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77 NORMAS LEGALES Viernes 21 de enero de 2022 El Peruano / N° ADMINISTRADON° DE RE- SOLUCION JEFATURAL FECHA DE EMISION RE- SOLUCION JEFATURAL DECISIÓNCUANTÍA DE LA SANCIÓN 10JORGE NELSON RAMÍREZ CARDOZO0872-2021-JN 28/09/2021 SANCIÓN 10 UIT 11MARCIAL ANTONIO TIRADO RUIZ0873-2021-JN 28/09/2021 SANCIÓN 10 UIT 12GREGORIO MARIO EGOAVIL QUISPE0874-2021-JN 28/09/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 13MARGOTH ILIANA GORDILLO MATEO0875-2021-JN 28/09/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 14LOT ISAAC SAAVEDRA CARRASCO0876-2021-JN 28/09/2021 SANCIÓN 10 UIT 15PERCY DAVID DAVILA VELIZ0878-2021-JN 28/09/2021 SANCIÓN 10 UIT 16JAMES ROL RIVERA RAMÍREZ0880-2021-JN 28/09/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 17MISAEL GONZALES VILLAR0884-2021-JN 28/09/2021 SANCIÓN 10 UIT 18LUIS ÁLVAREZ ROLDÁN0947-2021-JN 2/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 19ORLANDO GERMAN POMA MONTAÑO1230-2021-JN 27/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 20IVO DOMINOVICH ACUÑA TAPIA1233-2021-JN 27/10/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 21CRISTHIAN RAUL ARRUNATEGUI BURGOS1249-2021-JN 27/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 22UBALDO FELIX QUISPE SURICHAQUI1367-2021-JN 5/11/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 23HENRY CAMILO GOMERO RIVERA1389-2021-JN 8/11/2021 SANCIÓN 10 UIT 24CESAR IVAN NAVARRO PAREDES1585-2021-JN 24/11/2021 SANCIÓN 10 UIT 25MACEDONIO ANTONIO SINCHE1633-2021-JN 26/11/2021 SANCIÓN 10 UIT 26JULIAN HUAYACONZA HANAMPA1660-2021-JN 30/11/2021 SANCIÓN 10 UIT 27JORGE PÉREZ SAGASTEGUI1740-2021-JN 7/12/2021CADUCI- DAD 28JUSTINIANO JAICO CORAS1757-2021-JN 7/12/2021 SANCIÓN 10 UIT 29AGUSTIN CONDORI MOTTA1761-2021-JN 7/12/2021 SANCIÓN 10 UIT 30JHONNY MERA CHUPILLON1764-2021-JN 7/12/2021 SANCIÓN 10 UIT 31MARDEN SILAS ABISRROR OLIVEIRA2111-2021-JN 27/12/2021 SANCIÓN 5 UIT 32DAVID MICHAEL MELGAR MANRIQUE2133-2021-JN 28/12/2021 SANCIÓN 7.5 UIT Artículo Segundo.- PRECISAR que las resoluciones a las que se han hecho mención en el artículo precedente, se encuentran disponibles en el portal institucional www.onpe.gob.pe. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; en el portal institucional (www.onpe.gob.pe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (3) días posteriores a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELAR JUAN BOLAÑOS LLANOS Secretario General 2031825-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Ordenanza Regional que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2023 ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2022-GORE-ICA Ica, 20 de enero de 2022El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del 14 de enero de 2022. Visto el O fi cio Nº 010-2022-GORE-ICA/GR de la Gobernación Regional, sobre el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2023. CONSIDERANDO:Que el artículo 191º de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales que emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; asimismo, el artículo 192º del mismo cuerpo normativo establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, conforme al artículo 5º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es misión de los gobiernos regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; el artículo 10º de la misma Ley Orgánica, señala en el literal h) del numeral 2, que son competencias compartidas del Gobierno Regional alentar la participación ciudadana y la concertación entre intereses públicos y privados en todos los niveles. Que el artículo 32º de la citada Ley, señala sobre la gestión del Gobierno Regional, que los gobiernos regionales se rigen por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, en concordancia con las políticas nacionales y en cumplimiento al ordenamiento jurídico vigente. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modi fi catoria mediante la Ley Nº 29298 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y su modi fi catoria aprobada mediante Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, el Proceso de Presupuesto Participativo, es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, e fi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil, para lo cual los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos. Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 142-2009- EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modi fi catoria, establece en la primera disposición fi nal que los gobiernos regionales y locales preparan y emiten disposiciones complementarias con el propósito de facilitar el Proceso de Presupuesto Participativo a través de mecanismos que faciliten la participación de los ciudadanos. Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 097-2009-EF y su modi fi catoria, se precisan los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, en el marco del Proceso del Presupuesto Participativo. Los