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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (04/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 131

131 NORMAS LEGALES Sábado 4 de junio de 2022 El Peruano / Artículo 15º.- DEL PADRÓN MUNICIPAL El Padrón Municipal es un instrumento de gestión para la optimización y el mejor control del uso comercial del espacio público. Su elaboración, administración y custodia estará a cargo de la Subgerencia de Desarrollo Económico Local. En caso de ser necesario la apertura, modi fi cación y cierre del padrón se efectuará mediante Resolución Subgerencial de la Subgerencia de Desarrollo Económico Local, debidamente fundamentada. Excepcionalmente por única vez, el primer Plan Regulador, el mismo que determina los puntos de ubicación de los módulos para la venta, y el primer Padrón Anual de emolienteros, correspondiente al 2021 será aprobado por el Concejo Municipal, a propuesta de la Subgerencia de Desarrollo Económico Local con opinión favorable de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria. Artículo Segundo.– Modifíquese las Disposiciones Finales y Transitorias: TERCERA, de la Ordenanza Nº 000305/MDSA las que quedarán redactadas de la siguiente manera: DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Tercera.- Las personas que forman parte del Padrón Municipal de emolienteros podrán solicitar Autorización Municipal durante el mes de noviembre de cada año, debiendo previamente adecuarse a lo establecido en la presente ordenanza. En los espacios dispuestos por la Subgerencia de Desarrollo Económico Local que no hayan sido renovados por los emolienteros podrán ser solicitados hasta el 30 de abril del año siguiente por nuevos integrantes del Padrón Municipal. Artículo Tercero. – La presente Ordenanza es aplicable desde su aprobación a todos los expedientes en trámite, los cuales podrán acogerse a lo dispuesto en la presente norma. Artículo Cuarto. - ENCÁRGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Subgerencia de Desarrollo Económico Local, a la Subgerencia de Serenazgo, Fiscalización y Transporte, a la O fi cina General de Secretaria su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita y a la O fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSE LUIS NOLE PALOMINO Alcalde 2074286-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 000319/MDSA, que modifica los alcances de la Ordenanza N° 000314/MDSA, respecto a los Beneficios Tributario s e incentivo de Beneficio de Pronto Pago 2022 y Beneficio de Descuento Gradual sobre el insoluto de Arbitrios Municipales de Años Anteriores DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000006-2022/MDSA Santa Anita, 30 de mayo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTO: El Informe N° 139-2022-SGRCRT/ GSATDE/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, el Memorándum N° 337-2022-GSATDE/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, el Informe N° 358-2022-GAJ-MDSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 526-2022-MDSA/GM de la Gerencia Municipal, y;CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 000314/MDSA, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 05 de febrero de 2022, se aprobó las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales actualización de datos con carácter de declaración jurada, incentivos de Pronto Pago para el ejercicio 2022, bene fi cios tributarios y administrativos 2022, con vigencia hasta el 28 de febrero de 2022; Que, asimismo la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 000314 /MDSA faculta al alcalde para que mediante decreto de alcaldía pueda prorrogar la vigencia de los efectos de la citada ordenanza, si así se amerita; Que, mediante Ordenanza N° 000319/MDSA se modi fi ca los alcances de la ordenanza 000314/MDSA; respecto a los Bene fi cios Tributarios e incentivo de Bene fi cios de Pronto pago 2022 y Bene fi cio de Descuento Gradual sobre el insoluto de Arbitrios Municipales de Años Anteriores. Estableciéndose una serie de Bene fi cios para el vecino de Santa Anita; Que, mediante el Informe N° 139-2022-SGRCRT/ GSATDE/MDSA la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, y mediante el Memorándum N° 337-2022-GSATDE/MDSA la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico solicitan la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 000319/MDSA que modi fi ca los alcances de la ordenanza 000314/MDSA; respecto a los Bene fi cios Tributarios e incentivo de Bene fi cio de Pronto pago 2022 y Bene fi cio de Descuento Gradual sobre el insoluto de Arbitrios Municipales de Años Anteriores; Que, con Informe N° 358-2022-GAJ-MDSA la O fi cina General de Asesoría Jurídica es de opinión que, la Ordenanza N° 000314/MDSA que aprobó “las fechas de vencimiento para el pago de impuesto predial y arbitrios municipales, actualización de datos con carácter de declaración jurada, incentivo de pronto pago para el ejercicio 2022, bene fi cios tributarios y administrativos 2022, en su disposición fi nal primera faculta al alcalde para que mediante decreto de alcaldía se pueda prorrogar la vigencia de la mencionada ordenanza, si así lo amerita. Por lo que lo solicitado por la Gerencia de Administración Tributaria y Desarrollo Económico de prorrogar sus bene fi cios tributarios y los modi fi cados con la Ordenanza N° 319 tiene asidero jurídico para poder emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente para la prórroga del bene fi cio tributario hasta el 30 de junio del 2022; Que, mediante el Memorándum Nº 526-2022-MDSA/ GM, la Gerencia Municipal eleva los documentos con la fi nalidad de emitir el decreto de alcaldía correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio de 2022 la vigencia de la Ordenanza N° 000319/MDSA que modi fi ca los alcances de la ordenanza 000314/MDSA; respecto a los Bene fi cios Tributarios e incentivo de Bene fi cio de Pronto pago 2022 y Bene fi cio de Descuento Gradual sobre el insoluto de Arbitrios Municipales de Años Anteriores”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, a la O fi cina General de Administración y Finanzas, a la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, a la O fi cina de Atención al Ciudadano, Gestión Documentaria y Archivo el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía, en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita: www.munisantanita.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSE LUIS NOLE PALOMINO Alcalde 2074288-1