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13 NORMAS LEGALES Sábado 5 de febrero de 2022 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Giovanna María Díaz Revilla, en el cargo de Jefa de Gabinete de Asesores del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO CAYTANO RAMOS QUILCA Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2036804-1 Designan Jefe de la Unidad Zonal Apurímac del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 043-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 4 de febrero de 2022 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 143-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, de fecha 10 de setiembre de 2021, se designó entre otros, al señor Juan Edgardo Suarez Gomez, en el cargo de Jefe de la Unidad Zonal Apurímac del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de confi anza; Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente se ha visto por conveniente expedir el acto administrativo que dé por concluida la designación del Jefe de la Unidad Zonal Apurímac, y se designe a su reemplazante; En uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI, y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, la designación del señor Juan Edgardo Suarez Gomez en el cargo de Jefe de la Unidad Zonal Apurímac del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados, siendo su último día de labores el día 04 de febrero de 2022. Artículo 2.- DESIGNAR a partir del 05 de febrero de 2022, al señor WILBERT LINO BALLON PINTO en el cargo de Jefe de la Unidad Zonal Apurímac del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROGELIO JAVIER HUAMANI CARBAJAL Director EjecutivoPrograma de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 2036669-1ECONOMIA Y FINANZAS Disponen reajuste de pensiones del régimen del Decreto Ley Nº 20530 y autorizan transferencia de partidas DECRETO SUPREMO N° 014-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 28449, Ley que establece las nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, dispone que las pensiones percibidas por bene fi ciarios que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años o más de edad y cuyo valor no exceda el importe de dos (02) Unidades Impositivas Tributarias vigentes en cada oportunidad, son reajustadas al inicio de cada año mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas, teniendo en cuenta las variaciones en el costo de vida anual y la capacidad fi nanciera del Estado; Que, de conformidad con el artículo 1 de la Ley Nº 28789, Ley que precisa la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28449, Ley que establece nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, el valor anualizado de las pensiones para efecto de determinar el monto máximo mensual y del reajuste de pensiones de cesantía, invalidez y sobrevivencia del régimen de pensiones regulado por el Decreto Ley Nº 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley Nº 19990, es de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha en que corresponda el pago de la pensión; Que, en ese marco legal, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 398-2021-EF, durante el año 2022 el valor de la UIT es de S/ 4 600,00 (CUATRO MIL SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES); es decir, el valor anualizado de las pensiones al que se hace referencia en el considerando anterior no debe exceder los S/ 128 800,00 (CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES); Que, por su parte, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) ha publicado el porcentaje de in fl ación anual acumulada a diciembre de 2021, siendo este de 6,43%; Que, en ese sentido, tomando en cuenta la capacidad fi nanciera del Estado, resulta viable aprobar un reajuste en las pensiones equivalente a S/ 30,00 (TREINTA Y 00/100 SOLES); Que, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, aprobado mediante la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se han previsto los recursos para la atención del reajuste de las pensiones percibidas por los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, de aquellas entidades cuyas planillas se financian con fondos del Tesoro Público, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y una modificación presupuestaria en el nivel funcional programático, según corresponda, hasta por la suma de S/ 57 100 890,00 (CINCUENTA Y SIETE MILLONES CIEN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos; De conformidad con lo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en la Ley Nº 28449, Ley que establece las nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530; y, en la Ley Nº 28789, Ley que precisa la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28449, Ley que establece nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;