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13 NORMAS LEGALES Jueves 16 de junio de 2022 El Peruano / VISTO, el Memorándum N° 379-2022-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 156-2022-MINCETUR, se autorizó el viaje, entre otro, del señor José Luis Castillo Mezarina, Director General de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 10 al 16 de junio de 2022, para que participe en la referida 12° Conferencia Ministerial de la OMC; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 161-2022-MINCETUR, se autoriza el viaje de la señora Ana Cecilia Gervasi Díaz, Viceministra de Comercio Exterior, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 11 al 16 de junio de 2022, para que participe en la 12° Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y reuniones conexas; Que, durante las reuniones en dicho evento, se han sostenido intensas sesiones de negociación y diálogos de discusión, las cuales no han podido llegar a una conclusión; en cuya razón la Secretaría de la OMC comunica la extensión de las mismas hasta el día 16 de junio de 2022; Que, por lo expuesto, resulta conveniente modi fi car las Resoluciones Ministeriales Nº 156-2022-MINCETUR y Nº 161-2022-MINCETUR, a fi n de autorizar las nuevas fechas de retorno tanto del Director General de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales como de la Viceministra de Comercio Exterior, con el fi n de que sigan representando al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR en el referido evento, autorizando los gastos que dicha reprogramación de viaje genere; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 156-2022-MINCETUR, en el extremo referido a las fechas de viaje del señor José Luis Castillo Mezarina, Director General de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, autorizándolas del 10 al 17 de junio de 2022. Artículo 2.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 156-2022-MINCETUR, en el extremo referido a los gastos autorizados para el señor José Luis Castillo Mezarina, autorizando adicionalmente la suma de US $ 1 255,25 por concepto de pasajes aéreos y de US $ 540,00 por el concepto de un (1) día de viáticos. Artículo 3.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 161-2022-MINCETUR, en el extremo referido a las fechas de viaje de la señora Ana Cecilia Gervasi Díaz, Viceministra de Comercio Exterior, autorizándolas del 11 al 17 de junio de 2022. Artículo 4.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 161-2022-MINCETUR, en el extremo referido a los gastos autorizados para la señora Ana Cecilia Gervasi Díaz, Viceministra de Comercio Exterior, autorizando adicionalmente la suma de US $ 1 255,25 por concepto de pasajes aéreos y de US $ 540,00 por el concepto de un (1) día de viáticos. Artículo 5.- Quedan vigentes los demás términos de las Resoluciones Ministeriales Nº 156-2022-MINCETUR y Nº 161-2022-MINCETUR, en lo que no se oponga a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2077943-1 CUL TURA Modifican último párrafo del artículo 5 de la R.M. Nº 000380-2021-DM/MC y su modificatoria, a fin de formalizar la delegación del poder disciplinario para el caso de diversas unidades ejecutoras del Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000184-2022-DM/MC San Borja, 14 de junio de 2022VISTOS; el Informe N° 000255-2022-OGRH/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 000701-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone en su último párrafo que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, conforme lo señalado en el numeral 5.2 de la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil”, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-SERVIR-PE y modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 092-2016-SERVIR-PE, aquellos órganos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras de una entidad pública Tipo A, cuentan con poder disciplinario en los siguientes supuestos: i) cuando una norma o instrumento de gestión les ha otorgado la facultad de sancionar, y son declaradas entidades Tipo B; ii) cuando una norma o instrumento de gestión les ha otorgado la facultad de sancionar, y no son declaradas entidades Tipo B; y, iii) cuando no se les ha otorgado la facultad de sancionar y son declaradas entidades Tipo B; Que, mediante el último párrafo del artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 000380-2021-DM/MC y su modi fi catoria, se delega, para el año 2022, en los titulares de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y de la Dirección Desconcentrada de La Libertad la facultad de “tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, reconocimiento de remuneraciones, destaques, renovaciones de contratos, licencias y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarios para una adecuada conducción y dirección del personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios – CAS y modi fi catorias, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y bajo el Decreto Legislativo N° 1401, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen Especial