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127 NORMAS LEGALES Sábado 4 de junio de 2022 El Peruano / Tercera.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Por Tanto:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ Alcalde 2074136-1 Modifican el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Carabayllo, para el año 2023 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2022-A/MDC Carabayllo, 10 de mayo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO VISTOS: El Informe N°122-2022-SGPV-GDHS/MDC, de fecha 09 de mayo de 2022, emitido por la Subgerencia de Participación Vecinal; El Informe N° 060-2022-GPPCI-MDC, de fecha 10 de mayo de 2022, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional; El Informe Legal N°179-2022-GAJ/MDC, de fecha 10 de mayo de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorándum N° 439-2022-GM/MDC, de fecha 10 de mayo de 2022, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la modi fi cación del Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Carabayllo, para el año 2023; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; Que, el Reglamento de la Ley N°28056, aprobado mediante Decreto Supremo N°142-2009-EF, en su Primera Disposición Final señala: “Los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas”; Que, mediante Ordenanza N°468-MDC, publicada el 05 de mayo de 2022, se aprobó el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2023, la cual en su Artículo Tercero faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la adecuación y aplicación de dicha Ordenanza; Que, mediante el Informe N°122-2022-SGPV-GDHS/ MDC, la Subgerencia de Participación Vecinal, debido a la grana acogida obtenida en la convocatoria de inscripciones del Presupuesto Participativo, solicita la ampliación delas Inscripciones hasta el lunes 16 de mayo de 2022; la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional, mediante el Informe N° 060-2022-GPPCI-MDC, solicita la emisión del Decreto de Alcaldía, modi fi cando el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Carabayllo, para el año 2023, referido a la Fase de Preparación y la Fase de Concertación; Que, mediante el Informe Legal N°179-2022-GAJ/ MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable al Decreto de Alcaldía que modi fi ca el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Carabayllo, para el año 2023; y, mediante el Memorándum N° 439-2022-GM/MDC, la Gerencia Municipal, remite los actuados a la Secretaría General para la emisión del Decreto de Alcaldía respectivo; Estando a lo informado, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; y con el Visto Bueno de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; DECRETA:Artículo Primero.- MODIFICAR el CRONOGRAMA del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Carabayllo, para el año 2023, aprobado mediante la Ordenanza N°468-MDC, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional, a la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, y a la Subgerencia de Participación Vecinal, disponer las acciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Imagen Institucional y Subgerencia de Participación Vecinal, la efectiva difusión del presente Decreto; a la Secretaría General y Subgerencia de Logística su publicación en el diario O fi cial El Peruano; y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional: www.municarabayllo.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ Alcalde 2074138-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Aprueban el Reglamento Interno de la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Jesús María DECRETO DE ALCALDÍA N° 008-2022-MDJM Jesús María, 27 de mayo de abril de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA, VISTO: El informe N° 031-2022-MDJM-GPVDH de la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Humano, el Memorando N° 085-2022/MDJM-GPPDI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Informe N° 186-2022/GAJRC/MDJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 494-2022/MDJM/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y