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22 NORMAS LEGALES Jueves 16 de junio de 2022 El Peruano / Año Fiscal 2022, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional que cuenten con recursos públicos asignados en inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, incluidas en el Anexo 5 de dicha Ley y cuya ejecución está a cargo de los Gobiernos Regionales o de los Gobiernos Locales, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para aprobar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, para fi nanciar las mencionadas inversiones, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previa suscripción de convenio, el cual debe suscribirse por el costo total de la inversió n o monto pendiente de fi nanciamiento respecto al costo total de la inversió n, y debe precisar i) el presupuesto multianual requerido hasta la culminación de la inversió n; y, ii) los montos a fi nanciar en cada añ o fi scal por parte del Gobierno Nacional y, de corresponder, por los Gobiernos Regionales y/o Gobiernos Locales sin demandar recursos adicionales al Tesoro Pú blico; Que, asimismo, el numeral 14.2 del artí culo 14 de la Ley N° 31365, establece que las inversiones bajo el á mbito del Sistema Nacional de Programació n Multianual y Gestió n de Inversiones, cuyo fi nanciamiento sea propuesto en el marco de dicho artí culo, deben contar con la opinió n favorable de la O fi cina de Programació n Multianual de Inversiones del Sector o la que haga sus veces, y la unidad orgá nica competente, segú n corresponda, sobre el cumplimiento de las normas té cnicas y criterios de priorizació n aprobados por el Sector, y respecto a su registro en la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones del Sector, a fi n de veri fi car que se encuentren alineadas con los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en la Programació n Multianual de Inversiones; asimismo, dispone que, para el caso de las referidas inversiones que no cuenten con expediente té cnico o documento equivalente, la transferencia de recursos se efectú a solo para fi nanciar la elaboració n de dichos documentos, y deben cumplir con las condiciones señ aladas en el numeral 14.1 del citado artículo; Que, los numerales 14.3 y 14.4 del artículo 14 de la Ley N° 31365, disponen que los pliegos del Gobierno Nacional que trans fi eran recursos en el marco del citado artículo son responsables de la veri fi cación y seguimiento, lo que incluye el avance físico y fi nanciero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; así como de la emisión de un informe técnico sobre el avance físico y fi nanciero de la ejecución de las inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, mediante la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31436, Ley que aprueba Créditos Suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos de las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, y dicta otras medidas, se establece un nuevo plazo para la presentación de las propuestas de Decreto Supremo y para la publicación de los Decretos Supremos, a los que se re fi ere el numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley N° 31365, hasta el 31 de mayo de 2022 y hasta el 16 de junio de 2022, respectivamente; Que, mediante los O fi cios N°s. 928, 936, 937 y 941-2022-VIVIENDA/SG, el Ministerio de Vivienda, Construcció n y Saneamiento solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Pú blico para el Añ o Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de diversos Gobiernos Locales, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar proyectos de inversión en infraestructura vial, equipamiento urbano, saneamiento urbano y saneamiento rural, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 14.1 y 14.2 del artículo 14 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; adjuntando, para dicho efecto, los Informes N°s. 212, 220 y 224-2022-VIVIENDA/OGPP-OP y los Informes Técnicos N°s. 267, 284 y 285-2022/VIVIENDA-OGPP-OI, elaborados por la O fi cina de Presupuesto y por la O fi cina de Inversiones, respectivamente, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante los Memorandos N°s. 0224, 0237 y 0238-2022-EF/63.04, la Direcció n General de Programació n Multianual de Inversiones del Ministerio de Economí a y Finanzas, remite los Informes N°s. 0189, 0199 y 0200-2022-EF/63.04, en el cual señala que los proyectos de inversión en infraestructura vial, equipamiento urbano, saneamiento urbano y saneamiento rural cumplen con las disposiciones establecidas por el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones respecto a los criterios de vigencia, no duplicación ni fraccionamiento; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Pú blico para el Añ o Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 253 436 736,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de cincuenta y un (51) Gobiernos Locales, para fi nanciar sesenta y cinco (65) proyectos de inversió n en infraestructura vial, equipamiento urbano, saneamiento urbano y saneamiento rural; De conformidad con lo establecido en el artí culo 14 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Pú blico para el Añ o Fiscal 2022; y, en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31436, Ley que aprueba Créditos Suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos de las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, y dicta otras medidas; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Pú blico para el Añ o Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 253 436 736,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de cincuenta y un (51) Gobiernos Locales, para fi nanciar sesenta y cinco (65) proyectos de inversió n bajo el Sistema Nacional de Programació n Multianual y Gestió n de Inversiones, en el marco del artí culo 14 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Pú blico para el Añ o Fiscal 2022, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y SaneamientoUNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración GeneralPROGRAMA PRESUPUESTAL 0146 : Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano AdecuadoPRODUCTO 3000832 : Familias Urbanas Acceden a Infraestructura y Equipamiento UrbanoACTIVIDAD 5006089 : Monitoreo y Seguimiento para la Dotación de Infraestructura y Equipamiento UrbanoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 198 433 780,00 UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Saneamiento UrbanoPROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento UrbanoPRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes