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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (31/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 304

TEXTO PAGINA: 275

275 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza que ratifica el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de El Agustino 2023 ORDENANZA N° 719-MDEA El Agustino, 23 de diciembre de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINOVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal – Virtual de fecha 23 de diciembre de 2022, el Informe N° 305-2022-GSC-MDEA de fecha 21 de diciembre de 2022, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de El Agustino, el O fi cio N° D001984-2022-MML-GSGC de fecha 02 de diciembre de 2022, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Informe Técnico N° 037-2022-MML-GSGC-STCSC-OCM de fecha 25 de noviembre de 2022, emitido por el Jefe de la O fi cina de Coordinación Multisectorial de la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, respecto al PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO 2023, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la descentralización, establece en el literal e) del artículo 43° que la Seguridad Ciudadana es competencia compartida de las municipalidades, lo cual es concordante con el artículo 85° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual indica que los Gobiernos Locales tienen competencia en materia de seguridad ciudadana; Que, la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y sus modi fi catorias, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana - SINASEC, como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del estado en materia de seguridad ciudadana; y se establece como instancias integrantes de dicho sistema al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, los Comités Regionales de Seguridad Ciudadana, los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana y los Comités Distritales de seguridad Ciudadana; Que, conforme lo establecido en el artículo 17° de la citada norma, modi fi cada por el artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1454, Los Comités distritales de seguridad Ciudadana – CODISEC, son los encargados de proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación de los lineamientos establecidos en el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, articulando con las entidades públicas y sociedad civil; Que, a través del O fi cio N° D001984-2022-MML- GSGC de fecha 02 de diciembre de 2022, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, acompaña el Informe Técnico N° 037-2022-MML-GSGC-STCSC-OCM de fecha 25 de noviembre de 2022, emitido por el Jefe de la O fi cina de Coordinación Multisectorial de la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, el cual contiene el resultado de evaluación de la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de El Agustino para el año 2023; asimismo, se ha determinado que se encuentra alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023 de Lima Metropolitana y al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023; Que, mediante Informe N° 305-2022-GSC-MDEA el Secretario Técnico del CODISEC de El Agustino sustenta la rati fi cación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de El Agustino 2023; Que, estando a los fundamentos expuesto en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto UNÁNIME de los señores miembros del Concejo asistentes a la Sesión Ordinaria Virtual de Concejo del 26 de diciembre de 2022 y con la dispensa de la lectura de aprobación del acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO 2023 Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 de El Agustino, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC de El Agustino, cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y demás unidades orgánicas pertinentes, el estricto cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER a la Secretaria General la publicación del presente dispositivo en el Diario o fi cial “El Peruano”, así como a la Subgerencia Planeamiento, Gestión de Procesos y Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS Alcalde 2139262-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Ordenanza que aprueba la modificación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra ORDENANZA N° 422-MDPP Puente Piedra, 30 de diciembre de 2022EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de diciembre de 2022, ha dado la siguiente Ordenanza; CONSIDERANDO:Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un documento normativo que contiene disposiciones técnico – administrativa que completan, regulan y fi jan la estructura orgánica de la Entidad, con sujeción a su naturaleza, fi nes y funciones establecidos en las normas legales que le dan origen y otras disposiciones complementarias y precisa las funciones, atribuciones y relaciones de las unidades orgánicas asignadas en las precitadas normas y disposiciones;