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7 NORMAS LEGALES Lunes 31 de enero de 2022 El Peruano / de carácter muestral con una fi scalización especí fi ca que permita identi fi car las de fi ciencias que se presentan en vías, zonas o suministros especí fi cos, no incluidas en las muestras, y que generalmente los usuarios denuncian de modo recurrente; Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos, recepción de comentarios y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009- JUS, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 056-2021-OS/CD se dispuso la publicación para comentarios del proyecto de “Procedimiento para la Fiscalización Especí fi ca de la Operatividad y Seguridad de las Instalaciones de Distribución Eléctrica ”, a fi n de recibir comentarios de los interesados; Que, habiéndose recibido diversos comentarios por parte de los agentes interesados, se ha procedido a su respectivo análisis y evaluación, que se incluye en la Exposición de Motivos de la presente resolución; Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, así como el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM. Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 02-2022; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar el “Procedimiento para la Fiscalización Especí fi ca de la Operatividad y Seguridad de las Instalaciones de Distribución Eléctrica”, el cual en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°. - Publicación Publicar la presente resolución y su Anexo en el diario ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www. gob.pe) y, conjuntamente con su Exposición de Motivos, en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe). Artículo 3°. - Vigencia La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. JAIME MENDOZA GACON Presidente del Consejo Directivo ANEXO 1 PROCEDIMIENTO PARA LA FISCALIZACIÓN ESPECÍFICA DE LA OPERATIVIDAD Y SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto Establecer el procedimiento que regula las acciones de fi scalización especí fi ca a las Empresas de Distribución Eléctrica (EDE), respecto de las de fi ciencias presentes en las instalaciones de distribución eléctrica, que afectan a los usuarios del servicio en los lugares de mayor incidencia, y que complementan las acciones de fi scalización muestral efectuadas en el marco de los siguientes procedimientos de supervisión: a) “Procedimiento para la Supervisión de la Operación de los Sistemas Eléctricos”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 074-2004-OS/CD. b) “Procedimiento de Supervisión de la Operatividad del Servicio de Alumbrado Público”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 078-2007-OS/CDc) “Procedimiento de Supervisión de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y su Base Metodológica”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo de Osinergmin N° 686-2008-OS/CD. d) “Procedimiento para la Supervisión de las Instalaciones de Distribución Eléctrica por Seguridad Pública”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 228-2009-OS/CD. e) “Procedimiento de Supervisión de los Suministros Provisionales Colectivos de Venta en Bloque”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 213-2011-OS/CD f) “Procedimiento para la supervisión de la atención de denuncias por de fi ciencias de alcance general en la prestación del servicio público de electricidad”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 094-2017-OS/CD. Artículo 2.- Alcance El presente procedimiento es de aplicación a las EDE, y comprende la realización de acciones de fi scalización especí fi cas en gabinete y en campo, ante de fi ciencias identi fi cadas del servicio de alumbrado público, relativas a interrupciones del servicio eléctrico y de fi ciencias de las instalaciones eléctricas de distribución que afectan la seguridad del ciudadano, que no han sido materia de las acciones de fi scalización de carácter muestral que se realizan en el marco de lo dispuesto en los procedimientos de supervisión aprobados por Osinergmin relacionados a la operatividad y seguridad del servicio de distribución eléctrica a que se re fi ere el artículo 1 del presente procedimiento. Artículo 3.- Autoridades competentes La autoridad competente para realizar la fi scalización especí fi ca de la operatividad y seguridad de las instalaciones de distribución eléctrica se determina según lo dispuesto en la columna de órganos instructores prevista en el numeral 1.1 del artículo 1 del Anexo 1 de la Resolución de Consejo Directivo N° 057-2019-OS/CD, respecto de las actividades de distribución y comercialización eléctrica. CAPÍTULO II INFORMACIÓN PARA LA FISCALIZACIÓN ESPECÍFICA DE LA OPERATIVIDAD Y SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA Artículo 4.- Información utilizada para las acciones de fi scalización especí fi ca La información a tomar en cuenta para la fi scalización especí fi ca de la operatividad y seguridad de las instalaciones de distribución eléctrica, comprende: 4.1 Información reportada en el marco de los procedimientos de supervisión aprobados por Osinergmin relacionados a la operatividad y seguridad del servicio de distribución eléctrica Es la información reportada por las EDE en cumplimiento de lo establecido en los siguientes procedimientos: a) Procedimiento de Supervisión de la Operatividad del Servicio de Alumbrado Público, aprobado por Resolución de Consejo Directivo de Osinergmin N° 078-2007-OS/CD. b) Procedimiento para la Supervisión de las Instalaciones de Distribución Eléctrica por Seguridad Pública, aprobado por Resolución de Consejo Directivo de Osinergmin N° 228-2009-OS/CD. c) Procedimiento para la Supervisión de la Operación de los Sistemas Eléctricos, aprobado por Resolución de Consejo Directivo de Osinergmin N° 074-2004-OS/CD y sus modi fi catorias. d) Procedimiento de Supervisión de los Suministros Provisionales Colectivos de Venta en Bloque, aprobado por Resolución de Consejo Directivo de Osinergmin N° 213-2011-OS/CD. e) Procedimiento de Supervisión de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y su Base Metodológica, aprobado por Resolución de Consejo Directivo de Osinergmin N° 686-2008-OS/CD.