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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2022 (21/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Viernes 21 de enero de 2022 El Peruano / de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, según lo dispuesto en el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, de acuerdo a los numerales 1) y 19) del Articulo 2° de la Constitución Política del Perú, señala que toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar; asimismo, tiene derecho a su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, a través de la Ley N° 13796 se crea el distrito de Villa María del Triunfo, en la provincia de Lima, departamento de Lima, cuya capital será el poblado de su mismo nombre. Dicha norma asimismo establece que el distrito tendrá como anexos los centros poblados: Ciudad de Dios, Nueva Esperanza, Tablada de Lurín y Atocongo. Sin embargo, conforme se sustentó en su oportunidad, desde la fecha de creación del distrito, en el año 1962, hasta la fecha, no se evidencia que se hayan constituido símbolos o fi ciales que distingan e identi fi quen a la municipalidad y sus vecinos. Muestra de ello, es que aun hoy se emplea a modo de escudo, el emblema propio de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, de conformidad con lo señalado por el Tribunal Constitucional, en la Sentencia recaída en el Expediente N° 044-2004-AI/TC, los símbolos institucionales tienen una función de representación de sentimientos de identidad; su permanencia, estabilidad e intangibilidad es lo que permite que generaciones sucesivas se identi fi quen con los símbolos y los conviertan en un factor de cohesión social y de orgullo; asimismo, considera además, que los valores comunes y la representación de sentimientos de identidad deben ser preservados por el Estado a fi n de cumplir el mandato constitucional de promover la integración nacional, conforme al Artículo 17° de la Constitución Política del Perú; Que, con el Informe N° 02-2022-SGPVECDJ/ GDS/MVMT, la Subgerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deporte y Juventud, solicita la emisión de una Ordenanza que apruebe el Escudo y el Himno del distrito de Villa María del Triunfo, para formalizar los símbolos que ocuparon el primer puesto en el concurso denominado “Emblemas Villamarianos: Creación del Escudo y Composición del Himno del distrito de Villa María del Triunfo”; asimismo, señala que con la elección del escudo se generará identidad en la población villamariana y en la institución edil, usándose en los documentos, sellos, membretes y estará presente en las actividades protocolares; de igual forma, la elección del himno se realizó para crear identidad, conciencia cívica, estimulando el desarrollo de las tradiciones y costumbres en la población entonándose en todas las actividades protocolares dentro del distrito; Que, según el Memorando N° 014-2022-GDS/MVMT, la Gerencia de Desarrollo Social, considera procedente la emisión de una Ordenanza que apruebe el Escudo y el Himno del distrito de Villa María del Triunfo; Que, mediante el Informe N° 010-2022-OAJ/MVMT, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable respecto de la emisión de la Ordenanza que apruebe la creación del Escudo e Himno O fi ciales de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo; Que, a través del Memorándum N° 026-2022-GM- MVMT, la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta el pronunciamiento de la O fi cina de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto resolutivo correspondiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Artículo 9° y Artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL ESCUDO E HIMNO OFICIALES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- APROBAR el Escudo O fi cial de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, de acuerdo a la grá fi ca y la descripción contenidas en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Himno O fi cial de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, de acuerdo con la partitura y la letra contenidas en el Anexo 02 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que el Escudo O fi cial y el Himno O fi cial aprobados en los artículos precedentes se inserten en la documentación, comunicación y emblemas que genere la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, así como en todos los actos públicos y protocolares de carácter o fi cial que presida el alcalde o los funcionarios a quienes delegue su representación. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda norma o disposición que se oponga o contravenga las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- FACULTAR al Señor Alcalde dictar mediante Decreto de Alcaldía, las medidas complementarias para la aplicación y cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a través de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión del Escudo e Himno O fi cial; y a las demás o fi cinas unidades orgánicas Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR