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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (05/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Domingo 5 de junio de 2022 El Peruano / de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, deberá cumplir con lo establecido en el artículo 155 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la inscripción de dichos servicios en el registro habilitado para tal fi n, los mismos que se sujetarán a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesión única y en la fi cha de inscripción en el registro que forma parte de aquel; Que, mediante Informe Nº 196-2022-MTC/27, la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones señala que habiéndose veri fi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión única solicitada para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa TELECOMUNICACIONES EITHON E.I.R.L.; Que, con Informe Nº 758-2022-MTC/08, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable, el otorgamiento de la concesión única solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modi fi catoria, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modi fi catorias; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modi fi catorias, y; Con la opinión favorable de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones y la conformidad del Despacho Viceministerial de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a la empresa TELECOMUNICACIONES EITHON E.I.R.L. Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa TELECOMUNICACIONES EITHON E.I.R.L. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el Contrato de Concesión Única que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a suscribir la escritura pública del referido contrato y de las adendas. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa TELECOMUNICACIONES EITHON E.I.R.L. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíqueseJUAN MAURO BARRANZUELA QUIROGA Ministro de Transportes y Comunicaciones 2074454-1VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Convocan a participar a cinco (5) grupos familiares para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional de intervención excepcional para la adquisición de una vivienda de segundo uso RESOLUCIÒN MINISTERIAL N° 159-2022-VIVIENDA Lima, 3 de junio de 2022VISTOS: El Informe N° 129-2022-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU, de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU); el Informe N° 271-2022-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU-DEPPVU, de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo; el Informe N° 73-2022/VIVIENDA-VMVU-DGPPVU/DGCVU, de la Dirección de Gestión y Coordinación en Vivienda y Urbanismo; el Memorándum N° 653-2022-VIVIENDA/OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); el Informe N° 232-2022-VIVIENDA/OGPP-OP, de la O fi cina de Presupuesto; el Informe N° 358-2022-VIVIENDA/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (OGAJ); y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional (BFH), como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), el mismo que se otorga por una sola vez a los bene fi ciarios, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de estos y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social (VIS); Que, con la Resolución Ministerial N° 054-2002-VIVIENDA, se declara de utilidad pública, la creación y desarrollo del Proyecto Techo Propio, señalando entre otros objetivos, promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna; y, estimular la efectiva participación del sector privado en la construcción masiva de VIS; Que, por la Resolución Ministerial N° 064-2019-MEM/ DM, de fecha 28 de febrero de 2019, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) aprueba las acciones orientadas a reducir la situación negativa que se ha generado en el caso señalado por el Ministerio de Salud a través del lnforme N° 045-2018-DENOT-DGIESP/MlNSA, las cuales consisten en el retiro de las personas comprometidas (treinta y cuatro familias) de la zona afectada de la provincia de Pasco, cuya salud se encuentra seriamente afectada debido a la presencia de diferentes metales pesados en su organismo; Que, en el marco de la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30887, Ley que autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a realizar modi fi caciones presupuestarias para brindar sostenibilidad y continuidad de los programas sociales y dicta otra medida; con fecha 26 de marzo de 2019, el MINEM y el MVCS suscribieron el Convenio N° 100-2019-VIVIENDA con el objeto de viabilizar la ejecución de las actividades de mitigación de los efectos negativos de la actividad minera, consistentes en el retiro de treinta y cuatro familias de la provincia de Pasco identi fi cadas por el Ministerio de Salud mediante una transferencia fi nanciera de recursos del MINEM al MVCS hasta por la suma de S/ 3 570 000,00 (Tres Millones Quinientos Setenta Mil y 00/100 Soles); Que, a través de la Resolución Ministerial N° 107-2019-