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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2022 (21/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Viernes 21 de enero de 2022 El Peruano / contenidos en la Resolución de Gerencia Municipal Nº 763-2019-GM/MDC, asimismo agrega el servicios de Inspección Ocular Técnica a solicitud de parte; Que, por su parte la Gerencia de Obras Privadas, mediante Informe Nº 226-2021/SOP/GDUR/MDC de fecha 07.09.2021 remite la actualización de los servicios no exclusivo brindados desde su unidad orgánica, contenidos en la Resolución de Gerencia Municipal Nº 763-2019-GM/MDC. Asimismo, la Subgerencia de Transporte mediante el Informe Nº 115-2021-SGT-GSCYV/MDC derivado el 09.09.2021 solicita la incorporación de tres servicios no exclusivos referidos a “Guardianía del vehículo menor en el depósito municipal por día”, “traslado del vehículo menor al depósito municipal (cuando se requiera)” e “inspección ocular por paradero de vehículos menores”. Asimismo, indica que deben mantenerse vigente otros dos (02) servicios que se encuentran aprobados por la Resolución de Gerencia Municipal Nº 763-2019-GM/MDC; Que, con el Informe Nº 0217-2021-GDHS/MDC remitido el 23.09.2021 e Informe Nº 217-2021-OAC-GDHS/MDC remitido el 20.09.2021, ambos por la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, realiza algunas modi fi caciones a los servicios no exclusivos contenidos en la Resolución de Gerencia Municipal Nº 763-2019-GM/MDC. Del mismo modo, la Subgerencia de Educación, Juventud, Cultura y Deporte, a través de su Informe Nº 0109-2021-GDHS-SGECJD-MDC derivado el 27.09.2021, remite los servicios no exclusivos de competencia de su unidad orgánica; En ese sentido, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas mediante el Informe Nº 1649-2021-SCHU-GDUR-MDC remitido el 11.10.2021 e Informe Nº 091-2021/JNGM/SCHU/GDUR/MDC remitido el 11.10.2021, señala que habiendo realizado un estudio comparativo con los servicios por los Municipios colindantes, remite los servicios no exclusivos a ser incorporados en la actualización del TUSNE de la Municipalidad de Carabayllo; Por su parte, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional a través del Informe Nº 191-2021-GPPCI/MDC derivado el 03.12.2021, remite el proyecto del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, el cual contiene un total de ciento cuatro (104) servicios no exclusivos, los cuales han tenido en cuenta los precios actualizados bajo condiciones de libre competencia como la oferta y la demanda, evitando así alterar las condiciones del mercado, a fi n que la Gerencia de Asesoría Jurídica emita opinión legal, para que se proceda a su aprobación correspondiente mediante Resolución de Gerencia Municipal. En consecuencia, con el Informe Legal Nº 357-2021-GAJ/MDC de fecha 09.12.2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, como órgano de asesoramiento, responsable de garantizar la legalidad de las actuaciones internas de la Administración Pública, en la aplicación de normas legales vigentes, concluye luego del análisis legal; opinión legal favorable a la aprobación del PROYECTO DE ACTUALIZACION DEL TEXTO UNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS – TUSNE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO, dado que cuenta con base legal prevista en norma citada en el presente informe legal; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal Nº 357-2021-GAJ/MDC y los diversos informes de las áreas involucradas, así como la conformidad del servicio prestado emitido por las áreas usuarias, en uso de las atribuciones delegadas por el Despacho de Alcaldía mediante Resolución de Alcaldía Nº 101-2020-A/MDC de fecha 23 de setiembre de 2020; y en concordancia con las funciones establecidas en el literal n) del artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones ROF aprobado por la Ordenanza Nº 428-MDC; SE RESUELVE:Artículo PRIMERO.- APROBAR la ACTUALIZACIÓN DEL TEXTO UNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS - TUSNE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO, el cual contiene un total de ciento cuatro (104) servicios no exclusivos, cuyos requisitos y costos se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, donde se procede a: a. En la parte correspondiente a la Subgerencia de Comercialización, mantiene los códigos Nº 10.1, Nº 10.2, Nº 10.3, Nº 10.4 también los requisitos y tarifas, e incluye un nuevo servicio “la Inspección Ocular Técnica a pedido de parte”, realizando la re-numeración correspondiente. b. En la parte correspondiente a la Subgerencia de Transporte, mantiene los códigos Nº 02.1, Nº 02.2, también los requisitos y tarifas, e incluye tres nuevos servicios: 1.- Pago de Guardianía de vehículos menores en el depósito municipal por día; 2.-Traslado de vehículo menor al depósito vehicular (cuando se requiera); y 3.- Inspección ocular por paradero, realizando la re-numeración correspondiente. c. En la parte correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deporte, mantiene los códigos Nº 08.2, Nº 08.3 también los requisitos y tarifas, respecto al código Nº 08.1 ha variado el precio e incluye quince nuevos servicios: 1.- matricula I.E San Martin I; 2.- Matricula I.E San Martin II; 3.-Taller de natación (modo presencial) único mensual;4.-Taller de verano (modo presencial) único pago por curso; 5.- Taller de verano (modo presencial) único pago (paquete de dos cursos); 6.-Taller de verano (modo virtual) único pago por curso; 7.-Taller de verano (modo virtual) único pago (paquete de 2 cursos); 8.-Talleres en temporada escolar (modo presencial) pago mensual por curso; 9.- Talleres en temporada escolar (modo presencial) pago mensual (paquete de 2 cursos); 10.- Talleres en temporada escolar (modo virtual) pago mensual por curso; 11.-Talleres en temporada escolar (modo virtual) pago mensual (paquete de 2 cursos);12.-Talleres de fortalecimiento de capacidades, capacitaciones y/o especializaciones;13.-Carnet de biblioteca público general (vigencia 2 años); 14.-Duplicado - carnet de biblioteca general (vigencia 2 años); 15.-Carnet de biblioteca personas con discapacidad/ adulto mayor (vigencia 2 años); realizando la re-numeración correspondiente. d. En la parte correspondiente a la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, mantiene los códigos Nº 11.1, Nº 11.2, Nº 11.3, Nº 11.4 en los requisitos y varia el valor de acuerdo a la UIT vigente e incluye cuatro nuevos servicios: 1.- venta de planos y/o copia de planos, 2.- Inspección Ocular Técnica a solicitud de parte; 3.-Elaboración de documentación técnica de terreno y 4.- Trabajo de topografía (Operador y equipo), realizando la re-numeración correspondiente. e. En la parte correspondiente a la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, incluye un nuevo servicio “Inspección Ocular a pedido de parte”, realizando la re-numeración correspondiente. f. En la parte correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, mantiene los códigos Nº 05.1, Nº 05.2, Nº 05.3, Nº 05.4, Nº 05.5, Nº 05.6, Nº 05.7, Nº 05.8, Nº 05.9, Nº 05.10, Nº 05.11, Nº 05.12, Nº 05.13, Nº 05.14, Nº 05.15, Nº 05.16, Nº 05.17 también los requisitos y tarifas, e incluye un nuevo servicio “la constancia de ubicación”, realizando la re-numeración correspondiente. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional, el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto las Resolución Gerencial Municipal Nº 763-2019-GM/MDC, así como todo dispositivo que se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución al interesado, funcionario responsable, así como a las demás unidades orgánicas competentes, debiendo publicarse en el portal web de la Municipalidad, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOHNNY ROGER TOMA JAIMES Gerente Municipal 2032241-1