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172 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público-Privadas y Proyectos en Activos, PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 296-2017- EF/10 se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de PROINVERSIÓN, en donde se incluyeron 239 plazas; Que, mediante las Resoluciones de la O fi cina de Administración números 029-2022; 045-2022; 068-2022; y 071-2022 se aprobaron actualizaciones durante el 2022 del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP-P de la entidad; Que, el sub numeral 6.4.1.4 del numeral 6.4. Administración del CAP Provisional de la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para la Asignación de Personal Provisional”, aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, establece que las actualizaciones realizadas al CAP Provisional en el transcurso del año fi scal, aprobadas mediante resolución de la ORH, deben ser formalizadas, y compendiadas anualmente, como máximo, el 31 de diciembre mediante resolución del(la) titular de la entidad, bajo responsabilidad, y ser publicadas en los portales institucionales y de transparencia; Que, con Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM se precisó la designación y los límites de empleados de confi anza en las entidades públicas, estableciéndose que para el cálculo del cinco por ciento (5%) de empleados de con fi anza en las entidades públicas, establecido en el numeral 2) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, se entenderá como “servidores públicos existentes en cada entidad” a la sumatoria de los cargos ocupados y previstos en su Cuadro para Asignación de Personal o en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, más el número de servidores contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios de la misma entidad, a la fecha de publicación del citado dispositivo legal; Que, mediante Informe Nº 00076-2022/OA/PER, el Área de Personal de la Oficina de Administración señala que es necesario se realice la formalización del CAP Provisional de la entidad, en relación con las actualizaciones realizadas durante el 2022; asimismo, indica que el titular de la entidad deberá emitir el acto administrativo hasta el 31 de diciembre de 2022; Que, a través del Memorándum Nº 00237-2022/OPP y el Informe Nº 00108-2022/OPP, la OPP manifestó su conformidad a la propuesta de actualización anual del CAP Provisional de PROINVERSIÓN del 2022 por parte del Área de Personal de la O fi cina de Administración; Que, por lo expuesto resulta necesario aprobar la actualización anual del CAP Provisional de PROINVERSIÓN del 2022; Con los vistos de la O fi cinas de Administración, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo Nº 185-2017-EF, el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, Decreto Supremo que precisa la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas, y la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para la Asignación de Personal Provisional”, aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la actualización anual del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN del 2022, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución.Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en los portales institucional y de transparencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS NATAL DEL CARPIO CASTRO Secretario General (e) 2139427-1 CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Aprueban Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 00096-2022/CEPLAN/PCD Lima, 29 de diciembre de 2022 VISTO: El Informe N° D000106-2022-CEPLAN-OPP, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° D0000265-2022-CEPLAN- OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 31638, se aprobó el Presupuesto Anual del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, los artículos 1 y 2 de la citada norma, aprueban el Presupuesto Anual de Gastos del Sector Público y los recursos que fi nancian, cuyo detalle se especi fi ca en los Anexos que se adjuntan, asignándole al Pliego 016. Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, la suma de S/ 17 295 200,00 (Diecisiete Millones Doscientos Noventa y Cinco Mil Doscientos y 00/100 Soles) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) constituye el documento presupuestario que rige la ejecución del presupuesto del pliego durante el Año Fiscal 2023; Que, es necesario aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2023, desagregado de acuerdo a los montos asignados a través de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a nivel de Unidad Ejecutora, para efectos de operativizar la gestión presupuestaria del Año Fiscal 2023; Que, el Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, en su Ducentésima Sexagésima Quinta (265°) Sesión Ordinaria modalidad virtual, de fecha 23 de diciembre de 2022, aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura PIA 2023, teniendo en cuenta la asignación de créditos presupuestarios aprobada por la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Con el visado del Director Ejecutivo, del Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Ofi cina General de Administración y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; De conformidad con lo señalado en el numeral 31.2 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; y en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización