Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2022 (08/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Viernes 8 de julio de 2022 El Peruano / de Gestión de Recursos Humanos, el de Organización del trabajo y su distribución, que de fi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, y que comprende los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos; Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; cuya Segunda Disposición Complementaria Final señala que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la referida ley; debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario contados a partir de la publicación de su reglamento; Que, el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, tiene como objeto establecer disposiciones para la adecuada aplicación de la citada Ley y dictar otras disposiciones; y, señala, en su Cuarta Disposición Complementaria Final que, para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley, cuando corresponda, las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasi fi cador de Cargos o el Manual de Per fi les de Puestos, según corresponda, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma; Que, la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuya aprobación se formaliza mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, establece las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones, entre ellas, la elaboración, aprobación y modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos – MCC; Que, el literal c) del numeral 5.1 de la citada Directiva defi ne el Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describe de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, asimismo, el numeral 6.1.7 de la mencionada Directiva, dispone que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, elabora la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos, así como el informe técnico sustentatorio; por su parte, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, emite opinión sobre dicha propuesta en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del ROF vigente; mientras que el/la Titular de la entidad aprueba el citado documento, y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad, siendo que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el Titular de la entidad corresponde a la máxima autoridad administrativa; Que, el Artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública;Que, el artículo 14 del Decreto Supremo N° 010-2022- TR, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, establece que la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa de la SUNAFIL; Que, a través del Informe N° 000574-2022-SUNAFIL/ GG/ORH, la O fi cina de Recursos Humanos, en su calidad de órgano técnico, presenta para aprobación la propuesta del nuevo Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, señalando que ha sido elaborado en observancia de las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; la normativa vigente que dispone la creación de determinados cargos con ciertas funciones y/o requisitos, o dispone impedimentos y/o establece requisitos para funcionarios públicos y/o servidores civiles o un subgrupo de estos; la normativa emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR para la formulación de los per fi les de puestos en el Estado; y, sobre la base del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, lo cual permite contar con el documento de gestión actualizado y adecuado a los lineamientos del ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y demás disposiciones normativas sobre la materia; Que, a través del Informe N° 000234-2022-SUNAFIL/GG/ OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable sobre la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, señalando que advierte haber sido elaborado conforme la metodología y los parámetros técnicos de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, así como en función a la estructura orgánica del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y la Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL; asimismo, la O fi cina de Asesoría Jurídica, según el Informe de vistos, emite opinión legal referida a la aprobación del citado documento de gestión; por lo que corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Jefe de la O fi cina de Administración, del Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y del Jefe (e) de la Ofi cina de Recursos Humanos; y, De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y la Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL; y, la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional “, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Gerencia General N° 031-2022-SUNAFIL-GG. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación de la resolución y su Anexo en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL (www.gob.pe/suna fi l), en la misma fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano; además de su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE MANUEL RODRIGUEZ HAYA Gerente General 2083996-1