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30 NORMAS LEGALES Sábado 5 de febrero de 2022 El Peruano / artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, el Presidente del CONCYTEC tiene entre sus funciones designar a los funcionarios responsables de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del CONCYTEC; Que, asimismo, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que mediante Resolución de Presidencia N° 058-2021-CONCYTEC-P, se aprueba el Manual de Operaciones del PROCIENCIA, el cual de fi ne su estructura funcional y establece las funciones de sus unidades orgánicas precisando que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa que tiene entre sus funciones aquellas que le sean asignadas por el Consejo Directivo, la Presidencia del CONCYTEC, en el marco de sus competencias o aquellas que les corresponda por norma expresa, por lo que la designación del funcionario Responsable del Portal de Transparencia del citado Programa corresponde a su Director Ejecutivo; Que, indica, que en virtud de lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; además, conforme al numeral 7.1. del referido TUO, el régimen de efi cacia anticipada de los actos administrativos previstos en el artículo 17 de la citada norma, es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen las normas de orden público ni afecte a terceros; Que, en ese sentido, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para que se emita el acto de administración, con e fi cacia anticipada, que deje sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 005-2020-CONCYTEC-P en el extremo referido a la designación de la Responsable del Portal de Transparencia de FONDECYT, y se mantenga la designación de la Responsable del Portal de Transparencia del CONCYTEC; Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa de la O fi cina General de Administración, del Encargado de las Funciones de la O fi cina de Tecnologías de Información, y del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Ley del CONCYTEC), el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, el Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto, con e fi cacia anticipada al 10 de enero de 2022, el artículo 1 de la Resolución Nº 005-2020-CONCYTEC-P, en el extremo referido a la designación de la servidora Luz Angelita Hernández Pedraza, Especialista de proyectos de Tecnología de la Información de la O fi cina de Tecnologías de Información de la O fi cina General de Administración como Responsable del Portal de Transparencia del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co y de Innovación Tecnológica -FONDECYT, actualmente, Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, por los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Mantener lo dispuesto en el artículo 1 de la Resolución Nº 005-2020-CONCYTEC-P en el extremo referido a la designación de la servidora Luz Angelita Hernández Pedraza, Especialista de proyectos de Tecnología de la Información de la O fi cina de Tecnologías de Información de la O fi cina General de Administración, como responsable del Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), por los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución sea noti fi cada a la servidora señalada en el artículo precedente, a la O fi cina de Tecnologías de Información de la Ofi cina General de Administración del CONCYTEC y a la Dirección Ejecutiva del Programa PROCIENCIA. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC (www.gob.pe/concytec). Regístrese, comuníquese y publíquese.BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO Presidente (e) 2036661-1 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la retribución económica derivada de la contratación de la sociedad de auditoría RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00005-2022-SENACE-PE Lima, 3 de febrero de 2022VISTOS: El O fi cio Nº 000001-2022-CG/GAD de la Contraloría General de la República, el Informe Nº 00004-2022-SENACE-GG-OA/CCP de la Unidad de Contabilidad y Control Previo, el Memorando Nº 00099-2022-SENACE-GG/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 00005-2022-SENACE-GG-OPP/PRE de la Unidad de Programación y Presupuesto, el Memorando Nº 00117-2022-SENACE-GG/OA de la O fi cina de Administración y el Informe Nº 00020-2022-SENACE-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace, como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, se modi fi có la Ley Nº 29968, estableciendo en el numeral 7.3 del artículo 7 que el Presidente Ejecutivo ejerce la representación legal del Senace y la titularidad del pliego presupuestal de la entidad; Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31365, que aprueba el presupuesto del sector público para el año fi scal 2022, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 0071-2021-SENACE/PE, del 29 de diciembre de 2021, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego