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136 NORMAS LEGALES Sábado 4 de junio de 2022 El Peruano / Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la indicada ley mediante decretos de alcaldía, asimismo el artículo 42º re fi ere que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 094-MDMP, se otorgó bene fi cios tributarios por pronto pago de los arbitrios municipales para el ejercicio fi scal 2022 y prorroga el vencimiento de la I cuota del impuesto predial y arbitrios municipales 2022; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 094-MDMP, faculta a la Alcaldesa, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la indicada norma o dicte las disposiciones reglamentarias que puedan ser necesarias para su mejor aplicación; asimismo, pueda prorrogar las fechas de vencimiento del pago del Impuesto Predial 2022, Arbitrios Municipales, y del Pronto Pago de los Arbitrios Municipales 2022, si la gestión operativa de los tributos indicados así lo amerita; en ese sentido, mediante Decreto de Alcaldía Nº 006-2022-MDMP se dispuso prorrogar la vigencia de la indicada ordenanza hasta el 31 de mayo del 2022; Que, mediante Memorando Nº 147-2022-MDMP- GAT, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que resulta necesario ampliar el plazo de los bene fi cios otorgados con la referida norma denominada “Ordenanza que otorga bene fi cios tributarios por Pronto Pago de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2022 y Prorroga el Vencimiento de la I cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022” hasta el 30 de junio del 2022; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe Legal Nº 174-2022-MDMP/GAJ, y lo dispuesto en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 094/MDMP, denominada “Ordenanza que otorga bene fi cios tributarios por Pronto Pago de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio fi scal 2022 y Prorroga el Vencimiento de la I cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022”, hasta el 30 de junio del 2022, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria adoptar las acciones pertinentes para el cumplimiento del presente decreto de alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://munimiperu.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JADE ELISA VEGA VEGA Alcaldesa 2074021-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES Designan Funcionario Responsable de Entregar la Información a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 509-2022-MDM Majes, 17 de mayo del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES VISTO:El Informe Nº 000067-2022/SG/MDM; Memorando Nro. 000054-2022-A/MDM del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, consagra la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, ello concordante con el artículo 29º del mismo cuerpo legal. Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, en su artículo primero, establece: “La presente Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú (…)”. Que, el artículo 8º del mismo cuerpo normativo señala que las entidades obligadas a brindar información, son las señaladas en el artículo 2º de la presente Ley. Dichas entidades identi fi carán, bajo su responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la presente Ley. Ello en concordancia con lo señalado en el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, en su artículo 3º señala: “Las obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, son las siguientes: (…) b. Designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público (…)”. Que, asimismo, en su artículo 4º de su Reglamento se señala: “(…) La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información (…) se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano (…)”. Que, de conformidad a lo dispuesto Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; así como lo señalado en el artículo 20º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, prescribe que es atribución del Alcalde dictar decretos y resoluciones de Alcaldía con sujeción a las leyes y ordenanzas. Que, estando a las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y a la parte considerativa de la presente. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al ING. LUIS ANGEL CESPEDES JARA, como Funcionario Responsable de Entregar la Información, en cumplimiento al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nro. 010-2019-MDM y toda aquella disposición normativa que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en cumplimiento a lo señalado por Ley. Artículo Cuarto.- NOTIFÍQUESE con la presente resolución a la persona designada y a las instancias administrativas de esta Municipalidad para los fi nes del caso y tomen las acciones que el caso amerite. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.RENEE D. CACERES FALLA Alcalde 2073524-1