones de servicios personales y el nombramiento que se requiera, en aplicación del literal c) y e) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 31638 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. c) En el marco del Decreto Ley N° 25650, sus normas modi fi catorias y complementarias, entre ellas, la Resolución Ministerial N° 118-2021-EF/43, que aprueba la Directiva N° 004-2021-EF/43.01 denominada “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650”, las siguientes facultades: - Suscribir la solicitud para el registro de Contratos. - Suscribir el Contrato de Locación de Servicios. - Suscribir el Anexo N° 01 “Términos de Referencia del Servicio”. - Suscribir la solicitud para el registro de prórroga y/o renovación de contratos. - Suscribir el Anexo N° 08 “Adenda”.- Suscribir la solicitud para el pago de honorarios.- Comunicar a la Unidad Transitoria de Pago cuando el consultor deje de prestar servicios, bajo cualquier causa y/o motivo. - Comunicar a la Unidad Transitoria de Pago, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al consultor de alguna sanción de destitución fi rme o que haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada. - Otros documentos relacionados con el FAG en el marco del Decreto Ley N° 25650. d) Designar a los representantes titulares y suplentes de la entidad, que conforman el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. e) Remisión a la Unidad Transitoria de Pago de las solicitudes de pago de los PAC. f) Comunicación a la Unidad Transitoria de Pago cuando el PAC deje de prestar servicios, bajo cualquier causa y/o motivo. Artículo 3.- Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, durante el Ejercicio Fiscal 2023, las siguientes facultades en la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 035 del MINCETUR: 3.1. En materia de Contrataciones del Estado:a) Aprobar los Expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección. b) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como aprobar la reconformación de los mismos, y su remoción; y designar a los nuevos integrantes. c) Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección, cuando corresponda. d) Aprobar los documentos de los procedimientos de selección (las bases, las solicitudes de expresión de interés para la selección de consultores individuales, así como las solicitudes de cotización para comparación de precios, según corresponda. e) Aprobar que, el Comité de Selección considere válida la oferta económica y otorgue la buena pro en el supuesto que las ofertas superen el valor referencial de la convocatoria, según corresponda, previa certi fi cación de crédito presupuestario. f) Aprobar las contrataciones directas previstas en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, así como, los expedientes de contratación, bases y contratos que deriven de contrataciones directas en general. g) Suscribir convenios interinstitucionales con el objeto de realizar compras corporativas facultativas y aprobar las demás actuaciones que resulten necesarias para tal efecto. h) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar a otra Entidad pública la realización de actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de selección para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías y obras, previo informe técnico legal que sustente la necesidad y viabilidad del encargo. i) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección. j) Suscribir contratos que deriven de procedimientos de selección, así como los documentos que se generen