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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (31/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 304

TEXTO PAGINA: 139

139 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2139545-4 Convocan a Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar para el Año Lectivo 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0865-2022-RE Lima, 29 de diciembre de 2022VISTA: La necesidad de convocar a Concurso Público de Admisión de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar para el Año Lectivo 2023; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 64 del Decreto Supremo N° 047-2021-RE que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar es el centro de formación profesional en relaciones internacionales, diplomacia y gestión pública externa, de los aspirantes y miembros del Servicio Diplomático; Que, conforme al artículo 65 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, en concordancia con el Reglamento de la Academia Diplomática, aprobado por Resolución Ministerial N° 0053-2018-RE, la Academia Diplomática goza de autonomía académica y administrativa, y el Ministerio de Relaciones Exteriores fi ja anualmente el número de vacantes para el ingreso a su Ciclo de Formación Profesional; Que, según el artículo 67 del citado Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, para postular a la Academia Diplomática se requiere haber obtenido el grado académico de Bachiller universitario. El Reglamento de la Academia Diplomática del Perú, aprobado por Resolución Ministerial N° 0053-2018-RE, fi ja los demás requisitos de ingreso; Que, asimismo, el Decreto Supremo N° 064-2020- RE establece los requisitos y condiciones del servicio exclusivo de inscripción en el Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú; Que, la gestión del Concurso Público de Admisión de los aspirantes al Servicio Diplomático de la República es responsabilidad de la Academia Diplomática del Perú, de acuerdo a las necesidades de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores; El Memorándum (ORH) N° ORH02951/2022, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 29 de diciembre de 2022; la Hoja de Trámite (GAC) N° 4841, del Despacho Viceministerial, de 28 de diciembre de 2022, la Hoja de Trámite (SGG) N°. 2187, del Despacho de la Secretaria General, de 27 de diciembre de 2022; el Memorándum (ORH) N° ORH02900/2022, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 27 de diciembre de 2022; y, el Memorándum (DAD) N° DAD00416/2022, de la Dirección Adjunta de la Academia Diplomática del Perú, de 24 de noviembre de 2022; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones; la Ley N° 28598; el Decreto Supremo N° 064-2020-RE y el Reglamento de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar aprobado por la Resolución Ministerial N° 0053-2018-RE;SE RESUELVE: Artículo 1.- Convocar a Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar para el Año Lectivo 2023. Artículo 2.- Fijar hasta un máximo de veinticinco (25) plazas vacantes para el Primer Año del Ciclo de Formación Profesional de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, dentro de las cuales se incluye una (1) reserva para un (1) bene fi ciario del Programa de Reparaciones en Educación a que hace referencia el Plan Integral de Reparaciones aprobado por Ley N° 28592, quien deberá cumplir los requisitos de postulación establecidos en los artículos 25 y 26 del Reglamento de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0053-2018-RE y aprobar las exigencias del Concurso Público de Admisión, que incluyen la obtención de nota aprobatoria y ser declarado apto en todos los exámenes del citado concurso, según corresponda. Artículo 3.- En caso que dicha vacante reservada no sea ocupada por un (1) de los postulantes bene fi ciario, del Plan Integral de Reparaciones, la misma será cubierta por un postulante en estricto orden de méritos, siempre que haya aprobado todas las exigencias del Concurso de Admisión. Artículo 4.- El ingreso a la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar será por estricto orden de méritos y dentro del número de vacantes señaladas precedentemente. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2139545-5 SALUD Designan Director General de la Dirección General de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1099-2022/MINSA Lima, 29 de diciembre del 2022 CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Directoral Nº 319-2022-OGGRH/MINSA, de fecha 5 de mayo de 2022, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial N° 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Director/a General (CAP-P N° 1580) de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar al señor CÉSAR AUGUSTO TEJADA BECHI, en el cargo señalado en el considerando precedente; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modi fi catorias;