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258 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / domiciliaria de la declaración jurada y Liquidación de Impuesto Predial para el Periodo 2022, el monto a pagar equivalente a S/5.9540 (cinco y 9540/10 000 soles), asimismo en caso de predios adicionales, se abonará S/ 0.0803 (cero y 0803/10 000 soles) por cada predio adicional (PU) y para el caso de la Ordenanza Nº 419-2021/MDCH, rati fi cada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 475-MML de 29 de diciembre de 2022, se aprobó el Derecho de Emisión Mecanizada de la Hoja de Liquidación de arbitrios municipales (HL) de los arbitrios municipales del ejercicio 2022, equivalente a S/ 0.4891 (cero y 4891/10 000 soles). Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Subgerencia de Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Informática y Tecnología su debida publicación en el Portal Institucional para los fi nes de publicidad conforme a Ley. Artículo 3.- FACULTAR al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias. Artículo 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2023, previa publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 2139362-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Anexo de la Ordenanza que prorroga el Marco Normativo para el Régimen de los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos, y Serenazgo para el año 2023 (La Ordenanza de la referencia fue publicada en la edición del día 6 de diciembre de 2022) ANEXO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 346-2022/MDC INFORME TECNICO ANEXO I 1. Aspectos generales y antecedentes normativos El Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF en su artículo 69-B, relacionado a la aprobación anual de los arbitrios municipales, indica que .solo podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios públicos o arbitrios al 01 de enero del año fiscal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del índice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio fiscal. Asimismo, mediante Ordenanza Nº 2386 que sustituye la Ordenanza Nº 2085 que sustituye la Ordenanza Nº 1533 y modi ficatorias, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba el .Procedimiento de Rati ficación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la Provincia de Lima. en su artículo 8º.- Solicitud de Rati ficación de la Ordenanza que Prorroga o Reajusta los Montos de Arbitrios de Ejercicios Anteriores, señala que las Municipalidades Distritales podrán solicitar la rati ficación de la Ordenanza que actualice los Arbitrios Municipales del ejercicio precedente en función del IPC, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 69-B de la Ley de Tributación Municipal, siempre que cumplan con las condiciones establecidas en los literales a), b), c) y d) del referido artículo. Por otra parte, a través de la Ordenanza Nº 304-2019-MDC se aprobó el régimen de árbitros municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, para el periodo 2020, la misma que ha sido rati ficada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 378-MML, y cuyos costos y tasas se prorrogaron para el periodo 2021, mediante Ordenanza Nº 319-2020-MDC, la cual fue rati ficada por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 389-MML y a la vez se prorrogaron para el periodo 2022, mediante Ordenanza Nº 336-2021/MDC, la cual fue rati ficada por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 427-MML Cabe precisar, que la Ley Nº 31255 prohíbe la tercerización y toda forma de intermediación laboral de los servicios de limpieza pública y a fines que prestan los obreros municipales.; así como también el Reglamento del Decreto Legislativo Nº1278 Ley de gestión integral de Residuos sólidos, artículo 41º en el que establece “La disposición final de residuos sólidos municipales se realiza en rellenos sanitarios, los mismos que son implementados por las municipalidades o EO-RS (Empresa Operadora de Residuos Sólidos). 2. Ejecución PresupuestalMediante Informe Nº 251-2022-MDC-GPP la O ficina de Plani ficación y Presupuesto en atención a lo solicitado por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas con Memorándum Nº124-2022-GATR-MDC de fecha 17 de mayo de 2022, informó que ha realizado el corte para el análisis de la Ejecución Presupuestal Vs Marco Presupuestal al mes de junio del presente año y por lo tanto se elaboró la ejecución de costos de Enero a Junio 2022; así como también, la Proyección del mes de Julio a Diciembre de 2022, de las metas de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, obteniendo los siguientes resultados. PUBLICACIÓN VIRTUAL DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES