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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2022 (14/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Viernes 14 de enero de 2022 El Peruano / que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos y que tiene implicancia en la estructura Funcional Programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fi scal; Que, el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo 1440, establece que las modi fi caciones presupuestales en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de la disposición expresa, la misma que debe de ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, con Resolución de Presidencia N° 000002-21- IPEN/PRES, de fecha 12 de enero de 2021, se delegó a la Gerencia General del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, la facultad de aprobar Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular de la Entidad durante el ejercicio fi scal 2021; De conformidad con los artículos 9 y 10 del Reglamento de Organización y Funciones del IPEN, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2005-EM; Artículos 55 y 56 del Reglamento Interno de Trabajo, aprobado con Resolución de Presidencia Nº 102-00- IPEN/PR; Con los vistos del Gerente General, del Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora de la O fi cina de Asesoría; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Delegar en el Gerente General del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN, la facultad de aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular de la Entidad durante el presente año fi scal 2022. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia N° D000002-2021- IPEN-PRES. Artículo Tercero.- Disponer que la delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, cumpliendo los requisitos legales para cada caso. Artículo Cuarto.- La O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, queda encargada de remitir copia de la presente Resolución a las instancias correspondientes. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; así como su publicación en la página web institucional, dentro de los cinco (05) días hábiles de ser expedida. Regístrese y comuníquese.JIM ORLANDO CARRERA YALAN Presidente (e) 2030266-1 Delegan en el Jefe de la Unidad de Logística del Instituto Peruano de Energía Nuclear la facultad suscribir y presentar los informes ante el OSINERGMIN en calidad de Operador del STE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000005-2022-IPEN-PRES San Borja, 11 de enero del 2022VISTOS: Memorando Nº D000310-2021-IPEN-ASJU de la Ofi cina se Asesoría Jurídica y Memorando Nº D000264- 2021-IPEN-SEIN del Área de Servicios Internos de la Unidad de Logística de la O fi cina de Administración, y; CONSIDERANDO:Que, el numeral 72.1 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS, indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia; Que, el artículo 78 de la norma antes citada, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión que permita agilizar el cumplimiento tanto de las funciones previstas en su Reglamento de Organización y Funciones, así como con la programación de las metas institucionales es necesario delegar determinadas facultades y atribuciones para la emisión e implementación de actos y/o actuaciones que no sean privativas del Titular del Pliego; Que, con Resolución Directoral Nº 0087-99- EM y Resolución Directoral Nº 050-207-EM/DGH se concede y habilita, respectivamente, la autorización de uso y funcionamiento a favor del IPEN en calidad de Consumidor Directo de Combustibles Líquidos del establecimiento ubicado en el distrito de Carabayllo, así como la inscripción del Registro Nº 0053-CDFJ-15-2005; Que, en el artículo 8 y 12 de la Norma para la inspección periódica de hermeticidad de tanques y tuberías enterrados que almacenan combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos aprobada por Decreto Supremo Nº 064-2009-EM y modi fi catorias, dentro de las obligaciones del operador de un Sistema de Tanques Enterrados (STE), se señala que debe realizar pruebas de hermeticidad del STE y obtener el Certi fi cado de Inspección de Hermeticidad del STE. A su vez, deberá presentar a OSINERGMIN, un Informe de Índice de Riesgo del STE, el mismo que deberá estar suscrito por el operador del STE y la persona natural o jurídica inscrita encargada de su elaboración; Que, de acuerdo al ROF del Instituto Peruano de Energía Nuclear, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2005-EM, la O fi cina de Administración cuenta con la Unidad de Logística, la misma que está encargada de la provisión e fi ciente y oportuna de los bienes y servicios requeridos por las unidades orgánicas de acuerdo con la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como de dirigir coordinar y ejecutar las acciones de mantenimiento de la infraestructura, maquinaria y equipos y de los servicios internos de la Institución; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus modi fi catorias y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2005-EM; Con los vistos del Gerente General, del Director de la Ofi cina de Administración y de la Directora de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Delegar en el Jefe de la Unidad de Logística del Instituto Peruano de Energía Nuclear la siguiente facultad: 1.1. En materia administrativa: a) Suscribir y presentar los informes ante el OSINERGMIN en calidad de Operador del STE Artículo Segundo.- La delegación de facultades a que se re fi ere la presente Resolución tendrá vigencia durante el año Fiscal 2022 y comprende las atribuciones de suscribir y presentar los informes ante el OSINERGMIN según la norma del sector, sin eximir de la obligación