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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (06/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Domingo 6 de febrero de 2022 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Cancelan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS N° 00349-2022 Lima, 2 de febrero de 2022EL SECRETARIO GENERAL VISTA:La solicitud presentada por el señor Walter Mercedes Mejía Bazán, respecto a la cancelación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III: De los Corredores de Seguros A: Personas Naturales 3. Corredores de Seguros Generales y de Personas, con matrícula N-3645, y; CONSIDERANDO:Que, el señor Walter Mercedes Mejía Bazán, solicita la cancelación de su inscripción en el Registro por las razones expuestas en la comunicación que obra en su expediente; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos por el artículo 22° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado mediante la Resolución S.B.S. N° 808-2019, y en el procedimiento N° 150 del Texto Único Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolución S.B.S. N° 1678-2018; Estando a lo opinado por el Departamento de Registros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modi fi catorias de conformidad con lo establecido en el Texto Único Procedimientos Administrativos-TUPA de esta Superintendencia. RESUELVE:Artículo Primero.- Cancelar la inscripción del señor Walter Mercedes Mejía Bazán con matrícula N-3645, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Sección III: De los Corredores de Seguros A: Personas Naturales 3. Corredores de Seguros Generales y de Personas; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La cancelación del registro a que se re fi ere el artículo primero de la presente Resolución no exime al señor Walter Mercedes Mejía Bazán del cumplimiento de las obligaciones que haya contraído con terceros, con anterioridad a la fecha de la presente Resolución.Artículo Tercero.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 2035698-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgadas al amparo del D. Leg. N° 708 GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL SECTORIAL REGIONAL Nº 018 -2022-G.R.AMAZONAS/DREM Chachapoyas, 31 de enero del 2022CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 550-2006- MEM/DM, de fecha 16 de Noviembre del 2006, el Ministerio de Energía y Minas, resuelve aprobar la transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo el Gobierno Regional de Amazonas a través de la Dirección Regional de Energía y Minas a partir de ese fecha, competente para otorgar concesiones mineras para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 316 Gobierno Regional Amazonas/CR del 12 de diciembre del 2012, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas – DREM; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, la Dirección Regional de Energía y Minas, publicará mensualmente en el diario o fi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Decreto Supremo Nº 020-2020-EM, el artículo 149 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería; de conformidad con las atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 550-2006-MEM/DM, de fecha 16 de noviembre del 2006 y, Resolución Ejecutiva Regional N° 288-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR de fecha 09 de abril de 2019. SE RESUELVE:Articulo Primero.- PUBLÍQUESE en el Diario O fi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Decreto Supremo Nº 020-2020-EM. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral Sectorial Regional a la Gobernación Regional, Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, para su conocimiento. Regístrese y publíquese. SANDRITA JANMARI REATEGUI ALVA Director Regional (e) DOC. 2584793 EXP. 1981792