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44 NORMAS LEGALES Jueves 16 de junio de 2022 El Peruano / realizados durante la AVR, así como los requerimientos de información producto de dicha actividad, otorgándosele el plazo de cinco (5) días hábiles para que presente información con el objetivo de subsanarlos. El 29 de octubre de 2020 16, la Universidad presentó el Ofi cio N° 215-2020-R/UC, mediante el cual, solicitó una prórroga del plazo otorgado para cumplir con presentar la información requerida durante la AVR. Solicitud que fue atendida con el O fi cio N° 0434-2020-SUNEDU-02-12 de la misma fecha, que le otorgó la prórroga de tres (3) días hábiles para cumplir con el requerimiento de información. El 4 de noviembre de 2020, la Universidad presentó el Ofi cio N° 220-2020-R/UC, mediante el cual, informó haber cumplido con presentar la información requerida en la AVR 17. El 11 de febrero de 2021, mediante O fi cio N° 066-2021-SUNEDU-02-12, se le requirió a la Universidad información adicional, otorgándole el plazo de diez (10) días hábiles para que cumpla con remitir la información solicitada. El 24 de febrero de 2021 18, la Universidad remitió el Ofi cio N° 030-2020-R/UC, solicitando prórroga del plazo otorgado. La solicitud fue atendida el 4 de marzo de 2021, mediante O fi cio N° 0106-2021-SUNEDU-02-12, que le otorgó la prórroga de diez (10) días hábiles. El 11 de marzo de 2021 19, la Universidad informó mediante O fi cio N° 047-2020-R/UC, que presentó la información requerida en el O fi cio N° 066-2021-SUNEDU-02-12. El 11 de mayo de 2021, mediante O fi cio N° 0259-2021-SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Universidad el Informe Técnico de Licenciamiento de Programas N° 005-2021-SUNEDU-02-12, donde se concluyó que el Programa de Pregrado de Medicina Humana no cumplió con los indicadores 6, 10, 11, 16, 23 y 24 en su Sede en Huancayo; y los indicadores 6, 9, 11, 16, 23, 24 y 28 en su Filial de Lima. Por tal razón, se le requirió que, en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles presente un Plan de Adecuación (en adelante, PDA). El 7 de junio de 2021 20, la Universidad presentó el PDA solicitado, señalando que el cronograma para su ejecución va del 16 de mayo de 2021 al 30 de setiembre de 2021. El 30 de setiembre de 2021 21, la Universidad remitió el Ofi cio N° 181-2021-R/UC, con información concerniente a la ejecución de su PDA. El 5 de octubre de 202122, la Universidad remitió el Ofi cio N° 184-2021-R/UC, con la nueva versión de su Estatuto Universitario. El 19 de noviembre de 2021, mediante O fi cio N° 0911-2021-SUNEDU-02-12, y como resultado de la evaluación de la información presentada como evidencia de la ejecución de su PDA, se requirió a la Universidad la presentación de información que subsanara las observaciones identi fi cadas, otorgándosele un plazo de diez (10) días hábiles. El 1 de diciembre de 2021 23, la Universidad presentó el O fi cio N° 231-2021-R/UC, mediante el cual, solicitó que se le conceda la prórroga de diez (10) días hábiles adicionales a los inicialmente otorgados. La solicitud fue atendida mediante O fi cio N° 0983-2021-SUNEDU-02-12 del 3 de diciembre de 2021, mediante el cual se le otorgó la prórroga requerida. El 20 de diciembre de 2021 24, la Universidad presentó la información solicitada. El 7 de enero de 202225, la Universidad remitió el Ofi cio N° 002-2021-R/UC, a través del cual, informó que, con fecha 22 de diciembre de 2021, la Junta General de Accionistas aprobó la modi fi cación del Estatuto Universitario, adjuntando para dicho fi n el referido Estatuto. El 27 de enero de 2022 26, la Universidad presentó el Ofi cio N° 018-2022-R/UC, con información complementaria referente a la ejecución del PDA presentado. El 7 de febrero de 2022, se noti fi có a la Universidad el Ofi cio N° 0074-2022-SUNEDU-02-12, mediante el cual se remitió a la Universidad la Resolución de Trámite N° 27 del 4 de febrero de 2022, que dispone realizar una segunda AVR los días 14 y 15 de febrero en el local de su Sede (SL01) ubicada en el distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín y los días 16 y 17 de febrero en el local de su Filial (F03L02) ubicada el distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima. El 22 de febrero de 2022, se noti fi có a la Universidad el Ofi cio N° 0116-2022-SUNEDU-02-12, mediante el cual se remitió las Actas de inicio y fi n de la AVR a la Universidad, los registros audiovisuales de entrevistas y recorridos virtuales, así como los requerimientos de información producto de dicha actividad, otorgándosele el plazo de cinco (5) días hábiles. El 25 de febrero de 2022 27, la Universidad presentó el Ofi cio N° 032-2022-R/UC, mediante el cual, solicitó que se le otorgue el plazo adicional de cinco (5) días hábiles para cumplir con el requerimiento de información noti fi cado. Solicitud atendida el 3 de marzo de 2022, mediante el Ofi cio N° 0145-2022-SUNEDU-02-12, que le otorgó la ampliación requerida. El 8 de marzo de 2022 28, la Universidad presentó información para cumplir con el requerimiento de información efectuado mediante el O fi cio N° 0116-2022-SUNEDU-02-12 antes precisado. En esa misma fecha, la Universidad presentó el O fi cio N° 040-2022-R/UC, con el link de acceso 29, que contiene información complementaria30 consistente en sesenta y un (61) archivos, de los cuales, cincuenta y tres (53) archivos corresponden a la Sede y ocho (8) corresponden a la Filial e incluyen un reporte de las aulas con sus fotografías y enlaces de videos 31. El 23 de marzo de 2022, se noti fi có a la Universidad el Ofi cio N° 0203-2022-SUNEDU-02-12, mediante el cual, se le requirió información adicional, otorgándosele el plazo de cinco (5) días hábiles. El 29 de marzo de 2022 32, la Universidad presentó información para cumplir con el requerimiento de información. Asimismo, corresponde indicar que, durante el presente procedimiento, se realizaron dieciocho (18) reuniones 33, entre la Dilic y los representantes de la Universidad, a fi n de brindar información sobre aspectos relacionados con su SLPPM. El 6 de junio 2022, de conformidad con lo señalado en el numeral 5.2 del Modelo de Medicina, la Dilic emitió el Informe Complementario de Programas N° 001-2022-SUNEDU-02-12, el cual concluyó con resultado favorable y dispuso la remisión del expediente al Consejo Directivo para que, de ser el caso, emita la resolución que corresponda. Según el análisis contenido en el informe antes referido, la Universidad evidenció el cumplimiento de las CBC establecidas en el Modelo de Medicina respecto de sus programas de Medicina correspondientes a su sede en Huancayo y su fi lial en Lima. Los Programas de Pregrado de Medicina (en adelante, PPM) de la Universidad, se encuentran desarrollados por una estructura organizacional que tiene como base la Escuela Académico Profesional de Medicina Humana, que pertenece a la Facultad de Ciencias de la Salud. Cuenta con dos (2) Directores de Escuela, uno designado para la Sede y otro para la Filial, los cuales, son responsables de la gestión curricular y del PPM. Su plan de estudios vigente cuenta con siete (7) asignaturas sobre investigación, que demuestran una progresión en la formación en investigación, asimismo, evidenció contar con normativa en la que estipula que los estudiantes desarrollen investigaciones cientí fi cas. Adicionalmente, dispone de un sistema de monitoreo de la actividad académica, así como un sistema que permite la evaluación del aprendizaje que se encuentra disponible de forma permanente y oportuna para los estudiantes tanto de la Sede como de la Filial. A través de su Portal de Transparencia, los PPM cuentan con información actualizada referida a estadística de postulantes, ingresantes, estudiantes, egresados, plana docente, malla curricular, reglamentos, líneas de investigación, entre otros. Respecto a la disponibilidad de personal docente para el proceso de enseñanza-aprendizaje, el PPM cuenta con cincuenta y un (51) docentes en la Sede y trece (13) docentes en la Filial, que cuentan con al menos cuarenta (40) horas semanales de dedicación y dos (2) horas semanales de dictado para el programa 34. Asimismo, respecto a los cursos especí fi cos y de especialidad, estos se encuentran asociados a docentes que cuentan con especialidad médica o estudios de posgrado en temas vinculados a dichas materias, lo que permite asegurar el cumplimiento de los objetivos en cada uno de los cursos.