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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (24/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 102

102 NORMAS LEGALES Jueves 24 de febrero de 2022 El Peruano / Artículo 4. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el referido Diario O fi cial. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2041603-2 Encargan la Gerencia de Impugnaciones a servidora, con retención de su cargo de Asesora de Jefatura del SAT , y como responsable de brindar acceso a la información pública SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 001-004-00004760 Lima, 22 de febrero de 2022.CONSIDERANDO:Que, mediante Edicto N.° 225 se creó el Servicio de Administración Tributaria–SAT como un organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, según el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones–ROF del SAT, aprobado por Ordenanza N.° 1698 y modi fi cado por Ordenanza N.° 1881, la Jefatura tiene la función de nombrar, contratar, suspender y remover a los funcionarios y servidores; Que, mediante Resolución Jefatural N.° 001-004- 00003186 del 30 de setiembre de 2013, se cali fi có como de con fi anza el cargo de Gerente; Que, con Resolución Jefatural N.° 001-004-00004488 del 30 de setiembre de 2020, se designó, a partir del 1 de octubre de 2020, al señor Félix Rubén Espinoza Jiménez como Gerente de Impugnaciones, como funcionario responsable de brindar acceso a la información pública y se le autorizó para expedir copias certi fi cadas de las resoluciones jefaturales y demás documentos, cuya validez se haga efectiva ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; Que, a través del Informe N.° D000048-2022-SAT-GRH de fecha 22 de febrero de 2022, remitido a la Jefatura del SAT por la Gerencia de Recursos Humanos, se comunica que el citado servidor gozará de licencia desde el 23 de febrero al 4 de marzo de 2022, solicitando se emita la resolución jefatural que encargue, durante dicho periodo, la Gerencia de Impugnaciones, designe como funcionario responsable de brindar acceso a la información pública y le autorice para expedir copias certi fi cadas de las resoluciones jefaturales y demás documentos que emita el SAT, cuya validez se haga efectiva ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos a la señorita Beatriz Alejandrina Melchor Lezama, con retención de su cargo de Asesora de Jefatura; Estando a lo dispuesto en el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Encargar la Gerencia de Impugnaciones a la señorita Beatriz Alejandrina Melchor Lezama, del 23 de febrero al 4 de marzo de 2022, con retención de su cargo de Asesora de Jefatura. Artículo 2°.- Encargar a la citada servidora como responsable de brindar acceso a la información pública, del 23 de febrero al 4 de marzo de 2022. Artículo 3°.- Autorizar a la citada servidora a expedir copias certi fi cadas de las resoluciones jefaturales y demás documentos que emita el SAT, cuya validez se haga efectiva ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, durante el periodo del 23 de febrero al 4 de marzo de 2022. Artículo 4°.- Encargar, a la O fi cina de Imagen Institucional, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en un lugar visible de la sede principal y demás sedes de la Entidad. Artículo 5°.- Encargar al responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente resolución en la página web de la entidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL FILADELFO ROA VILLAVICENCIO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 2041911-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022 del distrito de Carabayllo ORDENANZA Nº 466-MDC Carabayllo, 11 de febrero de 2022El CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO, en Sesión Ordinaria de la fecha, convocada y presidida por el Alcalde, Sr. MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ; VISTOS: El Informe Nº 028-2021-GSCV-ST-CODISEC/ MDC, de fecha 29 de octubre de 2021, emitido por el Gerente de Seguridad Ciudadana y Vial y Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC; El Memorándum Nº 209-2021-GAJ/MDC, de fecha 19 de noviembre de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El O fi cio Nº D001326-2021-MML-GSGC, de fecha 22 de octubre de 2021, remitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima; El Informe Nº 002-2022-C-CODISEC-ST-CODISEC, de fecha 05 de enero de 2022, emitido por el Gerente de Seguridad Ciudadana y Vial y Secretario Técnico del CODISEC Carabayllo; El Informe Legal Nº 014-2022-GAJ/MDC, de fecha 18 de enero de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Memorándum Nº 81-2022-GM/MDC, de fecha 20 de enero de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen Nº 001-2022-CSCDC/MDC, de fecha 03 de febrero de 2022, emitido por la Comisión de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, respecto al PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2022 del distrito de Carabayllo; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la referida Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 9º numeral 8) señala como una de las atribuciones del Concejo Municipal: “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”; asimismo el Artículo 40º, establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, mediante Ley Nº 27933 se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema