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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (05/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Domingo 5 de junio de 2022 El Peruano / MEM/DM, el MINEM autoriza la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados por el monto de S/ 3 570 000,00 (Tres Millones Quinientos Setenta Mil y 00/100 Soles) a favor del MVCS para ser destinados a la ejecución de las actividades de mitigación de los efectos negativos de la actividad minera, consistentes en el retiro de treinta y cuatro familias de la provincia de Pasco identi fi cadas por el Ministerio de Salud; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 196-2019-VIVIENDA, se determina que el valor del BFH en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva para las treinta y cuatro familias indicadas en el Anexo de la citada Resolución Ministerial, excepcionalmente será la diferencia del precio de la vivienda menos el valor del ahorro, para la VIS Unifamiliar o Multifamiliar, hasta por los valores máximos establecidos en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 007-2019-VIVIENDA, que actualiza el valor máximo de la VIS en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva, y se dispone que el valor del ahorro antes mencionado es de S/ 1.00 (Un sol y 00/100); Que, por la Resolución Ministerial N° 133-2022-VIVIENDA, se modi fi ca el Reglamento Operativo para acceder al BFH, para la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva, aprobado por la Resolución Ministerial N° 313-2020-VIVIENDA, en adelante Reglamento Operativo - AVN, con la fi nalidad de incorporar el Título VI referido al BFH de intervención excepcional; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Título VI del Reglamento Operativo - AVN, el BFH de intervención excepcional se otorga excepcionalmente para la atención con una vivienda de segundo uso, entre otro, a grupos familiares con salud afectada a consecuencia de una situación generada en el lugar de vivencia habitual, y una o más entidades del Poder Ejecutivo haya/n sustentado debidamente la necesidad de su atención a través de un informe; Que, el artículo 44 del Reglamento Operativo - AVN establece que mediante Resolución Ministerial se convoca para el otorgamiento del BFH de intervención excepcional y se determina el valor del BFH; Que, con los documentos de vistos, la DGPPVU sustenta y propone convocar a cinco familias para el otorgamiento del BFH de intervención excepcional para la adquisición de una vivienda de segundo uso, señalando entre otros lo siguiente: i) que el Ministerio de Salud en el lnforme N° 045-2018-DENOT-DGIESP/MlNSA, identi fi có a treinta y cuatro familias cuyos hijos se encuentran con la salud afectada a consecuencia de su exposición a metales pesados, y a fi n de lograr el retiro de dichas familias del lugar que generó dicha situación, el MINEM trans fi rió recursos al MVCS; ii) mediante la Resolución Ministerial N° 196-2019-VIVIENDA, se establecieron valores especiales del BFH y del Ahorro para que las treinta y cuatro familias puedan encontrar una vivienda nueva ejecutada en el marco del Programa Techo Propio, cuyo valor máximo era el establecido por el Decreto Supremo N° 007-2019-VIVIENDA; iii) en dicho marco, se han desembolsado 29 BFH para igual número de familias, y cinco familias no encuentran en la zona de su elección un proyecto de vivienda nueva siendo necesario aprobar la Segunda Convocatoria para el otorgamiento del BFH de intervención excepcional para la adquisición de viviendas de segundo uso, en el marco de lo establecido en el Título VI del Reglamento Operativo - AVN; iv) el valor máximo establecido para una VIS en el año 2019, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 007-2019-VIVIENDA, en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva era de S/ 105,000.00; v) para la presente Convocatoria el valor del BFH y el valor del ahorro, serán los aprobados por Resolución Ministerial N° 196-2019-VIVIENDA; y los valores de la VIS son los establecidos mediante el Decreto Supremo N° 007-2019-VIVIENDA; vi) los cinco grupos familiares se encuentran identi fi cados en el Anexo que formará parte de la presente Resolución Ministerial; Que, con Informe N° 232-2022-VIVIENDA/OGPP-OP, la O fi cina de Presupuesto de la OGPP emite opinión a la presente Resolución Ministerial señalando que desde el punto de vista presupuestal, el otorgamiento del BFH de intervención excepcional para la adquisición de una vivienda de segundo uso, se fi nanciará con cargo a los recursos transferidos al Fondo Mivivienda S.A. en el año 2019 que fue de S/ 3 570 000,00; Que, mediante Informe N° 358-2022-VIVIENDA/ OGAJ, desde el punto de vista legal, la OGAJ emite opinión favorable a la presente Resolución Ministerial que dispone la Segunda Convocatoria del año 2022, para el otorgamiento del BFH de intervención excepcional para adquirir una vivienda de segundo uso; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional (BFH) y modi fi catorias; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional, para la modalidad de Aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva, aprobado por la Resolución Ministerial N° 313-2020-VIVIENDA y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Segunda Convocatoria para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional de Intervención Excepcional Convocar a participar en la presente Convocatoria a los cinco (5) grupos familiares que forman parte del Anexo de la presente Resolución Ministerial, para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional de intervención excepcional para la adquisición de una vivienda de segundo uso, en el marco de lo establecido en el Título VI del Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional, para la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva, aprobado por la Resolución Ministerial N° 313-2020-VIVIENDA y modificatorias, previo cumplimiento de los requisitos exigidos para el Programa Techo Propio. Artículo 2.- Valores Los valores del Bono Familiar Habitacional de intervención excepcional, y del Ahorro para la presente Convocatoria son los establecidos en el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 196-2019-VIVIENDA, que determina el valor del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva para treinta y cuatro familias de la provincia de Pasco, y los valores máximos de la Vivienda de Interés Social son los establecidos en el Decreto Supremo N° 007-2019-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO NºAPELLIDOS Y NOMBRES DEL PADRE DEL MENORDNIAPELLIDOS Y NOM- BRES DE LA MADRE DEL MENORDNI 1.ALANIA MONAGO, GIANCARLOS40984242CHAMORRO ARZAPA- LO, CECILIA LISBETH40249909 2.ALVINO CAMPOS, LEONARDO04047659VARGAS VILCA, AVILIA ROSA04210175 3.TRUJILLO BRAVO, NANCY04081725 4. HUAMÁN SILVESTRE, YENI CLAYDES42544047 5.CASTAÑEDA GON- ZALES, MARCOS80552289TOVALINO COCHACHI, VILMA YOVANA42247054 2074475-1