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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (31/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 304

TEXTO PAGINA: 156

156 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Designan Asesora II de Presidencia del Instituto Peruano del Deporte RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 150-2022-IPD/P Lima, 29 de diciembre de 2022VISTOS: El Informe N° 001797-2022-UP/IPD, emitido por la Unidad de Personal; el Informe N° 000726-2022-OAJ/IPD, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional y un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones, constituyéndose, además, en un pliego presupuestal; Que, el literal o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2004-PCM, establece que son funciones del presidente del Instituto Peruano del Deporte, entre otras, nombrar y contratar personal, poner término a sus servicios, de acuerdo con la normatividad vigente; Que, mediante Informe N° 001797-2022-UP/IPD, de fecha 29 de diciembre de 2022, la Unidad de Personal emite opinión favorable respecto de la designación de la señora Carola Liliana Bustamante Rosales en el cargo de Asesor II de Presidencia del Instituto Peruano del Deporte, al haber cumplido con los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos, conforme a lo dispuesto por la Presidencia del IPD a través del Memorando Nº 000288-2022-P/IPD; Que, contando con la opinión técnica de la Unidad de Personal, órgano encargado del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 000726-2022-OAJ/IPD, de fecha 29 de diciembre de 2022, concluye que resulta procedente emitir el acto resolutivo respecto a la designación dispuesta por la Presidencia del IPD; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2004-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM; y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Con el visto de la Unidad de Personal, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar a la señora Carola Liliana Bustamante Rosales en el cargo de Asesor II de Presidencia del Instituto Peruano del Deporte, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Cumplimiento Disponer que la Unidad de Personal de la O fi cina General de Administración proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a la interesada y a las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte, para conocimiento y fi nes. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente resolución en la sede digital del Instituto Peruano del Deporte (www.gob.pe/ipd) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS HUERTA CHAVARRY Presidente 2139340-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000255-2022-SIS/J La Victoria, 30 de diciembre del 2022VISTOS: El Informe N° 000470-2022-SIS/OGAR- UGRH, los Memorandos N° 002320 y N° 002275-2022-SIS/OGAR de la O fi cina General de Administración de Recursos, el Informe N° 000036-2022-SIS/OGPPDO-DDZ y el Memorando N° 001350-2022-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Informe Legal N° 000674-2022-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, se autoriza la incorporación de los Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto por la Contraloría General de la República – CGR; Que, asimismo, el precitado artículo establece que “(…) para efectos del fi nanciamiento de lo establecido en la presente disposición, autorícese a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoría, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional, por toda fuente de fi nanciamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fi scal correspondiente a la efectiva incorporación, de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a favor de la Contraloría General de la República (…) ”; Que, del mismo modo, establece que “(…) las transferencias fi nancieras autorizadas en el párrafo precedente se realizan en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego (…) previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego (…). La resolución del titular del pliego se publica el diario o fi cial El Peruano (…) ”; Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 520- 2018-CG, se aprueba la “ Directiva para la implementación de la incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República ”, la misma que tiene como fi nalidad establecer las reglas para el proceso de incorporación progresiva de los OCI a la CGR, en el marco de la Ley de Fortalecimiento de la Contraloría